Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 167

Fecha del Boletín 
15-07-2024

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20240715-97

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 10

97
Madrid número 10. Procedimiento 860/2023

EDICTO

Procedimiento: despidos/ceses en general 860/2023.

Materia: despido.

Demandante: Dña. Somaya Bouayachi.

Demandado: Food Service Project, S. A.

Ante el Ilmo. Sr. letrado/a de la Admón. de Justicia, D./Dña. Ana Belén Requena Navarro, de este Juzgado de lo Social número 10,

Comparecen

Como demandado/s:

En nombre y representación de Food Service Project, S. A., comparece la letrada Dña. Elana Alegría Marco, con número de colegiada 134320, del ICAM, en virtud de poder que ya consta en las actuaciones.

No comparece la demandante Dña. Somaya Bouayachi, no constando su citación en las actuaciones.

A la vista de lo anterior, se acuerda la suspensión de los actos de conciliación y juicios señalados para el día de hoy, a fin de localizar a la parte actora.

La empresa aporta correo electrónico ( somayadebdi@hotmail.com ) y teléfono de Dña. Somaya Bouayachi (635540166).

Asimismo, acuerda señalar nuevamente para dichos actos el día 16 de julio de 2024, a las 12:30 horas, en la Sala de vistas de este juzgado, dándose las partes que se encuentran presentes por citadas para el mismo.

Dándose por notificadas las partes del presente acuerdo, se da por terminada esta comparecencia, firmando este acta los que en la misma intervienen.

La presente se firma manualmente por los intervinientes que constan en el encabezamiento, quedando incorporada al legajo del expediente en Secretaría, firmándose digitalmente por la letrada de la Admón. de Justicia para su incorporación al expediente judicial electrónico.—Doy fe.

En Madrid, a 4 de marzo de 2024.—El letrado de la Admón. de Justicia.

(03/11.431/24)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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