Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 174

Fecha del Boletín 
23-07-2024

Sección 3.10.20E: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20240723-94

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE EL ÁLAMO

RÉGIMEN ECONÓMICO

94
El Álamo. Régimen económico. Presupuesto general

Anuncio correspondiente a la exposición al público del acuerdo de aprobación definitiva, de presupuesto general de la entidad para el ejercicio 2024.

El Pleno del Ayuntamiento de El Álamo, en sesión extraordinaria celebrada el día 26 de junio de 2024, acordó aprobar inicialmente el presupuesto general de la entidad para el ejercicio de 2024, así como las bases de ejecución, el Plan Estratégico de Subvenciones, la plantilla de personal y expediente de Reconocimientos Extrajudiciales, que fue expuesto al público por plazo de quince días hábiles mediante anuncio insertado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 153, de 28 de junio de 2024.

Una vez concluido el plazo de exposición pública sin que se hayan presentado alegaciones, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 169.1 del RDL 2/2004, de 5 de marzo, que aprueba el texto refundido de la Ley de Haciendas Locales, se considera definitivamente aprobado el presupuesto municipal para el ejercicio de 2024, que entrará en vigor en el ejercicio a que se refiere, una vez publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID el siguiente resumen por capítulos:

De conformidad con lo establecido en el artículo 171 del RDL 2/2004, de 5 de marzo, el presente acuerdo pone fin a la vía administrativa y, contra el citado presupuesto general, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, ante la sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

El Álamo, a 22 de julio de 2024.—El alcalde, Alberto Cabezas Ortega.

(03/12.113/24)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20E: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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