Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 181

Fecha del Boletín 
31-07-2024

Sección 3.10.20N: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20240731-94

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE NAVACERRADA

RÉGIMEN ECONÓMICO

94
Navacerrada. Régimen económico. Presupuesto general

De conformidad con los artículos 112.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, 169.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y 20.3 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, una vez transcurrido el plazo de exposición al público, y no habiéndose presentado reclamaciones contra el acuerdo adoptado por el Pleno de la Corporación, en sesión extraordinaria de 3 de julio de 2024, de aprobación inicial del presupuesto del Ayuntamiento de Navacerrada, que por consiguiente se eleva a definitivo, se hace público el resumen por capítulos del presupuesto general del Ayuntamiento de Navacerrada de 2024:

Asimismo, y de conformidad con lo establecido en el artículo 90 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, se publica anexo relativo a la plantilla del personal aprobada para el ejercicio 2024:







Las personas y entidades legitimadas podrán interponer, contra la aprobación definitiva del referenciado presupuesto, recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 171 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

Navacerrada, a 30 de julio de 2024.—El alcalde-presidente, Pablo Luis de Todos los Santos Jorge Herrero.

(03/12.628/24)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20N: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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