Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 185

Fecha del Boletín 
05-08-2024

Sección 1.4.106.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20240805-28

Páginas: 9


I. COMUNIDAD DE MADRID

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CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES

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CONVENIO de colaboración de 12 de julio de 2024, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Educación, Ciencia y Universidades) y la Fundación General de la Universidad Complutense de Madrid, M. P., para el desarrollo de cinco Cursos de Verano de El Escorial durante 2024, en áreas estratégicas para la Consejería.

REUNIDOS

De una parte, la Comunidad de Madrid y, en su nombre, el Excmo. Sr. D. Emilio Viciana Duro, en calidad de titular de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades de la Comunidad de Madrid, en virtud de nombramiento efectuado por Decreto 45/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 150, de 26 de junio), y en ejercicio de la competencia para suscribir convenios de colaboración, según lo establecido en el artículo 41.a) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre de 1983, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid y en el artículo 3.2.a) del Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.

Y de otra, la Fundación General de la Universidad Complutense de Madrid, M. P., con domicilio en calle Doctor Severo Ochoa, número 7, 28040 Madrid, y con CIF: G-79485082, y, en su nombre, Dña. María Paz García-Vera, como Directora General, según escritura de poder, de 18 de septiembre de 2023, número 4495, del protocolo del Ilustre Notario de Madrid, don Javier de Lucas y Cadenas.

Ambas partes se reconocen mutuamente capacidad jurídica suficiente para suscribir el presente convenio de colaboración y, a tal efecto,

EXPONEN

La Comunidad de Madrid tiene competencia exclusiva en materia de fomento de la cultura y la investigación científica y técnica, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 26.1.20 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid.

Corresponde al titular de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, las competencias establecidas en el artículo 41 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y restantes disposiciones en vigor, correspondiéndole, como órgano superior de la Administración de la Comunidad de Madrid, el desarrollo general, la coordinación y el control de la ejecución de las políticas del Gobierno en las siguientes materias: educación, universidades, enseñanzas artísticas, investigación científica e innovación tecnológica, apoyada fundamentalmente en el nuevo contexto digital.

Corresponden a la Dirección General de Investigación e Innovación Tecnológica, además de las competencias previstas en el artículo 47 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, las funciones relativas al fomento y coordinación de las actividades de investigación científica y de innovación tecnológica en el marco de la Ley 5/1998, de 7 de mayo, de Fomento de la Investigación Científica y la Innovación Tecnológica, sin perjuicio de las atribuidas por la citada Ley a los restantes órganos recogidos en su artículo 3, en concreto, la promoción de la cultura científica y de la ciencia entre la ciudadanía.

La Fundación General de la Universidad Complutense de Madrid, M. P., tiene la misión fundamental de cooperar al cumplimiento de los fines de la Universidad Complutense, contribuyendo para ello, al mejoramiento de sus prestaciones de transmisión de saberes, investigación y de formación humana integral. Dentro del espíritu de lo establecido anteriormente, promoverá la celebración de jornadas, cursos, conferencias o reuniones para el tratamiento de temas determinados.

La Fundación General de la Universidad Complutense de Madrid, M. P., organiza anualmente durante el mes de julio los Cursos de Verano de El Escorial en el que tienen cabida distintas ideas, opiniones y experiencias, lugar de referencia nacional e internacional, donde se intentará dar respuesta a las demandas y necesidades de los universitarios, en particular, y de la sociedad, en general.

La Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, tiene interés en colaborar con la Fundación General de la Universidad Complutense de Madrid, M. P., en diversas disciplinas, dentro del marco de las distintas actividades educativas y de divulgación de la investigación y la ciencia que la Fundación organiza y gestiona.

Ambas entidades, considerando que tienen unos objetivos, en parte, coincidentes y complementarios y a fin de mejorar sus respectivos cometidos, formalizan el presente convenio de colaboración, con arreglo a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera

Objeto del convenio

El objeto de este convenio es establecer una colaboración entre la Comunidad de Madrid, a través de la Dirección General de Investigación e Innovación Tecnológica de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, y la Fundación General de la Universidad Complutense de Madrid, M. P. (en adelante, FGUCM), para la realización de cinco de los setenta Cursos de Verano de El Escorial que la Fundación, dentro de su trigésima séptima edición, organiza y gestiona.

El carácter colaborativo de este convenio entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Educación, Ciencia y Universidades) y FGUCM, M. P., viene determinado por el contenido específico de los cursos programados por ambos, referidos a Clústeres de Innovación Tecnológica y Talento (CITT), atendiendo las necesidades de educación y al fomento y divulgación de la investigación científica y la innovación tecnológica, competencias específicas de la Dirección General de Investigación e Innovación Tecnológica de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades de la Comunidad de Madrid.

Estos cursos responderán a las temáticas y contenidos solicitados por la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, que estarán vinculados a sectores estratégicos en Investigación e Innovación de la Comunidad de Madrid y de los CITT de la Comunidad de Madrid. Asimismo, los equipos directivos y docentes de estos cursos serán propuestos por la Consejería para desarrollar las temáticas y contenidos establecidos.

Segunda

Actividades

Para la consecución del objeto y la finalidad del presente convenio, la Fundación General de la Universidad Complutense de Madrid, M. P., organizará, contando con la colaboración de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades de la Comunidad de Madrid, a través de la Dirección General de Investigación e Innovación Tecnológica, durante el año 2024, los siguientes cursos, que se relacionan a continuación, y en estas fechas:

1. “De Madrid al cielo: talento e innovación para el espacio”:

Director: Francisco Marín Pérez (Director del Clúster en Tecnologías del Espacio).

Fecha: 10, 11 y 12 de julio de 2024.

Temática: La temática tendrá un carácter transversal abordando diferentes áreas de interés del sector espacial, poniendo un foco especial en el talento, la sostenibilidad y la exploración espacial por parte del ser humano.

Público objetivo: El curso está principalmente enfocado hacia el personal de las empresas relacionadas con el sector, los estudiantes de la UCM y el público general interesado en la temática impartida.

Formato: Constará de 16 horas lectivas y contará con diversas actividades, ponencias y mesas redondas.

2. “Neurotecnología en Madrid: ciencia, clínica y emprendimiento”:

Directores del Curso: Dr. Rafael Yuste (Columbia), Dr. Álvaro Pascual-Leone (Harvard), Dr. José Carmena (Berkeley). Secretario: D. Ander Ramos (Tecnalia) y Javier Colás (Director del Clúster de Innovación Tecnológica y Talento en Tecnologías Biomédicas y Biotecnología).

Fecha: 10, 11 y 12 de julio de 2024.

Temática: La mejora del proceso de creación de valor en el diagnóstico y tratamiento de las enfermedades neurológicas, representa una oportunidad para el desarrollo científico, la mejora del Sistema de Salud y la creación de tejido industrial. El objetivo del curso es, en primer lugar, explorar aquellas áreas en el diagnóstico y tratamiento de las enfermedades neurológicas que pueden mejorar, estableciendo la adecuada comunicación entre la Universidad, los centros de investigación, el sistema de salud y la industria. El curso cubrirá las nuevas neurotecnologías y sus aplicaciones a la ciencia, clínica y emprendimiento. Además de convertirse en el punto de encuentro anual de neurotecnología en la CM, el curso servirá para creación de NeuroMad, Red de Neurotecnología en la CM, dentro del Cluster de Biomedicina y Biotecnología, e incorporar a la red a muchos de los invitados de una manera orgánica.

Público objetivo: Comunidad Neurocientífica, estudiantes universitarios y clínicos.

Formato: Constará de ponencias plenarias y mesas redondas.

Entre las actividades cabe destacar:

— 11 de julio: Mesa Redonda “Ética de la Neurotecnología”. Ponentes: Dr. Rafael Yuste (Columbia), Dr. Álvaro Pascual-Leone (Harvard), Dr. José Carmena (Berkeley). Modera: Dr. Ander Ramos (Tecnalia).

3. “Avances en tecnologías del lenguaje para la sociedad del siglo XXI”:

Directora: Raquel Lázaro Gutiérrez (Directora del Clúster de Humanidades Digitales y Tecnologías del Español de la Comunidad de Madrid).

Fecha: 17, 18 y 19 de julio de 2024.

Temática: El objetivo del curso es ofrecer una panorámica sobre los últimos avances de las tecnologías del lenguaje y la inteligencia artificial en español cubriendo aspectos como los corpus lingüísticos, el lenguaje claro y la evolución del ecosistema de centros de investigación y empresas.

Público objetivo: Profesionales, académicos y estudiantes interesados en conocer la situación actual y tendencias de las tecnologías del lenguaje y la IA en español.

Formato: Conferencias plenarias y mesas redondas.

Entre las actividades cabe destacar:

— 18 de julio: Mesa Redonda “Las tecnologías del lenguaje y futura evolución”. Participarán representantes de grandes empresas tecnológicas.

4. “Siliconomy: Hacia una economía basada en la innovación y la tecnología del silicio”:

Director: Jorge Lang (Director del Clúster Madrileño de Innovación, Tecnología y Talento en Semiconductores).

Fecha: 24, 25 y 26 de julio de 2024.

Temática: El concepto de “Siliconomy” fue introducido por Intel y representa una economía emergente habilitada por el silicio, donde los semiconductores son esenciales para mantener y posibilitar las economías modernas. Esta idea fusiona la economía y la tecnología para ofrecer un enfoque sostenible en la forma en la que las personas viven sus vidas y las empresas realizan sus negocios. Según Intel, la “Siliconomy” no se limita solo al ámbito de la informática; su presencia se extiende por todas partes, ya que está dentro de todo. La compañía destaca que la industria global de semiconductores está proyectada a convertirse en una industria de 1 billón de dólares para el año 2030.

El curso pretende ofrecer una visión de amplio alcance sobre la digitalización de la sociedad y la economía como consecuencia de la evolución de los semiconductores. Se abordar aspectos tan relevantes como el concepto “Siliconomy”, la situación de algunos grandes productores, dependencias y planes nacionales, las tecnologías emergentes o los procesos de fabricación de semiconductores en un mundo sostenible.

Público objetivo: Audiencia general. Algunas charlas serán más tecnológicas, se dirige a público general y pretende abarcar la digitalización de la Sociedad/economía como consecuencia de la evolución de los semiconductores.

Formato: Ponencias magistrales y dos mesas redondas.

Además de los cuatro cursos anteriores, vinculados a los Clústeres de la Comunidad de Madrid, se organizará un curso adicional para el fomento de las vocaciones STEM.

5. “El futuro con las científicas. Medidas para frenar la brecha de género en la educación, la investigación y el desarrollo profesional de las carreras STEM”:

Directora: Margarita Márquez (Directora de la Unidad de Igualdad de la Universidad Complutense de Madrid).

Fecha: 23 y 24 de julio de 2024.

Temática: Representantes de la universidad, la investigación y la empresa disertarán mediante el análisis del pasado y del presente sobre la inclusión en sus agendas de políticas, herramientas y planes que permitan la construcción de referentes académicas, investigadoras y científicas corresponsables del avance de la sociedad, el fomento de las políticas de STEM o la eliminación de techos de cristal en los puestos de responsabilidad y decisión de empresas e industrias.

Público objetivo: Comunidad universitaria y público general.

Formato: Conferencias plenarias y una mesa redonda.

Entre las actividades cabe destacar:

— 24 de julio: Mesa Redonda en la que participarán investigadoras, profesoras universitarias y mujeres del ámbito empresarial para debatir sobre la presencia de la mujer en carreras STEM a través de distintas aproximaciones.

Tercera

Obligaciones de las partes

Obligaciones de la Fundación General de la Universidad Complutense de Madrid, M. P.:

1. Corresponde a las autoridades académicas de la Fundación General de la Universidad Complutense de Madrid, M. P., en colaboración con los directores de cada curso designados por la Comunidad de Madrid, desarrollar la organización logística y gestión de los cinco cursos incluidos en este convenio de colaboración, desarrollar la actividad docente y pedagógica específica para estos cursos atendiendo a las indicaciones de la Consejería para cumplir con sus objetivos estratégicos en materia de investigación e innovación. Asimismo, llevará a cabo la aprobación de los programas propuestos por los directores de cada curso y de las normas para su desarrollo, adoptando cualquier clase de medida que resulte necesaria para su correcta realización y poniendo a disposición del programa conjuntamente desarrollado, la infraestructura y los medios técnicos, materiales y humanos necesarios para el buen funcionamiento del curso.

2. Otorgar a la Comunidad de Madrid como contraprestación a su aportación en este acuerdo de colaboración, los derechos que se describen a continuación:

a) Difusión del evento a través de todos los canales a disposición de Cursos de Verano.

b) Presencia del logotipo de la Comunidad de Madrid en la página web de los Cursos de Verano Complutense y en el programa de su Curso.

c) Inclusión de los cursos organizados por la Comunidad de Madrid en la convocatoria general a Medios de Comunicación.

d) En todos los materiales de difusión que se realicen antes, durante y posteriormente a la celebración del curso, (a través de todos los canales de comunicación de la Fundación Complutense: web, newsletter, redes sociales, y cualquier otro soporte digital donde se difunden las actividades de la propia Fundación), deberá figurar el logotipo de la Fundación General de la Universidad Complutense de Madrid, M. P., y de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades de la Comunidad de Madrid como entidad colaboradora. La FGUCM deberá utilizar exclusivamente el logotipo y/o anagrama entregado por la Comunidad de Madrid, absteniéndose de efectuar cambio o modificación alguna en el/los mismo/s.

Obligaciones de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades de la Comunidad de Madrid:

Participar en la organización de los cinco cursos en los que la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades de la Comunidad de Madrid participa y organiza de manera directa con la FGUCM, siendo responsable de:

1. Definición de las temáticas y contenidos de los cinco cursos vinculados a sectores estratégicos en investigación e innovación en la Comunidad de Madrid y de los CITT de la Comunidad de Madrid.

2. Propuesta de los equipos de dirección y docencia, expertos en las áreas elegidas, así como de los participantes en las sesiones programadas.

Contribuir a la difusión y alcance de los cinco cursos en los que colabora mediante:

a) Organización con presencia institucional de un acto de difusión y divulgación de los cursos y sus contenidos.

b) Presencia institucional de altos cargos de la Comunidad de Madrid, en las distintas sesiones que tendrán lugar a lo largo de los cinco cursos.

3. Contribuir a financiar las actividades previstas en la cláusula segunda, comprometiéndose a aportar las cantidades especificadas en la cláusula quinta del presente convenio.

Cuarta

Protección de datos y deber de información

Ambas partes declaran expresamente que conocen y quedan obligadas a cumplir en su integridad el Reglamento (UE) 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos, la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales, y cualquier otra normativa que pueda sustituir, modificar o complementar a las mencionadas en materia de protección de datos de carácter personal durante la vigencia del presente convenio.

Las partes se comprometen al cumplimiento de las obligaciones relacionadas con las medidas de seguridad, y con la notificación de brechas de seguridad que pudieran producirse.

Estas obligaciones deberán ser conocidas por todos aquellos que pudieran participar en las actuaciones derivadas del presente convenio, comprometiéndose las partes a informar a los mismos.

Las partes manifiestan que cada una es responsable de los datos por ellas tratados en el presente convenio, los mismos datos que no serán comunicados a terceros, salvo cuando así se encuentre previsto legalmente.

Asimismo, cada parte garantiza cumplir con el deber de información respecto del tratamiento de datos que realice derivado del cumplimiento de este convenio.

La base jurídica que legitima el tratamiento es que éste es necesario para la ejecución del presente convenio de colaboración según el artículo 6.1 e) del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016.

Los datos serán conservados durante la vigencia de este convenio y, posteriormente, durante el tiempo en que puedan derivarse responsabilidades a partir de la relación convencional.

En todo caso, los interesados o afectados podrán ejercer sus derechos de acceso, rectificación, supresión y oposición, limitación, portabilidad ante la parte que corresponda.

En la consejería, dirigiendo la solicitud al responsable correspondiente a través de registro presencial o telemático, preferentemente a través de medios electrónicos accediendo al formulario para el ejercicio de derechos que se encuentra en la web de la Comunidad de Madrid.

Se puede consultar información adicional sobre protección de datos y sobre el procedimiento para ejercer estos derechos en: https://www.comunidad.madrid/gobierno/informacion-juridica-legislacion/p...

En el caso de la Fundación General de la Universidad Complutense de Madrid, M. P., podrán hacerlo dirigiendo su solicitud a la dirección postal: calle Doctor Severo Ochoa, número 7, 28040 Madrid. Dirección electrónica: protecciondedatos@rect.ucm.es

Asimismo, en caso de considerar vulnerado su derecho a la protección de datos personales, podrán interponer una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos ( www.aepd.es ).

Quinta

Aportaciones económicas

La Dirección General de Investigación e Innovación Tecnológica de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades de la Comunidad de Madrid se compromete a participar en la financiación de los cursos previstos en la cláusula segunda, con una ayuda económica total de 69.000 euros, independientemente de los costes finales generados en su realización de los cursos programados, según el siguiente desglose:

— “De Madrid al cielo: talento e innovación para el espacio”: 15.000,00 euros (quince mil euros).

— “Neurotecnología inteligente (Smart neurotechnology)”: 15.000,00 euros (quince mil euros).

— “Avances en tecnologías del lenguaje para la sociedad del siglo XXI”: 15.000,00 euros (quince mil euros).

— “Siliconomy: hacia una economía basada en la innovación y la tecnología del silicio”: 15.000,00 euros (quince mil euros).

— “El futuro con las científicas. Medidas para frenar la brecha de género en la educación, la investigación y el desarrollo profesional de las carreras STEM”: 9.000,00 euros (nueve mil euros).

Esta cantidad deberá ser abonada por la Comunidad de Madrid e irá con cargo a la aplicación presupuestaria, subconcepto 22802 de su presupuesto vigente de gastos, en la cual existe crédito adecuado y suficiente, mediante transferencia a la Fundación General de la Universidad Complutense de Madrid, M. P., en la cuenta corriente número ES38 0049 2196 0229 1443 8611, del Banco Santander. abierta a nombre de la Fundación General de la Universidad Complutense de Madrid Medio Propio en el Banco de España, Agencia de Madrid, estableciéndose como requisitos para el pago que se hayan celebrado los cursos de conformidad con lo previsto y acordado en este convenio y que se haya emitido por parte de la FGUCM la correspondiente factura acompañada de la liquidación final del presupuesto, en la que se revisarán las unidades realmente ejecutadas de cada partida de acuerdo con los importes unitarios aprobados que figuran en los presupuestos anexados al convenio. El pago deberá hacerse efectivo como máximo antes del 31 de diciembre de 2024.

La Fundación General de la Universidad Complutense de Madrid, M. P., emitirá para la Comunidad de Madrid un certificado acreditativo de la aportación señalada en el párrafo anterior, en un plazo no mayor a 30 días hábiles desde la recepción de la ayuda económica.

La FGUCM se compromete a asumir directamente, con cargo a su presupuesto ordinario del ejercicio de 2024 aprobado en la reunión del patronato de 20 de noviembre de 2023, a la financiación de los gastos de las partidas del presupuesto que gestiona directamente a su cargo.

Se adjunta como anexo I y anexo II, la estimación de presupuesto de los gastos de cada uno de los cursos, elaborados de acuerdo a la normativa general de los Cursos de Verano Complutense: https://cursosveranoucm.com/normativa-general-2/ . De la cuantía estimada en dichos presupuestos, la Comunidad de Madrid aportará el máximo de 69.000 euros previsto en esta cláusula, con el desglose establecido para cada curso, correspondiendo a la FGUCM cubrir la cuantía restante.

La FGUCM, M. P., deberá presentar además de la liquidación final del presupuesto, un informe sobre la ejecución de los cursos.

El plazo de la presentación de la documentación justificativa ante la Dirección general de Investigación e Innovación tecnológica, será de tres meses a partir de la finalización de los cursos. Transcurrido el plazo establecido para la presentación de la documentación justificativa sin haberse presentado la misma ante el órgano administrativo competente, éste requerirá a la FGUCM, M. P., para que sea presentada en el plazo improrrogable de quince días hábiles.

Sexta

Comisión de Seguimiento

La supervisión de la marcha del convenio, corresponde a la comisión mixta, formada por dos representantes de cada una de las partes y presidida por el Subdirector General de Innovación Tecnológica, o persona en quien delegue.

Las competencias de la comisión de seguimiento serán velar por el buen desarrollo del proyecto, interpretar los términos del acuerdo que lo requieran, y aprobar las modificaciones en la realización del trabajo que por causas no previstas pudieran ser necesarias o cualesquiera otras que se consideren necesarias y contribuyan a la buena marcha del proyecto.

El funcionamiento de la comisión de seguimiento se regirá por las normas de la sección tercera, del capítulo II, del título preliminar, de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Séptima

Vigencia del convenio

El presente convenio de colaboración entrará en vigor en la fecha de la última de las firmas consignadas y finalizará una vez hayan terminado las actividades previstas en el mismo, y se hayan cumplido por ambas partes los compromisos adquiridos, y, en todo caso, el 31 de diciembre de 2024.

Octava

Resolución del convenio

El presente convenio se extinguirá por el cumplimiento de su período de vigencia o, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 51 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, por incurrir en alguna de las siguientes causas:

1. Por acuerdo mutuo de los firmantes del convenio.

2. Por incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de alguno de los firmantes.

En este caso, cualquiera de las partes podrá notificar a la parte incumplidora un requerimiento para que cumpla en el plazo de quince días naturales con las obligaciones o compromisos que se consideren incumplidos. Este requerimiento será comunicado a la comisión mixta de seguimiento prevista en la cláusula sexta.

Si transcurrido el plazo indicado en el requerimiento persistiera el incumplimiento, la parte que lo dirigió notificará a la otra parte firmante la concurrencia de la causa de resolución y se entenderá resuelto el convenio. La resolución del convenio por esta causa podrá conllevar la indemnización de los perjuicios realmente causados y acreditados.

3. Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del convenio.

4. Si se produjesen circunstancias que hicieran imposible o innecesaria la realización o continuación de las actuaciones.

La Fundación General de la Universidad Complutense de Madrid, M. P., se reserva el derecho a la cancelación del curso en caso de no llegar a un mínimo de 20 inscripciones, comprometiéndose ambas partes a sufragar los gastos incurridos en la preparación de los cursos de manera colaborativa al cincuenta por ciento.

Novena

Régimen jurídico y resolución de controversias

Este convenio se rige por el Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid, siendo aplicable la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Las cuestiones litigiosas que pudieran surgir entre las partes como consecuencia de la interpretación y ejecución del convenio deberán solventarse por mutuo acuerdo. Si no pudiera alcanzarse dicho acuerdo, las posibles cuestiones litigiosas serán de conocimiento y competencia del orden jurisdiccional contencioso-administrativo.

Y, para que así conste, las partes firman el presente convenio en Madrid.

Madrid, a 12 de julio de 2024.—El Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, Emilio Viciana Duro.—La Directora General de la Fundación General de la Universidad Complutense de Madrid, M. P., María Paz García Vera.



(03/11.969/24)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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