Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 187

Fecha del Boletín 
07-08-2024

Sección 1.2.104.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20240807-6

Páginas: 22


I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO

6
RESOLUCIÓN de 24 de julio de 2024, de la Dirección General de Función Pública, por la que se aprueban las relaciones provisionales de personas aspirantes admitidas y excluidas en las pruebas selectivas para el ingreso, por el sistema general de acceso libre y de promoción interna, en el Cuerpo de Administrativos, de Administración General, Grupo C, Subgrupo C1, de la Comunidad de Madrid, y se publica la relación provisional de personas aspirantes excluidas en las citadas pruebas y la de personas aspirantes que han solicitado adaptación, con indicación de si deben aportar, en su caso, documentación acreditativa de la adaptación requerida.

Mediante Orden 1926/2023, de 17 de julio, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 180, de 31 de julio; corrección de errores en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 277, de 21 de noviembre), se convocaron dos procesos selectivos para el ingreso, a través del sistema general de acceso libre y de promoción interna, en el Cuerpo de Administrativos, de Administración General, Grupo C, Subgrupo C1, de la Comunidad de Madrid.

De conformidad con lo determinado en las bases octava y novena de la Orden 290/2018, de 27 de junio, de la Vicepresidencia, Consejería de Presidencia y Portavocía del Gobierno (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 163, de 10 de julio), por la que se aprueban las bases generales por las que se regirán las convocatorias de procesos selectivos de personal funcionario de Administración y Servicios de la Comunidad de Madrid, esta Dirección General, en uso de las facultades que tiene atribuidas,

HA RESUELTO

Primero

Aprobar las relaciones provisionales de personas aspirantes admitidas y excluidas en las referidas pruebas selectivas, que se podrán consultar a través del buscador de trámites de la Sede Electrónica de la Comunidad de Madrid, al cual se puede acceder desde el siguiente enlace: https://tramita.comunidad.madrid/buscador?t=&tipo=All&consejeria=All&est...

Asimismo, a efectos meramente informativos, dichas relaciones estarán disponibles en las páginas web que se detallan a continuación:

— En el caso del proceso de acceso libre:

https://www.comunidad.madrid/servicios/empleo/administrativos-c1-2023

— En el supuesto del proceso de promoción interna:

https://www.comunidad.madrid/gobierno/espacios-profesionales/administrat...

Segundo

Publicar, como Anexos I y II a esta Resolución, respectivamente, la relación provisional de personas aspirantes excluidas en el proceso de acceso libre y en el de promoción interna, y como Anexos III y IV, la de las personas aspirantes que, en cada correspondiente proceso, han solicitado adaptación, con indicación de si deben aportar, en su caso, documentación acreditativa de las adaptaciones pretendidas.

Tercero

De acuerdo con lo previsto en el apartado sexto de la base octava y en el apartado segundo de la base novena de la reseñada Orden 290/2018, de 27 de junio, las personas aspirantes excluidas expresamente, así como las que no figuren en la relación de admitidas ni en la de excluidas, dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación de la presente Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, a fin de subsanar los defectos que hayan motivado su exclusión o su no inclusión expresa en la relación provisional de personas aspirantes admitidas al proceso de que se trate.

Cuarto

1. La cumplimentación y presentación de subsanaciones se ajustará a lo estipulado en el Decreto 188/2021, de 21 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la obligación de relacionarse por medios electrónicos con la Administración de la Comunidad de Madrid del personal a su servicio y de los participantes en procesos selectivos, debiendo cumplimentarse exclusivamente por medios electrónicos.

2. El formulario de subsanación, dirigido a la Dirección General de Función Pública, Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, se encontrará disponible en el trámite correspondiente a cada proceso publicado en la Sede Electrónica de la Comunidad de Madrid, cuyas respectivas URL se indican seguidamente:

— Para el proceso de acceso libre:

https://sede.comunidad.madrid/oferta-empleo/acceso-libre-cuerpo-administ...

— Para el proceso de promoción interna:

https://sede.comunidad.madrid/oferta-empleo/promocion-interna-cuerpo-adm...

Asimismo, el acceso al enlace que corresponda de entre los antes señalados, podrá efectuarse a través de las páginas web que se exponen a continuación:

— En el caso del proceso de acceso libre:

https://www.comunidad.madrid/servicios/empleo/administrativos-c1-2023

— En el supuesto del proceso de promoción interna:

https://www.comunidad.madrid/gobierno/espacios-profesionales/administrat...

La persona interesada deberá disponer de uno de los certificados electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica, que sean operativos en la Comunidad de Madrid y expedidos por prestadores incluidos en la “Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación”, o de cualquier otro sistema de firma electrónica que la Comunidad de Madrid considere válido en los términos y condiciones que se establezcan específicamente para cada tipo de firma, así como tener instalada la aplicación “Autofirma”, que podrá descargarse, una vez cumplimentado el formulario, en el proceso de envío a registro.

3. Las personas aspirantes que hubieren de subsanar deberán marcar las causas de exclusión que les resulten aplicables, cumplimentar los datos y presentar la documentación acreditativa que, en su caso, sea necesaria para la subsanación. Asimismo, en los supuestos en los que tengan que acreditar la adaptación solicitada, habrá de especificarse en el apartado del formulario, relativo a las Alegaciones, aportando a su vez la correspondiente documentación acreditativa.

Tanto las personas aspirantes que hayan solicitado adaptaciones y no figuren en los Anexos III o IV, como aquellas que deban aportar la documentación acreditativa de la necesidad de la adaptación solicitada, habrán de adjuntar copia del dictamen técnico facultativo emitido por un Centro Base de Valoración y Orientación a personas con discapacidad de la Comunidad de Madrid, u órgano técnico competente para la calificación del grado de discapacidad de cualquier otra Administración, y, en el caso de aspirantes que no tengan la consideración de persona con discapacidad, copia de certificado médico oficial, documentos, todos ellos, que deberán contener, de manera expresa, los siguientes extremos:

a) Necesidad de las adaptaciones solicitadas.

b) Descripción detallada de los medios materiales y humanos, de las asistencias y apoyos y de las ayudas técnicas y tecnologías asistidas que precisen para la realización de las pruebas en las que participen, así como condiciones de accesibilidad que haya de tener el recinto o espacio físico donde éstas se desarrollen (uso de atril, traductor de lenguaje de signos, letra de tamaño superior a “x” milímetros, etc.).

En el supuesto de que la adaptación pretendida consista en un tiempo adicional para la realización de alguna de las pruebas, se deberá concretar el tiempo adicional solicitado, el cual deberá ajustarse a lo determinado en la Orden PRE/1822/2006, de 9 de junio, por la que se establecen los criterios generales para la adaptación de tiempos adicionales en los procesos selectivos para el acceso al empleo público de personas con discapacidad.

4. Aquellas personas aspirantes que no figuren en la relación de admitidas ni en la de excluidas habrán de marcar la causa identificada con el código “Z” del modelo de subsanación, acompañando al mismo copia de la solicitud de participación en las pruebas selectivas presentada en tiempo y forma, así como el resto de documentación que, para cada proceso, proceda, en los términos indicados en la base tercera de la Orden 1926/2023, de 17 de julio.

5. Se acepta el desistimiento de participación en el proceso selectivo de que se trate, declarándose el mismo concluso respecto de las personas incluidas en el correspondiente Anexo por la causa “W”, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 94, en relación con los artículos 84.1 y 21.1, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Quinto

De no realizarse por las personas interesadas las debidas subsanaciones en el plazo y forma establecidos, o si del examen de la documentación que, en su caso, hubieran aportado a tal fin, o de la obtenida de la consulta practicada de oficio en los supuestos pertinentes, se dedujera que no reúnen los requisitos exigidos, figurarán en la relación definitiva de personas aspirantes excluidas del proceso correspondiente.

En el caso de aquellas personas aspirantes que tuviesen que aportar la documentación acreditativa de la necesidad de las adaptaciones solicitadas, la no presentación de la documentación requerida en el plazo habilitado a tal efecto, dará lugar a que se les tenga por desistidas de su petición de adaptación.





































En Madrid, a 24 de julio de 2024.—La Directora General de Función Pública (por delegación de firma, mediante Resolución de 24 de noviembre de 2021), la Subdirectora General de Planificación de Efectivos y Selección, Emilia Álvarez Tornero.

(03/12.539/24)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.2.104.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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