Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 191

Fecha del Boletín 
12-08-2024

Sección 1.4.106.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20240812-14

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

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CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES

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SEGUNDA adenda 24 de julio de 2024, de prórroga al convenio de colaboración entre la Comunidad de Madrid (Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades) y el Center for Language Education and Cooperation, para la promoción del conocimiento de la lengua y cultura china en centros educativos de la Comunidad de Madrid.

En Madrid, a 24 de julio de 2024.

REUNIDOS

De una parte, don Emilio Viciana Duro, Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, en virtud del nombramiento efectuado por Decreto 45/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 26 de junio) y, conforme a la atribución de competencias que le otorga el artículo 41 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, del Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y de acuerdo con el artículo 3.2.a) del Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.

Y, de otra parte, doña Jing Wei, como Subdirectora General del Center for Language Education and Cooperation, que ostenta capacidad para la representación legal de la entidad en la firma de este convenio, tal como se acredita en el Certificado de la Directora de la Oficina de Representación en España del Center for Language Education and Cooperation, de fecha 9 de junio de 2021.

Se reconocen mutuamente ambas partes, en la calidad con la que intervienen, capacidad suficiente para suscribir la presente adenda y, a tal efecto,

EXPONEN

I. Con fecha 2 de noviembre de 2022, se firmó un convenio de colaboración entre la Comunidad de Madrid (Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades) y el Center For Language Education and Cooperation, para la promoción del conocimiento de la lengua y cultura china en centros educativos de la Comunidad de Madrid.

II. En la cláusula sexta del convenio, las partes firmantes acordaron que su vigencia finalizaría el 31 de agosto de 2023, pudiendo ser objeto de prórroga hasta un máximo de cuatro años adicionales, mediante la firma de adendas anuales.

Ambas partes notificaron la voluntad de prórroga del convenio en el seno de la comisión mixta de seguimiento con una anticipación superior a dos meses antes de la fecha de extinción del convenio.

III. Con fecha 20 de julio de 2023 se firmó la primera adenda al convenio de colaboración entre la Comunidad de Madrid (Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades) y el Center For Language Education and Cooperation, para la promoción del conocimiento de la lengua y cultura china en centros educativos de la Comunidad de Madrid, acordando su vigencia hasta el 31 de agosto de 2024.

Ambas partes han notificado la voluntad de prórroga del convenio en el seno de la comisión mixta de seguimiento con una anticipación superior a dos meses antes de la fecha de extinción del convenio, para disponer del tiempo suficiente para tramitar adecuadamente la citada prórroga a través de una segunda adenda para el curso 2024-2025.

En consecuencia, las partes acuerdan la firma de la presente segunda adenda al convenio con arreglo a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera

Objeto de la adenda

La presente adenda tiene por objeto la prórroga mediante una segunda adenda del convenio de 2 de noviembre de 2022, de colaboración entre la Comunidad de Madrid (Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades) y el Center For Language Education and Cooperation, para la promoción del conocimiento de la lengua y cultura China en centros educativos de la Comunidad de Madrid, ya prorrogado por la primera adenda de fecha 20 de julio de 2023, estableciéndose los términos de la cláusula tercera para su aplicación durante el curso 2024-2025.

Segunda

Cláusula tercera del convenio

Se prorroga el convenio de 2 de noviembre de 2022, aplicándose la cláusula tercera, puntos 2 y 3, en el curso 2024-2025, en los siguientes términos:

“2. La Consejería de Educación, Ciencia y Universidades se compromete a aportar al Center for Language Education and Cooperation, la cantidad de cuarenta y ocho mil euros (48.000 euros) con cargo al programa 322B, al subconcepto 22809 del presupuesto de gastos correspondiente a los ejercicios económicos 2024 y 2025 imputándose 18.000,00 euros al ejercicio 2024 y 30.000,00 euros al ejercicio 2025. Estas cantidades se destinarán a contribuir al sostenimiento del programa de lengua y cultura china.

En el supuesto de que la fecha de finalización de la tramitación de esta adenda, imposibilitara tramitar en fecha el primer libramiento previsto en el apartado 3.a) de esta cláusula tercera, la aportación económica de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, se hará efectiva en un único libramiento de 48.000 euros en el mes de junio de 2025.

3. La aportación económica de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, se hará efectiva en dos libramientos a Chinese Proficiency Test Spain Committee SL, en representación del Center for Language Education and Cooperation:

a) El primer libramiento de 18.000,00 euros se realizará en el mes de diciembre de 2024, previa presentación de los siguientes documentos:

— Certificado de la comisión mixta sobre el cumplimiento de la programación, a la vista de los datos académicos de los becarios responsables de las actividades.

— Justificantes de los gastos realizados a los que se refiere el apartado 1 de la cláusula tercera de este convenio.

b) El segundo libramiento, de 30.000,00 euros se efectuará en el mes de junio de 2025, previo informe favorable de la comisión de seguimiento en el que de forma expresa se haga constar el cumplimiento de la finalidad para la que se firmó el convenio. A tal efecto, la representación del Center for Language Education and Cooperation, enviará a la Dirección General de Educación Secundaria, Formación Profesional y Régimen Especial antes del 1 de junio de 2025 la documentación siguiente:

— Certificado de la comisión mixta sobre el cumplimiento de la programación, a la vista de los datos académicos de los becarios responsables de las actividades.

— Justificante de los gastos realizados a los que se refiere el apartado 1 de la cláusula tercera de este convenio”.

Tercera

Prórroga de la vigencia del convenio

En virtud de esta segunda adenda el Convenio extenderá su vigencia hasta el 31 de agosto de 2025 manteniéndose, en todo lo demás, lo previsto en la cláusula sexta.

Y, en prueba de conformidad, ambas partes suscriben por duplicado la presente adenda, en las lenguas española y china, en el lugar y fecha señalados al comienzo.

Madrid, a 24 de julio de 2024.—La Subdirectora General del Center for Language Education and Cooperation, Jing Wei.—El Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, Emilio Viciana Duro.

(03/12.667/24)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.106.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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