Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 191

Fecha del Boletín 
12-08-2024

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20240812-48

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE POZUELO DE ALARCÓN

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

48
Pozuelo de Alarcón. Organización y funcionamiento. Régimen dedicación

De conformidad con las determinaciones de los artículos 122.5 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y 43.2.d) del Reglamento Orgánico del Pleno del Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 75.5 de la citada Ley, se hace público que la alcaldesa-presidenta, por decreto de 19 de julio de 2024, modificó el régimen de dedicación de los concejales no adscritos de la Corporación. La parte dispositiva del mencionado acuerdo tiene el siguiente tenor literal:

Primero.—Modificar, de conformidad con el acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de 18 de julio de 2024, en el que se determina el “régimen retributivo, dedicaciones y retribuciones de los miembros de la Corporación”, el régimen de dedicación parcial de los concejales D. Juan Ignacio Fernández Tomás, D. Ángel Hernández Pando y D.a Rocío Domínguez Perals, que tenían asignado por decreto de 12 de julio de 2023, que pasará del 65 % al 43,25 %.

Segundo.—La citada modificación surtirá efectos de conformidad con el acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de 18 de julio de 2024.

Tercero.—La percepción de las correspondientes retribuciones estará supeditada al cumplimiento de la normativa sobre incompatibilidades que, en su caso, sea de aplicación.

Cuarto.—Notificar este decreto a los interesados, comunicarlo a los servicios municipales afectados y publicar la parte dispositiva en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Pozuelo de Alarcón, a 1 de agosto de 2024.—El secretario general del Pleno, Gonzalo Cerrillo Cruz.

(03/12.826/24)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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