Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 192

Fecha del Boletín 
13-08-2024

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20240813-37

Páginas: 124


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

URBANISMO

Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad

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Madrid. Urbanismo. Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad. Plan parcial

Expediente 135-2023-01246.

Aprobación definitiva de la modificación del Plan Parcial del Sector UZP 2.01 “El Cañaveral”, promovido por la Junta de Compensación “Desarrollo del Este-El Cañaveral”, Distrito de Vicálvaro.

El Excmo. Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 25 de junio de 2024, adoptó el siguiente acuerdo:

“Primero.—Estimar, estimar parcialmente y desestimar las alegaciones presentadas durante el trámite de información pública, por las razones y en los términos señalados en el informe técnico de la Dirección General de Planeamiento de 4 de junio de 2024 obrante en el expediente.

Segundo.—Aprobar definitivamente la modificación del Plan Parcial del Sector de Suelo Urbanizable Programado 2.01 “Desarrollo del Este-El Cañaveral”, incluyendo la ordenación de la Zona MCS y Parque Central, Distrito de Vicálvaro, promovida por la Junta de Compensación del sector, de conformidad con lo establecido en el artículo 59.4, en relación con los artículos 57 y 62.2 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid.

Tercero.—Publicar el presente acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en cumplimiento del artículo 66 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, con indicación de haberse procedido previamente a su depósito en el registro administrativo de la Consejería competente en materia de ordenación urbanística”.

Asimismo, a tenor de lo dispuesto en el art. 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de Bases de Régimen Local, a continuación se publican los documentos con contenido normativo:



















































































































































































































































Lo que se publica para general conocimiento, en cumplimiento del artículo 66.1 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, significando que ha sido remitido un ejemplar de la modificación del Plan Parcial) al Registro Administrativo de la Consejería competente en materia de ordenación urbanística y que el transcrito acuerdo pone fin a la vía administrativa, pudiendo interponer contra el mismo recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, todo ello sin perjuicio de que se pueda utilizar cualquier otro recurso que se estime pertinente para la defensa de sus derechos.

Madrid, a 29 de julio de 2024.—El director general de Planeamiento, P. S. (Decreto del delegado del Área de Gobierno Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad de 4 de julio de 2024), la subdirectora general de Planeamiento, Teresa Riestra Rodríguez-Losada.—El secretario general de Pleno, Federico Andrés López de la Riva Carrasco.

(02/12.604/24)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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