Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 192

Fecha del Boletín 
13-08-2024

Sección 3.10.20G: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20240813-54

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE GUADARRAMA

RÉGIMEN ECONÓMICO

54
Guadarrama. Régimen económico. Modificación presupuestaria

De conformidad con el artículo 112 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local; artículo 169 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales, y el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, que aprueba el texto refundido de disposiciones vigentes en materia de régimen local, y no habiéndose presentado alegaciones a la aprobación inicial del expediente 4894/2024, de modificación del presupuesto del Ayuntamiento de Guadarrama prorrogado para el ejercicio 2024 mediante crédito extraordinario, con cargo al remanente líquido de Tesorería para gastos generales, para la financiación de las obras de gran reparación del Centro de Natación Municipal, mediante Decreto de Alcaldía número 0160/2024, de fecha 17 de julio de 2024, se resuelve:

Declarar aprobado definitivamente el expediente 4894/2024, de modificación del presupuesto del Ayuntamiento de Guadarrama prorrogado para el ejercicio 2024 mediante crédito extraordinario, con cargo al remanente líquido de Tesorería para gastos generales, para la financiación de las obras de gran reparación del Centro de Natación Municipal, por importe de 3.000.000,00 euros, en los siguientes capítulos de los estados de gastos e ingresos:

Contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, los interesados podrán interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación, según lo establecido en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

En Guadarrama, a 2 de agosto de 2024.—El alcalde, Diosdado Soto Pérez.

(03/12.875/24)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20G: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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