Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 192

Fecha del Boletín 
13-08-2024

Sección 4.50.1.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20240813-64

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

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Madrid. Secretaría de Gobierno. Nombramiento juez de paz de Colmenar de Oreja

SECRETARÍA DE GOBIERNO

CERTIFICACIÓN DE ACUERDO DE LA SALA DE GOBIERNO

Don Sebastián Lastra Liendo, secretario de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, con sede en Madrid.

Certifico: Que la Sala de Gobierno de este Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en sesión celebrada el 22 de julio de 2024, ha adoptado el siguiente acuerdo:

3. Cinco. Colmenar de Oreja.—Nombramiento de juez de paz sustituto.

Se da cuenta de la certificación remitida por el Ayuntamiento de Colmenar de Oreja, realizada en comunicación del resultado del Pleno de 30 de mayo de 2024 en la que se propone como candidato para el cargo de juez de paz sustituto de la localidad a D. Juan Antonio González Higueras.

Atendiendo a los criterios establecidos en la Ley Orgánica del Poder Judicial y en el Reglamento de los Jueces de Paz relativos al régimen de prohibiciones e incompatibilidades y observando que concurren en el electo las condiciones de idoneidad y elegibilidad.

La Sala de Gobierno, por unanimidad, acuerda: Asumir la propuesta, realizada en comunicación del resultado del Pleno de 30 de mayo de 2024 del Ayuntamiento de Colmenar de Oreja y nombrar juez de paz sustituto del Juzgado de Paz de la localidad a D. Juan Antonio González Higueras.

Con certificación particípese este acuerdo al Juzgado Decano de Primera Instancia e Instrucción de Aranjuez, partido judicial al que pertenece, al alcalde-presidente del Ayuntamiento de Colmenar de Oreja, al Juzgado de Paz de la misma localidad y al BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para su publicación.

Y para que conste, extiendo la presente.

En Madrid, a 31 de julio de 2024.—El secretario de Gobierno, Sebastián Lastra Liendo.

(03/12.894/24)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.50.1.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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