Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 197

Fecha del Boletín 
19-08-2024

Sección 1.3.105.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20240819-14

Páginas: 1


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE DIGITALIZACIÓN

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CORRECCIÓN de errores de 5 de agosto de 2024, de la Orden 95/2024, de 8 de julio, de la Consejería de Digitalización, por la que se hace pública la denegación del pago de las subvenciones de bonos digitales para colectivos económicamente vulnerables (C15.I3) en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia —financiado por la Unión Europea— NextGenerationEU (programa único-bono social) en la Comunidad de Madrid.

Advertido error aritmético en la Orden 95/2024, de la Consejería de Digitalización, de 8 de julio, por la que se hace pública la denegación del pago de las subvenciones de bonos digitales para colectivos económicamente vulnerables (C15.I3) en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia —financiado por la Unión Europea— NextGenerationEU (Programa único-Bono social) en la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 173, de 22 de julio de 2024), se procede a efectuar rectificación:

En la página 202, donde dice:

“El crédito disponible asciende a 2.523.600,00 euros, con cargo a la partida 48399 “Familias: Otras actuaciones”, del programa 928M-MRR C15.I3 “Bonos de conectividad para colectivos vulnerables” de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid en 2024”.

Debe decir:

“El crédito disponible asciende a 2.523.360,00 euros, con cargo a la partida 48399 “Familias: Otras actuaciones”, del programa 928M-MRR C15.I3 “Bonos de conectividad para colectivos vulnerables” de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid en 2024”.

Madrid, a 5 de agosto de 2024.—P. D. el Director General de Estrategia Digital (Orden 47/2024, de 1 de abril; BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 90, de 16 de abril de 2024), Ignacio Julen Azorín González.

(03/13.037/24)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.105.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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