Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 198

Fecha del Boletín 
20-08-2024

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20240820-28

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ALCALÁ DE HENARES

RÉGIMEN ECONÓMICO

O. A. Ciudad Deportiva Municipal

28
Alcalá de Henares. Régimen económico. O. A. Ciudad Deportiva Municipal. Extracto convocatoria subvenciones

Extracto del acuerdo de 7 de agosto de 2024, del Consejo de Administración del Organismo Autónomo Ciudad Deportiva Municipal de Alcalá de Henares, por el que se convoca la concesión de subvenciones de aplicación al programa de escuelas deportivas de iniciación. Convocatoria 2024/2025 – Modalidad Voleibol.

BDNS: 779922

De conformidad con los previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones ( http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/lindex ):

Primero. Beneficiarios.—Podrán ser solicitantes y beneficiarios de la subvención que se conceda por medio de esta convocatoria los clubes deportivos, las agrupaciones deportivas y las secciones de acción deportiva reguladas en el capítulo II del título IV de la Ley 15/1994, de 28 de diciembre, del Deporte de la Comunidad de Madrid y por Decreto 199/1998, de 26 de noviembre, de la Consejería de Educación y Cultura de la Comunidad de Madrid que, además de reunir los requisitos señalados en el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones, cumplan los siguientes requisitos:

1. Estar inscritas en el Registro de Asociaciones Deportivas de la Comunidad de Madrid con fecha anterior a la de publicación de la convocatoria de estas bases.

2. Tener su domicilio social en el término municipal de Alcalá de Henares o haber desarrollado su actividad principal en dicho municipio durante los últimos 5 años.

3. Estar inscritos en la Federación Deportiva Madrileña de la modalidad deportiva solicitada del programa de escuelas deportivas.

4. Estar dados de Alta en la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, lo cual se demostrará con el NIF asignado a la misma.

5. Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la Agencia Tributaria, la Seguridad Social, el Ayuntamiento de Alcalá de Henares y el O. A. Ciudad Deportiva Municipal.

6. Haber justificado debidamente las subvenciones percibidas con anterioridad del Ayuntamiento de Alcalá de Henares y del O. A. Ciudad Deportiva Municipal, salvo que no haya vencido su plazo de justificación.

7. Presentar la solicitud y toda la documentación requerida, en la forma y plazos establecidos en la convocatoria, de conformidad con los dispuesto en las presentes bases.

8. En ningún caso podrán obtener la condición de beneficiarios de las subvenciones las Entidades en quienes concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.

Segundo. Finalidad.—La concesión de subvenciones públicas, en régimen de concurrencia competitiva para el desarrollo de las Escuelas Deportivas de Iniciación en Alcalá de Henares, durante la temporada de 2024/2025 (sin prórroga), destinadas a entidades de voleibol.

Tercero. Bases reguladoras.—Acuerdo de 7 de agosto de 2024, del Consejo de Administración del Organismo Autónomo Ciudad Deportiva Municipal de Alcalá de Henares.

Cuarto. Importe.—Importe máximo de la convocatoria: 22.738,72 euros. Dicha cuantía se desglosa en la siguiente forma:

— Con cargo al presupuesto 2024: 5.684,68 euros y con cargo al 2025: 17.054,04 euros, siempre y cuando exista dicha consignación en el presupuesto de la CDM para el ejercicio 2025, para el desarrollo de la escuela deportiva de voleibol.

Quinto. Lugar y plazo de presentación de solicitudes.—Las solicitudes junto con la documentación exigida que se acompañe, se presentarán a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Alcalá de Henares e irán dirigidas al Organismo Autónomo Ciudad Deportiva Municipal de Alcalá de Henares. El plazo de presentación será de quince días naturales, desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Alcalá de Henares, a 9 de agosto de 2024.—El presidente del Organismo Autónomo Ciudad Deportiva Municipal, Víctor Manuel Acosta Hernández.

(03/13.205/24)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20240820-28