Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 198

Fecha del Boletín 
20-08-2024

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20240820-30

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ARROYOMOLINOS

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

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Arroyomolinos. Organización y funcionamiento. Nombramiento personal eventual

En fecha 6 de agosto de 2024 por parte del alcalde se ha dictado decreto 2040, de nombramiento de personal eventual, que en su parte dispositiva dice como sigue:

“Primero.—Nombrar, por razón de confianza, como personal eventual de este Ayuntamiento, a don César Muñoz Mateos, con DNI ***4187**, para realizar funciones de confianza y/o asesoramiento especial como jefe de Gabinete de Alcaldía, sin perjuicio de que se requiera su labor de confianza y asesoramiento en otras áreas de esta entidad con total disponibilidad horaria, estando permanentemente localizable incluyendo tardes, fines de semana y festivos.

Segundo.—A título meramente enunciativo, sus funciones son:

a) Administración y organización eficiente de la información.

b) Protocolo:

— Diseño y supervisión de normas de protocolo para eventos y actividades oficiales.

— Coordinación de ceremonias y actos públicos.

— Coordinación del personal eventual.

c) Supervisión y asignación de tareas al personal eventual:

— Aseguramiento del cumplimiento de objetivos y responsabilidades.

d) Configuración de pautas de gobierno:

— Desarrollo y seguimiento de directrices gubernamentales.

— Evaluación y ajuste de políticas según sea necesario.

— Coordinación del equipo de Gobierno.

e) Agendas y visitas:

— Planificación y gestión de agendas de trabajo y visitas oficiales de los concejales y el personal eventual.

— Coordinación de reuniones y eventos.

f) Relaciones con otros organismos:

— Establecimiento y mantenimiento de vínculos con entidades externas.

— Facilitación de la colaboración interinstitucional.

g) Equipos de desarrollo:

— Liderazgo y apoyo a equipos dedicados a proyectos de desarrollo.

— Monitoreo del progreso y resultados de proyectos.

h) Supervisión y seguimiento de las políticas municipales:

— Evaluación continua de la implementación de políticas municipales.

— Supervisión del cumplimiento y efectividad de las políticas en vigor.

Quedan vedadas para ellas las actuaciones de colaboración profesional que se proyecten en las funciones normales de la Administración Pública, bien en las externas de prestación y policía frente a la ciudadanía, bien en las internas de pura organización administrativa.

Tercero.—La persona nombrada podrá ser cesada o separada libremente por la Alcaldía en cualquier momento. Este personal eventual cesará automáticamente en todo caso cuando se produzca el cese o expire el mandato de la autoridad a la que presten su función de confianza o asesoramiento.

Cuarto.—El nombramiento del personal eventual tendrá efecto desde el día 12 de agosto de 2024.

Quinto.—Los nombramientos así conferidos serán publicados al menos en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en la sede electrónica y en el portal de transparencia de esta entidad, con indicación de las retribuciones íntegras anuales que tiene asignadas cada puesto.

Sexto.—Notifíquese este decreto en tiempo y forma a las personas nombradas, con indicación de que pone fin a la vía administrativa. Contra él podrán los interesados interponer potestativamente recurso de reposición, ante esta Alcaldía, en el plazo de un mes contado desde su notificación o publicación, según los casos; o bien, alternativamente, recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de Madrid de ese orden jurisdiccional, en el plazo de dos meses contado de igual forma, sin perjuicio de la posibilidad de interposición de cualesquiera otros recursos que estimen procedentes.

Séptimo.—Del presente decreto se dará cuenta al Pleno del Ayuntamiento en la primera sesión que celebre, sin perjuicio de su efectividad desde el mismo día de su emisión, debiendo ser comunicado, en extracto, a la Administración General del Estado y a la de la Comunidad de Madrid”.

Lo que se dicta en Arroyomolinos, el día de la fecha inserta en el cajetín de numeración de este Decreto, en la parte superior del mismo.

Arroyomolinos, a 7 de agosto de 2024.—El alcalde, Luis Quiroga Toledo.

(03/13.108/24)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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