Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 200

Fecha del Boletín 
22-08-2024

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20240822-36

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE COLMENAR VIEJO

RÉGIMEN ECONÓMICO

36
Colmenar Viejo. Régimen económico. Modificación presupuestaria

Se hace público para el general conocimiento que, aprobado definitivamente al no haberse presentado reclamaciones, el expediente de referencia:

— MC 09-8669/2024. Crédito extraordinario y/o suplemento de crédito financiado con remanente de Tesorería general de la liquidación 2023. Modificación de las bases de ejecución presupuestaria del ejercicio 2024.

Aprobado de forma inicial por el Ayuntamiento en Pleno en sesión ordinaria celebrada el día 30 de mayo de 2024, y expuesto al público en anuncio insertado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, número 137, de fecha 10 de junio de 2024, página 389.

A los efectos del artículo 169.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y en ampliación al anuncio publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, número 158 de fecha 4 de julio de 2024, página 151, se modifican las bases 9.a y 27.a de ejecución presupuestaria de 2024, con la redacción definitiva que consta en el acuerdo inicial.

Contra la aprobación definitiva de este expediente, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 171,1 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la inserción del presente anuncio, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid o Juzgados de lo Contencioso de Madrid, con los requisitos y formalidades contemplados en el citado texto articulado.

En Colmenar Viejo, a 20 de agosto de 2024.—El alcalde-presidente, Carlos Blázquez Rodríguez.

(03/13.553/24)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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