Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 207

Fecha del Boletín 
30-08-2024

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20240830-67

Páginas: 51


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ALCALÁ DE HENARES

URBANISMO

67
Alcalá de Henares. Urbanismo. Plan Especial

Participo a Ud. que el Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 16 de julio de 2024, adoptó acuerdo sobre el Plan Especial de Mejora de la Infraestructuras relativo al proyecto de construcción de soterramiento de tramo aéreo y ampliación del parque de la Subestación Alcalá II de esta ciudad, que dice lo siguiente:

— La aprobación definitiva del Plan Especial de Mejora de la Infraestructuras sobre proyecto de construcción para soterramiento de tramo aéreo y ampliación del parque de 15 kV. Subestación Alcalá II 132/15 kV, promovida por la mercantil UFD Distribución Electricidad, S. A.

— Que se proceda a la publicación del acuerdo sobre aprobación definitiva del Plan, que en su caso se adopte, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, previo su depósito en el Registro Administrativo de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio. Asimismo, se publicarán las ordenanzas del Plan Especial en los términos establecidos en el artículo 66 de la LSM.

Asimismo, se procede a la publicación de la normativa del Plan Especial:

































































































Lo que se publica para general conocimiento, en cumplimiento del artículo 66 de la Ley 9/2001 de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, significando que ha sido remitido el 8 de agosto de 2024 un ejemplar del Plan Especial de Mejora de la Infraestructuras sobre Proyecto de Construcción para soterramiento de tramo aéreo y ampliación del parque de 15 kV. Subestación Alcalá II 132/15 kV, promovida por la mercantil UFD Distribución Electricidad, S. A., aprobado al Registro Administrativo de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio en aplicación de lo previsto en los artículos 65 y 66 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid.

Este acuerdo pone fin a la vía administrativa, pudiendo interponerse contra el mismo recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con lo dispuesto en los arts. 112 de la Ley 39/2015, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y 46 de la Jurisdicción contencioso-administrativa, todo ello sin perjuicio de que se pueda utilizar cualquier otro recurso que se estime pertinente para la defensa de sus derechos.

Alcalá de Henares, a 9 de agosto de 2024.—P. A. TAG, directora del Área de Régimen Jurídico e Interior, Elena Santana González.

(02/13.236/24)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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