Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 215

Fecha del Boletín 
09-09-2024

Sección 3.10.20Z: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20240909-83

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ZARZALEJO

RÉGIMEN ECONÓMICO

83
Zarzalejo. Régimen económico. Padrones fiscales

Acuerdo de la Junta de Gobierno de 23 de agosto, de la entidad de Zarzalejo, por el que se aprueban los padrones fiscales y las liquidaciones correspondientes del impuesto de bienes inmuebles de naturaleza rústica y urbana y del de Actividades Económicas correspondiente al período 2024.

Habiéndose aprobado los padres fiscales y las liquidaciones integrantes de estos, a efectos de su notificación colectiva, se publica para su general conocimiento en cumplimiento de los artículos 102.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria y 24 del Reglamento General de Recaudación, aprobado por Real Decreto 939/2005, de 29 de julio.

Los padrones y las liquidaciones correspondientes se expondrán al público por un plazo de veinte días naturales a contar desde el siguiente al de la publicación del presente anuncio en las dependencias de la Corporación, así como en su sede electrónica ( http://zarzalejo.sedelectronica.es ).

Contra el acto de aprobación de Los padrones y las liquidaciones correspondientes podrá interponerse recurso previo de reposición ante la Alcaldía en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de finalización del período de exposición pública, de acuerdo con cuanto establece el artículo 14.2.c) del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.

De conformidad con lo establecido en el artículo 62.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, se pone en conocimiento de los contribuyentes que se procederá al cobro en período voluntario del 23 de septiembre al 30 de noviembre en la Oficina de Recaudación:

— Zarzalejo Pueblo, lunes de 9 a 13:30 horas (Ayuntamiento. Plaza de la Constitución, 1).

— Zarzalejo Estación, martes de 9 a 13:30 horas (Casa de la Cultura. Av. de la Estación, 63).

— Atención telefónica, miércoles a viernes, de 9 a 13:30 horas, 646 819 227.

zarzalejo@grupo-mcg.es

Fecha de cargo en cuenta el 30 de noviembre de 2024.

Transcurrido el plazo de ingreso voluntario sin que se haya satisfecho la deuda se iniciará el período ejecutivo, de acuerdo con el tenor de los artículos 26, 28 y 161 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, lo que determinará la exigencia de los intereses de demora, así como los recargos que correspondan y, en su caso, de las costas del procedimiento de apremio.

Zarzalejo, a 28 de agosto de 2024.—El alcalde, Rafael Herranz Ventura.

(01/13.918/24)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20Z: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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