Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 216

Fecha del Boletín 
10-09-2024

Sección 1.4.108.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20240910-14

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios

CONSEJERÍA DE SANIDAD

14
ADENDA de 27 de agosto de 2024, al convenio entre la Comunidad de Madrid a través de la Consejería de Sanidad, el Servicio Madrileño de Salud y la asociación Acción y Cura para Tay-Sachs (ACTAYS), para el desarrollo del programa de apoyo emocional a los afectados por enfermedades neurológicas infantiles.

REUNIDOS

De una parte, D.a Fátima Matute Teresa, Consejera de Sanidad de la Comunidad de Madrid, nombrada mediante Decreto 44/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, en el ejercicio de sus competencias, en representación de la Consejería de Sanidad, según lo dispuesto en el artículo 41.a) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, el 4.3.a) de la Ley 8/1999, de 9 de abril, de adecuación de la Normativa de la Comunidad de Madrid a la Ley Estatal 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y el 3.2.a) del Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.

De otra parte, D.a Laura Gutiérrez Barreno, Viceconsejera de Sanidad, nombrada mediante Decreto 257/2023, de 22 de noviembre, del Consejo de Gobierno, y Directora General del Servicio Madrileño de Salud, en nombre y representación del Servicio Madrileño de Salud, actuando en virtud de las competencias que le otorga el artículo 4.3.b) de la Ley 8/1999, de 9 de abril, de adecuación de la normativa de la Comunidad de Madrid a la Ley Estatal 4/1999, de 13 de enero, y lo dispuesto en el artículo 3.g) del Decreto 245/2023, de 4 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Sanidad, y en el artículo 3.2.b) del Decreto 48/2019, de 10 de junio.

De conformidad, asimismo, con lo establecido en el artículo 23.2.a) del Decreto 24/2008, de 3 de abril, por el que se establece el régimen jurídico y de funcionamiento del Servicio Madrileño de Salud y en el Acuerdo de 9 de mayo de 2008, del Consejo de Administración del Servicio Madrileño de Salud, por el que se delega en el titular de la Viceconsejería de Asistencia Sanitaria la competencia en materia de convenios, ratificado en su reunión de 17 de junio de 2020.

Y, de otra parte, D.a Beatriz Fernández Domínguez, en nombre y representación de la asociación Acción y Cura para Tay-Sachs (en adelante, ACTAYS), con NIF número G-87021127 y domicilio social en Madrid, calle Príncipe de Vergara, número 33, quinto izquierda, facultada para esta representación según consta en la escritura de apoderamiento otorgada ante D.a María Begoña Martínez-Amo Gámez, notaria del Ilustre Colegio de Andalucía, de 18 de noviembre de 2016 y número 2.092 de su protocolo.

Las partes intervienen en nombre y representación de las instituciones señaladas, reconociéndose capacidad jurídica suficiente para suscribir la presente adenda y, de conformidad,

MANIFIESTAN

Primero

En fecha 23 de diciembre de 2021 se suscribió un convenio entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Sanidad, el Servicio Madrileño de Salud y la asociación Acción y Cura para Tay-Sachs (ACTAYS) para el desarrollo del programa de apoyo emocional a los afectados por enfermedades neurológicas infantiles

Segundo

La cláusula primera del convenio establece su aplicación a “los centros sanitarios que se relacionan en el anexo I. Esta relación podrá ampliarse o reducirse por voluntad de las partes, mediante adenda, quedando sujetos a todas las estipulaciones de este convenio”, lo que no supone modificación de su objeto.

Tercero

La actividad desarrollada en ejecución del convenio ha resultado satisfactoria para las partes, por lo que las mismas consideran conveniente extender su aplicación a otros centros sanitarios, en particular, al Hospital Universitario “12 de Octubre” y al Hospital Universitario “La Paz”.

Por lo anterior, las partes manifiestan su voluntad de suscribir esta adenda de acuerdo con la siguiente:

CLÁUSULA

Única

Centros sanitarios a los que se extiende el desarrollo del convenio

Se modifica la relación de centros del Servicio Madrileño de Salud incluidos en el ámbito de aplicación del convenio suscrito entre las partes en fecha 23 de diciembre de 2021, de manera que el anexo I del convenio queda redactado como sigue:

ANEXO I

RELACIÓN DE CENTROS DEL SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD INCLUIDOS EN EL ÁMBITO DE APLICACIÓN DEL CONVENIO

— Hospital Infantil Universitario “Niño Jesús”.

— Hospital General Universitario “Gregorio Marañón”.

— Hospital Universitario “12 de Octubre”.

— Hospital Universitario “La Paz”.

Y para que así conste y en prueba de conformidad de las partes, se firma la presente adenda.

Madrid, a 27 de agosto de 2024.—Por la Comunidad de Madrid, la Consejera de Sanidad, Fátima Matute Teresa.—Por el Servicio Madrileño de Salud, la Viceconsejera de Sanidad y Directora General del Servicio Madrileño de Salud, Laura Gutiérrez Barreno.—Por la asociación Acción y Cura para Tay-Sachs, la apoderada, Beatriz Fernández Domínguez.

(03/13.860/24)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.108.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20240910-14