Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 217

Fecha del Boletín 
11-09-2024

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20240911-47

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ALCOBENDAS

RÉGIMEN ECONÓMICO

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Alcobendas. Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones

Extracto del decreto número 11119/2024, de fecha 31 de julio de 2024, por el que se convocan las subvenciones del Ayuntamiento de Alcobendas a entidades culturales sin ánimo de lucro y casas regionales, que realicen actividades durante el año 2024.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, Ley General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones ( http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index ):

BDNS: 783545

Primero. Objeto.—Convocatoria de subvenciones que otorga el Ayuntamiento de Alcobendas a las entidades culturales sin ánimo de lucro y casas regionales que realicen actividades de interés público y social durante el año 2024 en régimen de concurrencia competitiva.

Se consideran subvencionables las actividades culturales de utilidad o interés social relacionadas con las disciplinas artísticas y realizadas por entidades sin ánimo de lucro, cuyo objeto social sea la promoción y/o difusión de la cultura, en sus variadas manifestaciones; aquellas actividades a realizar por asociaciones que tengan distinto objeto social que el cultural, en el marco de los programas de las fiestas del municipio y otras manifestaciones culturales.

Segundo. Bases reguladoras.—Plan Estratégico de Subvenciones y ordenanza municipal reguladora de las subvenciones de fomento del asociacionismo y la participación ciudadana del Ayuntamiento de Alcobendas, aprobada definitivamente por el Pleno Municipal en sesión celebrada el día 27 de enero de 2009 y publicada el día 20 de febrero de 2009 en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Tercero. Cuantía.—El importe total máximo de esta convocatoria está destinado a:

— Actividades culturales de especial interés y actividades a desarrollar en el marco de las fiestas del municipio, así como actividades propias de las casas regionales, en una cuantía máxima de 139.250,00 euros, con cargo a la partida 522/33400/48904 del presupuesto general vigente del Ayuntamiento de Alcobendas para el año 2024.

Cuarto. Beneficiarias.—Las asociaciones debidamente registradas en el Registro de Asociaciones, Fundaciones y Entidades análogas del Ayuntamiento de Alcobendas que desarrollen proyectos culturales y artísticos de calidad y de interés general para el municipio.

Excepcionalmente y con el correspondiente informe técnico que lo autorice podrán solicitar la subvención, asociaciones en trámite de registro municipal, siempre y cuando los trámites de inscripción se hayan iniciado con anterioridad a la publicación de la convocatoria.

También podrán solicitar subvención las personas físicas o jurídicas sin personalidad, que desarrollen actividades que se encuadren en el ámbito recogido en la presente convocatoria.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—Las solicitudes de subvención y el resto de documentación exigida por la ordenanza a la que se hace referencia en el punto 1 de esta convocatoria se presentarán, dentro del plazo de 15 días naturales a partir del día siguiente de la publicación de un extracto de esta convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, y a través de la Base de Datos Nacional de Subvenciones.

Sexto. Documentación.—Las asociaciones, entidades interesadas y/o interesados, deberán presentar la siguiente documentación:

a) Solicitud.

b) Proyecto detallado en el que conste para cada actividad: ámbito temático, público al que se dirige, presupuesto, financiación, recursos de la asociación, fecha y lugar previstos y recursos que solicita.

c) Certificación acreditativa del número de socios e incremento de estos en el último año, incluyendo cuota anual que tiene aprobada la asociación, y de las ayudas solicitadas o concedidas por otras Administraciones Públicas o entidades, indicando su importe y fecha o, en su caso, de su ausencia.

d) Identificación y domicilio social de la entidad solicitante.

e) Memoria de actividades desarrolladas por la entidad en los últimos doce meses.

f) Datos bancarios de la entidad solicitante de la subvención.

g) Documentación acreditativa de la personalidad jurídica de la entidad solicitante.

h) Documentación acreditativa de la capacidad del representante de la entidad solicitante.

i) Declaración responsable de quien ostente la representación de la entidad solicitante de no estar incurso en ninguna de las causas de prohibición del artículo 13 de la Ley General de Subvenciones.

j) Declaración responsable de quien ostente la representación de la entidad solicitante de no tener pendiente obligación alguna por reintegro de subvenciones y de haber justificado subvenciones concedidas, en su caso, en ejercicios anteriores.

k) Declaración responsable o certificación de hallarse al corriente de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social. Cuando la subvención concedida sea mayor o igual 3.000 euros se deberá presentar certificado de hallarse al corriente de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social al justificar la subvención o bien autorizar al servicio a realizar las consultas correspondientes.

l) Declaración responsable de estar al corriente de todo tipo de obligaciones fiscales con el Ayuntamiento de Alcobendas.

m) Seguro de responsabilidad civil en caso de actividades especiales que lo requieran y/o seguro de voluntariado en caso de realizar actividades con voluntariado.

n) Certificación negativa de antecedentes penales emitida por el Registro Central de delincuentes sexuales sobre delitos contra la libertad o indemnidad sexual, de acuerdo al artículo 57, apartado 1, de la Ley 8/2021, de 4 de junio, de Protección Integral a la infancia y adolescencia frente a la violencia, respecto las personas que tengan contacto habitual con personas menores de edad.

Las asociaciones y casas regionales deberán prioritariamente presentar su solicitud accediendo a la sede electrónica www.alcobendas.org del Ayuntamiento de Alcobendas, cumplimentando el trámite de instancia general y adjuntando la documentación anexa.

Alcobendas, a 1 de agosto de 2024.—La concejala-delegada de Cultura y Gestión del Talento del Ayuntamiento de Alcobendas, M. José Ortiz Iglesias de Ussel.

(03/14.221/24)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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