Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 218

Fecha del Boletín 
12-09-2024

Sección 1.3.106.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20240912-15

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES

15
ORDEN 3526/2024, de 27 de agosto, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se autorizan enseñanzas en cuatro institutos de Educación Secundaria en los municipios de Morata de Tajuña, Campo Real, Loeches y El Boalo, a partir del curso escolar 2024-2025.

Mediante el Decreto 82/2024, de 24 de julio, del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, se han creado cuatro institutos de Educación Secundaria en los municipios de Morata de Tajuña, Campo Real, Loeches y El Boalo, para el curso 2024-2025, (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 26 de julio de 2024).

El apartado cuarto del Decreto 82/2024, de 24 de julio, establece que los centros entrarán en funcionamiento en el curso escolar 2024-2025. La autorización de enseñanzas de estos institutos se dispone mediante la presente Orden.

De conformidad con lo establecido en el apartado quinto del Decreto 82/2024, de 24 de julio, y con las atribuciones conferidas por el Decreto 248/2023, de 11 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades,

DISPONGO

Primero

Objeto y ámbito de aplicación

La presente orden tiene por objeto la autorización de enseñanzas en los institutos de Educación Secundaria creados mediante el Decreto 82/2024, de 24 de julio.

Segundo

Autorización y supresión de enseñanzas

1. Los institutos de Educación Secundaria que inician su funcionamiento en el curso 2024-2025, mediante la presente Orden quedan autorizados a impartir las enseñanzas derivadas de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, que se indican:

a) Instituto de Educación Secundaria “Vega del Tajuña”, de Morata de Tajuña:

— Educación Secundaria Obligatoria.

— Bachillerato de Ciencias y Tecnología, régimen ordinario.

— Bachillerato de Humanidades y Ciencias Sociales, régimen ordinario.

b) El Instituto de Educación Secundaria “Campo Real”, de Campo Real:

— Educación Secundaria Obligatoria.

— Bachillerato de Ciencias y Tecnología, régimen ordinario.

— Bachillerato de Humanidades y Ciencias Sociales, régimen ordinario.

c) El Instituto de Educación Secundaria “Marie Curie”, de Loeches:

— Educación Secundaria Obligatoria mediante la organización de la enseñanza bilingüe español-inglés en el curso 2024-2025, en los términos previstos en la normativa que regula los institutos bilingües de la Comunidad de Madrid.

— Bachillerato de Ciencias y Tecnología, régimen ordinario.

— Bachillerato de Humanidades y Ciencias Sociales, régimen ordinario.

d) El Instituto de Educación Secundaria “El Boalo”, de El Boalo:

— Educación Secundaria Obligatoria mediante la organización de la enseñanza bilingüe español-inglés en el curso 2024-2025, en los términos previstos en la normativa que regula los institutos bilingües de la Comunidad de Madrid.

— Bachillerato de Ciencias y Tecnología, régimen ordinario.

— Bachillerato de Humanidades y Ciencias Sociales, régimen ordinario.

2. El Colegio de Educación Infantil y Primaria “San Sebastián”, del municipio de El Boalo autorizado, mediante la Orden 2731/2015, de 7 de septiembre, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, a impartir Educación Secundaria Obligatoria, dejará de impartir Educación Secundaria Obligatoria a la finalización del curso 2023-2024 como consecuencia de la impartición de dichas enseñanzas en el Instituto de Educación Secundaria “El Boalo”.

Tercero

Puesta en funcionamiento

La puesta en funcionamiento de las enseñanzas autorizadas por la presente orden queda condicionada a la existencia de un número suficiente de alumnado matriculado, de acuerdo con las instrucciones que al efecto dicta la Administración educativa.

Cuarto

Habilitación

Se autoriza a la Dirección General de Educación Secundaria, Formación Profesional y Régimen Especial y a la Dirección General de Recursos Humanos, de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, para adoptar las instrucciones necesarias y las medidas oportunas que requiera la autorización de las enseñanzas que se disponen por la presente orden.

Quinto

Producción de efectos

La presente orden producirá efectos a partir del curso 2024-2025.

Madrid, a 27 de agosto de 2024.—El Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, P. D. (Orden 365/2024, de 13 de febrero, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades), la Directora General de Educación Secundaria, Formación Profesional y Régimen Especial, María Luz Rodríguez de Llera Tejeda.

(03/14.133/24)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.106.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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