Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 219

Fecha del Boletín 
13-09-2024

Sección 3.10.20G: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20240913-55

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE GALAPAGAR

OTROS ANUNCIOS

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Galapagar. Otros anuncios. Inventario caminos públicos

El Pleno del Ayuntamiento de Galapagar, en sesión ordinaria celebrada con fecha 3 de mayo de 2023, acordó aprobar definitivamente el inventario de caminos municipales del Ayuntamiento de Galapagar, según la siguiente relación:



Lo que se hace público para su conocimientos y efectos, advirtiendo que contra dicho acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse, alternativamente, o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la recepción de esta notificación, ante el Pleno de la Corporación, o recurso contencioso-administrativo, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la recepción de la presente notificación, de conformidad con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPACAP), y artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo, no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Asimismo, podrá ejercitar cualquier otro recurso que considere pertinente.

En Galapagar, a 26 de abril de 2024.—El primer teniente de alcalde, delegado del Área de Urbanismo y Ordenación del Territorio, Movilidad, Cultura, Medioambiente, Sanidad y Salud Pública, Ángel Camacho Lázaro.

(02/6.524/24)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20G: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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