Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 222

Fecha del Boletín 
17-09-2024

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20240917-55

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

RÉGIMEN ECONÓMICO

Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda

55
Madrid. Régimen económico. Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda. Extracto convocatoria subvenciones

Extracto del Decreto de 10 de septiembre de 2024, de la delegada del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda por el que se aprueba la convocatoria pública para la concesión de subvenciones a personas afiliadas al Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos en la anualidad de 2024.

BDNS (Identif.): 784903

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones ( http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index ).

Primero. Beneficiarios.—Personas afiliadas al Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos que hayan realizado un relevo generacional, como relevistas o sucesores de otro autónomo, o que hayan creado empleo, en los términos previstos en la convocatoria.

Segundo. Objeto.—Contribuir al mantenimiento y sostenibilidad de la actividad económica de las personas afiliadas al Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos.

Tercero. Bases reguladoras.—Decreto de 10 de septiembre de 2024 de la delegada del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda por el que se aprueba la convocatoria pública para la concesión de subvenciones a personas afiliadas al Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos en la anualidad de 2024.

Cuarto. Cuantía.—El gasto de la línea de ayudas se imputará en su totalidad a la aplicación presupuestaria 001/140/433.01/479.99 del Presupuesto General del Ayuntamiento de Madrid para el año 2024. El crédito destinado a estas subvenciones ascenderá a 2.000.000 euros, que se distribuirán en 250.000 euros para la Línea 1 de relevo generacional y 1.750.000 euros para la Línea 2 de creación de empleo.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—Veinte días naturales desde el día siguiente a la fecha de publicación de este extracto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 10 de septiembre de 2024.—La delegada del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda, Engracia Hidalgo Tena.

(03/14.633/24)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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