Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 223

Fecha del Boletín 
18-09-2024

Sección 1.3.104.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20240918-19

Páginas: 1


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO

19
ORDEN de 30 de agosto de 2024, de la Consejera de Economía, Hacienda y Empleo, de 30 de agosto de 2024, por la que se declara el importe del crédito presupuestario, destinado a la ampliación del crédito disponible para la concesión directa en el año 2024, de ayudas para el fomento de la responsabilidad social y la conciliación laboral.

La Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, establece en el artículo 4.5.c) que podrán concederse, de forma directa y con carácter excepcional, aquellas subvenciones en que se acrediten razones de interés público, social, económico o humanitario, u otras debidamente justificadas que dificulten su convocatoria pública. El órgano concedente deberá publicar la declaración de los créditos presupuestarios disponibles para atender las obligaciones de contenido económico que se deriven de su concesión, previa la tramitación del expediente de gasto que corresponda.

Aprobadas las normas reguladoras y el procedimiento de concesión directa de las Ayudas para el fomento de la responsabilidad social y la conciliación laboral en el ámbito de la Comunidad de Madrid, por Acuerdo, de 9 de octubre de 2018 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 23 de octubre de 2018, del Consejo de Gobierno, modificado por Acuerdo de 9 de julio de 2019 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 23 de julio de 2019), por Acuerdo de 11 de noviembre de 2020 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 17 de noviembre de 2020) y por Acuerdo de 7 de febrero de 2024 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 10 de febrero de 2024), también del Consejo de Gobierno, es por lo que, al concurrir las razones excepcionales establecidas para la aplicación del citado procedimiento, y a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 4.5.c) de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, en lo que se refiere a la declaración de los créditos presupuestarios para atender las obligaciones de contenido económico que se deriven de su concesión, como órgano concedente de las referidas ayudas, de acuerdo con el artículo 7 de la citada Ley 2/1995, de 8 de marzo, de subvenciones de la Comunidad de Madrid.

Para el ejercicio 2024 se aprobó un crédito presupuestario disponible para atender las obligaciones de contenido económico derivadas de la concesión directa de 5.600.000,00 euros, con cargo al Subconcepto 47200 y Subconcepto 77400 del Programa 241N por importe de 4.900.000,00 euros y 700.000,00 euros respectivamente, Orden de 18 de marzo de 2024, (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID n.o 73, de 26 de marzo), de la Consejera de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se declara el importe de los créditos presupuestarios disponibles para la concesión directa en el año 2024, de ayudas para el fomento de la responsabilidad social y la conciliación laboral.

RESUELVO

Primero

El importe de la ampliación del crédito presupuestario disponible para atender las obligaciones de contenido económico derivadas de la concesión directa, durante el año 2024, de las ayudas para el fomento de la responsabilidad social y la conciliación laboral es de 2.400.000,00 euros.

Segundo

Las referidas obligaciones se financiarán con cargo a los siguientes subconceptos del Presupuesto de Gastos de la Comunidad de Madrid del 2024.

— Subconcepto 47200 del Programa 241N 2.400.000,00 euros.

En Madrid, a 30 de agosto de 2024.—La Consejera de Economía, Hacienda y Empleo, P. D. (Orden de 17 de abril de 2024; BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 108, de 7 de mayo), el Viceconsejero de Economía y Empleo, Daniel Rodríguez Asensio.

(03/14.348/24)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.104.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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