Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 223

Fecha del Boletín 
18-09-2024

Sección 1.3.107.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20240918-20

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE VIVIENDA, TRANSPORTES E INFRAESTRUCTURAS

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ACUERDO de 3 de julio de 2024, del Consejo de Gobierno, por el que se suprime el Precio Público “Servicios del Plan Alquila”, Epígrafe “D 04” del Anexo I del Acuerdo de 23 de julio de 1998, del Consejo de Gobierno, por el que se establece el Catálogo actualizado de Servicios y Actividades susceptibles de ser retribuidos mediante precios públicos en el ámbito de la Comunidad de Madrid.

El texto refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Madrid, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de 24 de octubre, establece, en su Título III, las disposiciones aplicables a los precios públicos y regula los procedimientos y requisitos, para el establecimiento de los servicios y actividades susceptibles de ser retribuidos mediante dicha contraprestación y para la fijación o modificación de sus cuantías.

En concreto, el artículo 27 de dicho texto dispone que el Catálogo de servicios y actividades susceptibles de ser retribuidos mediante precios públicos se establecerá por Acuerdo de Consejo de Gobierno, a propuesta y con base en la solicitud de la Consejería que los preste, y “previo informe favorable de la Consejería de Hacienda”, que valorará la procedencia de la propuesta.

El Acuerdo de 23 de julio de 1998, del Consejo de Gobierno, por el que se establece el Catálogo de Servicios y Actividades susceptibles de ser retribuidos mediante precios públicos en el ámbito de la Comunidad de Madrid, tras su modificación por Acuerdo del 12 de septiembre de 2013, contempla en su Anexo I, apartado D), epígrafe 04, el precio correspondiente a los servicios prestados por el Plan Alquila de la Comunidad de Madrid.

El Plan Alquila se concibe como un servicio de gestión profesionalizada del alquiler para la intermediación entre propietarios e inquilinos. Se trata de promover el alquiler y el incremento de la oferta de parque de vivienda en arrendamiento.

Entre las garantías ofrecidas como medidas de fomento al alquiler están las dirigidas a proporcionar una mayor seguridad jurídica a arrendadores y arrendatarios en los contratos de arrendamiento de vivienda, ofreciéndoles la posibilidad de someterse a una institución arbitral voluntariamente, y un seguro de impago de rentas a los propietarios.

Teniendo en cuenta que el alquiler constituye una opción especialmente adecuada para facilitar el acceso a la vivienda y, dada la carencia de la misma, se hace necesaria la supresión del abono del precio público por los servicios del Plan Alquila para los propietarios que arrienden una vivienda utilizando este servicio, como una medida para incentivar la puesta de viviendas en el mercado de alquiler.

Se posibilita así, mediante un aval garantizado, un contrato de alquiler seguro, tanto para arrendadores como para arrendatarios. Se trata de facilitar y potenciar el que los madrileños puedan acceder al mercado de alquiler, aportando un aval que garantice una mayor seguridad jurídica a las dos partes.

Esta medida trata de incentivar a los propietarios de viviendas, ampliando así la oferta de viviendas disponibles en alquiler y al propio tiempo, generar una bolsa de vivienda que permita alquilar a un precio asequible a la que puedan acceder todos los madrileños, con la garantía de la seguridad jurídica que ofrece el servicio Plan Alquila para ambas partes.

En virtud de cuanto antecede, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 27 del vigente texto refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Madrid, previo informe favorable de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, a propuesta del Consejero de Vivienda, Transportes e Infraestructuras, previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión del día 3 de julio de 2024,

ACUERDA

Primero

Suprimir el precio público “Servicios del Plan Alquila”, epígrafe “D 04” del Anexo I, del Acuerdo de 23 de julio de 1998, del Consejo de Gobierno, por el que se establece el catálogo de servicios y actividades susceptibles de ser retribuidos mediante precios públicos en el ámbito de la Comunidad de Madrid.

Segundo

El presente Acuerdo surtirá efectos al día siguiente de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 3 de julio de 2024.

El Consejero de Vivienda, Transportes e Infraestructuras, JORGE RODRIGO DOMÍNGUEZ

La Presidenta, ISABEL DÍAZ AYUSO

(03/14.708/24)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.107.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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