Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 224

Fecha del Boletín 
19-09-2024

Sección 3.10.20L: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20240919-41

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE LEGANÉS

RÉGIMEN ECONÓMICO

41
Leganés. Régimen económico. Bases concurso decoración

Extracto de las bases reguladoras de la convocatoria del concurso de decoración navideña “Navidad con otra mirada”, aprobadas por acuerdo de la Junta de Gobierno Local, del Exmo. Ayuntamiento de Leganés, en sesión extraordinaria de urgencia celebrada el 28 de agosto de 2024.

De conformidad con lo previsto en el artículo 9 apartados 2 y 3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publican las bases reguladoras, en extracto, cuyo texto íntegro puede consultarse en la sede electrónica del Ayuntamiento de Leganés ( https://sede.leganes.org ).

Artículo 1. Objeto.—Estas bases tienen por objeto establecer las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de acuerdo con los principios de publicidad, transparencia, objetividad, igualdad, no discriminación y eficacia, los premios que se otorguen a aquellas entidades y asociaciones que participen en el concurso “Navidad con otra mirada”, iniciativa consistente en la decoración navideña de espacios públicos en edificios municipales que se definirán para tal fin, con la finalidad de fomentar la participación de las personas con discapacidad.

Art. 2. Participantes.—Podrán participar en el concurso “Navidad con otra mirada” todas las entidades, asociaciones y colectivos que trabajen habitualmente con personas con discapacidad del municipio de Leganés y que ofrezcan servicios para el desarrollo de capacidades y habilidades, que cumplan con los requisitos que se recogen en las presentes bases. Cada concursante solo podrá presentar una solicitud de participación. Todos los grupos designarán un representante que actuará en nombre de todos los miembros y será la persona que interactúe en las relaciones con el Ayuntamiento de Leganés.

Art. 3. Condiciones generales.—Proyectos de decoración. La decoración se realizará en espacios municipales, indicados por el Ayuntamiento de Leganés, en función de las entidades que participen en el concurso. Se indicará el espacio disponible a cada entidad por sorteo público, de cuya celebración serán informados los participantes. La decoración guardará relación con la festividad de Navidad y los motivos tradicionales de la misma, teniendo los participantes plena libertad en cuanto a técnica y estilo.

Materiales empleados. Para la decoración navideña se podrán emplear todo tipo de materiales que las entidades participantes consideren oportunos, así como aquellos provenientes de la naturaleza u otro medio natural, siempre y cuando provengan de talas naturales. También se podrán emplear elementos de decoración iluminativos.

Art. 4. Condiciones de participación.—Serán obligaciones de los participantes en el concurso:

— El montaje y desmontaje de los elementos decorativos en los lugares establecidos resultantes del sorteo realizado entre los participantes y las fechas establecidas: montaje del 14 de noviembre hasta el 5 de diciembre de 2024; y desmontaje el 7 de enero de 2025.

— Los elementos decorativos navideños deberán permanecer expuestos en su conjunto, del 6 de diciembre de 2024 al 6 de enero de 2025, ambos inclusive, en los espacios destinados a tal efecto, permitiéndose la visita de público de manera gratuita.

— En caso de que se produjera durante el período de exposición algún desperfecto en el material empleado en el proyecto de decoración, será responsabilidad del colectivo, entidad o asociación que lo ha realizado su subsanación.

— En todos los proyectos de decoración realizados deberá reflejarse el nombre del concurso “Navidad con otra mirada”.

— Velar por la seguridad de los participantes en el montaje del proyecto de decoración.

— En general someterse a las actuaciones de comprobación del Ayuntamiento de Leganés facilitando cuanta información les sea requerida y siguiendo las indicaciones que se les pudieran dar.

— Los espacios públicos en los que se realizará el montaje de los proyectos de decoración participantes en el presente concurso serán los establecidos en el sorteo que se realizará al efecto, siendo inamovibles dichos espacios a la finalización de dicho sorteo.

— El Ayuntamiento podrá desestimar la participación en el concurso (descalificación) si no cumple las condiciones establecidas en estas bases o por cualquier defecto grave de seguridad detectado por los servicios municipales.

Leganés, a 9 de septiembre de 2024.—El concejal-delegado de Servicios Sociales y Familia, Jesús Rodríguez Díaz.

(03/14.529/24)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20L: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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