Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 225

Fecha del Boletín 
20-09-2024

Sección 1.3.107.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20240920-42

Páginas: 1


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE VIVIENDA, TRANSPORTES E INFRAESTRUCTURAS

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EXTRACTO de la Orden de 27 de agosto de 2024, de la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras, por la que se modifican los artículos 3 y 5 de la Orden de 21 de abril de 2023, de la Consejería de Transportes e Infraestructuras, por la que se convocan las ayudas para la modernización de empresas privadas de transporte de viajeros prestadoras de servicios de transporte por carretera y de empresas privadas que intervienen en el transporte de mercancías por carretera, en el Marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea, Next Generation EU.

BDNS (ident.): 690399

BDNS (ident.): 783406

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones ( http://www.pap.minhap.gob.es/dbnstrans ) y en la página web www.comunidad.madrid/ .

Con motivo de la entrada en vigor del Reglamento (UE) n.o 2831/2023 de la Comisión, de 13 de diciembre de 2023, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis, que afecta al régimen jurídico aplicable a dicha línea de ayudas, cuando su concesión se produzca a partir de enero de 2024, se modifica el artículo 3 de la Orden de 21 de abril de 2023, de la Consejería de Transportes e Infraestructuras por la que se convocan las ayudas para la modernización de empresas privadas de transporte de viajeros prestadoras de servicios de transporte por carretera y de empresas privadas que intervienen en el transporte de mercancías por carretera, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea, Next Generation EU.

Asimismo, se modifica el crédito previsto para las anualidades de las ayudas previstas en el artículo 5.2 de dicha Orden, de forma que la cuantía total máxima que asciende a 15.672.384 euros se distribuye como sigue:

Madrid, a 18 de septiembre de 2024.—El Consejero de Vivienda, Transportes e Infraestructuras, P. D. (Orden de 27 de diciembre de 2023, BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 2 de enero de 2024), el Viceconsejero de Vivienda, Transportes e Infraestructuras, José María García Gómez.

(03/15.076/24)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.107.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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