Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 225

Fecha del Boletín 
20-09-2024

Sección 1.4.108.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20240920-57

Páginas: 3


I. COMUNIDAD DE MADRID

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CONSEJERÍA DE SANIDAD

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CORRECCIÓN de errores de la Resolución de 9 de agosto de 2024, de la Directora General de Inspección y Ordenación Sanitaria, por la que se continúa la aplicación de la Resolución de 13 de febrero de 2024, por la que se autoriza la apertura de nuevas oficinas de farmacia en las zonas farmacéuticas recogidas en la Resolución de 28 de noviembre de 2022, por la que se establecen las bases de la convocatoria del concurso público para la autorización de nuevas oficinas de farmacia en la Comunidad de Madrid.

En la publicación de la citada Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 206, correspondiente al día 29 de agosto de 2024, se encuentran dos errores según detalle:

— Apreciado error tipográfico en la página 45, “Zona Farmacéutica 05.02.07 Tres Cantos número de farmacias autorizadas 3”.

Donde dice:

Debe decir:

— Apreciado error en la página 45, “Zona Farmacéutica 05.02.07 Tres Cantos número de farmacias autorizadas 3”.

Encabeza la lista Belén García de Santiago, que aparece en el Anexo I, “Farmacéuticos adjudicatarios que han renunciado a su derecho a la autorización otorgada por no designar local en el plazo establecido”.

Debe eliminarse Belén García de Santiago, quedando la “Zona Farmacéutica 05.02.07 Tres Cantos”, como sigue:

De acuerdo con el Fundamento de Derecho cuarto de la Resolución de 13 de febrero de 2024, de la que es continuación la resolución que se corrige, conforme al artículo 14 del Decreto 115/1997, de 18 de septiembre, a efectos de asegurar un adecuado desarrollo en tiempo y forma de las actuaciones en el procedimiento de instalación, el farmacéutico autorizado para la apertura de la nueva oficina de farmacia, deberá acreditar la constitución de una garantía, en el plazo de quince días contados desde la fecha de notificación de la resolución de autorización.

En este caso, dicho plazo de quince días se contará desde el día siguiente al de la fecha de notificación de esta corrección de errores, para los farmacéuticos incluidos en la lista de la “Zona Farmacéutica 05.02.07 Tres Cantos número de farmacias autorizadas 3”, que aparecen en el listado corregido.

Madrid, a 12 de septiembre de 2024.—La Directora General de Inspección y Ordenación Sanitaria, María del Pilar Jimeno Alcalde.

(03/14.798/24)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.108.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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