Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 231

Fecha del Boletín 
27-09-2024

Sección 1.2.104.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20240927-1

Páginas: 3


I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO

1
ORDEN de 11 de septiembre de 2024, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se aprueba y publica el programa, regulación y duración del curso selectivo para el ingreso en el Cuerpo de Inspectores de Hacienda, de Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A1, de la Comunidad de Madrid, previsto en la Orden 440/2021, de 13 de octubre, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo.

Mediante Orden 440/2021, de 13 de octubre, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 5 de noviembre), se convocaron pruebas selectivas para el ingreso en el Cuerpo de Inspectores de Hacienda, de Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A1, de la Comunidad de Madrid.

La base novena de la citada Orden establece que los aspirantes que superen la fase de oposición habrán de realizar un curso selectivo, de carácter obligatorio y eliminatorio, cuya organización corresponderá a la Dirección General de Función Pública y cuyo programa, regulación y duración concreta, previa propuesta de la Dirección General de Tributos y de la Dirección General de Función Pública, se establecerá por Orden de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo.

En cumplimiento de lo anteriormente expuesto, y de conformidad con lo previsto en el artículo 2 bis del Decreto 74/1988, de 23 de junio, por el que se atribuyen competencias entre los órganos de Administración de la Comunidad, de sus organismos autónomos, órganos de gestión y empresas públicas en materia de personal y con lo establecido en el Decreto 230/2023, de 6 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, se procede, a través de la presente Orden, a publicar el programa, regulación y duración del curso selectivo de referencia.

En virtud de cuanto antecede,

DISPONGO

Primero

Objetivo general

La finalidad primordial del curso selectivo es la adquisición por los aspirantes a ingresar en el Cuerpo de Inspectores de Hacienda, de Administración Especial, de la Comunidad de Madrid, de habilidades y conocimientos, tanto teóricos como prácticos, que complementen los adquiridos durante la oposición, en orden a garantizar su preparación específica y la acreditación de las aptitudes necesarias para el ejercicio de las funciones propias del Cuerpo.

Segundo

Duración y programa

1. Duración: el curso selectivo tendrá una duración de 242 horas lectivas.

2. Programa: el programa estará integrado por los siguientes grupos de materias, con la duración que igualmente se expresa:

— Grupo 1. “Sistema Tributario Español y Autonómico”: 207 horas.

• Módulo I: Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (25 horas).

• Módulo II: Impuesto sobre Sociedades (20 horas).

• Módulo III: Impuesto sobre el Valor Añadido (20 horas).

• Módulo IV: Impuestos Especiales (4 horas).

• Módulo V: Impuestos Locales (6 horas).

• Módulo VI: Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (30 horas).

• Módulo VII: Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (30 horas).

• Módulo VIII: Impuesto sobre el Patrimonio. Impuesto temporal de solidaridad de las grandes fortunas (15 horas).

• Módulo IX: Tributos sobre el Juego (4 horas).

• Módulo X: Financiación Autonómica (9 horas).

• Módulo XI: Procedimiento Tributario General (8 horas).

• Módulo XII: Procedimientos de Gestión (8 horas).

• Módulo XIII: Procedimientos de Inspección (12 horas).

• Módulo XIV: Procedimientos de Recaudación (8 horas).

• Módulo XV: Procedimiento sancionador (8 horas).

— Grupo 2. “Aplicación de los Tributos”: 20 horas.

— Grupo 3. “Formación Directiva”: 15 horas.

Cada uno de los grupos de materias podrá estar dirigido por uno o varios coordinadores. De acuerdo con lo previsto en la Orden de 28 de octubre de 2020, de la Consejería de Hacienda y Función Pública, por la que se establecen las tarifas retributivas y los criterios adicionales de gestión de las acciones formativas para el personal al servicio de la Administración de la Comunidad de Madrid, en aquellos cursos de duración igual o superior a 50 horas, que se encuentren estructurados en módulos diferenciados con una duración no inferior a 10 horas, podrá designarse un coordinador para cada módulo. Los coordinadores asumirán las funciones relativas a la configuración académica de la acción formativa, propuesta, en su caso de docentes, y control y supervisión del desarrollo e impartición del mismo.

Tercero

Régimen académico

Será obligatoria la asistencia a las clases y actividades programadas, así como la realización de los trabajos y pruebas que se soliciten a los participantes durante el desarrollo del curso. El incumplimiento de este requisito, salvo causas justificadas valoradas por la Dirección General de Función Pública, originará la imposibilidad de concurrir a las pruebas que se realicen y, por tanto, la pérdida del derecho a ser nombrado funcionario de carrera.

Los aspirantes que no pudieran realizar el curso selectivo por causa de fuerza mayor, debidamente justificada y apreciada por la Dirección General de Función Pública, podrán participar, por una sola vez, en el curso inmediatamente posterior, intercalándose en el lugar correspondiente a la puntuación obtenida.

Cuarto

Régimen disciplinario

Durante la realización del curso selectivo los aspirantes, que previamente habrán sido nombrados funcionarios en prácticas, estarán sometidos a la normativa sobre régimen disciplinario aplicable a los funcionarios, sin perjuicio de las normas especiales que regulen su procedimiento de selección.

El incumplimiento injustificado de las obligaciones académicas por parte de los aspirantes supondrá la pérdida de los derechos adquiridos, sin perjuicio de los efectos que puedan derivarse del régimen disciplinario.

Quinto

Sistema de evaluación

Sin perjuicio de las obligaciones académicas anteriormente expuestas y de conformidad con lo dispuesto en la base novena de la Orden 440/2021, de 13 de octubre, a efectos de la superación del curso, los aspirantes deberán aprobar todas las asignaturas o materias que lo componen, así como las diferentes actividades prácticas en los términos que se indicarán seguidamente. En caso contrario, se considerará que el aspirante no ha superado el curso y perderá el derecho a su nombramiento como funcionario de carrera, mediante Resolución motivada de la Dirección General de Función Pública.

El curso se calificará de 0 a 100 puntos por el total de materias, siendo necesario para superarlo obtener un mínimo de 50 puntos y no haber obtenido en ninguna asignatura una puntuación inferior a 5 puntos sobre 10. La puntuación definitiva vendrá determinada por la suma de las calificaciones obtenidas en los grupos de materias citados en el apartado segundo de la presente Orden, y será debidamente ponderada en función del número de horas lectivas asignado a cada uno de ellos.

Finalizado el curso selectivo, la Dirección General de Función Pública remitirá al Tribunal Calificador la relación de aspirantes que lo hayan superado, con indicación de la puntuación obtenida, que se hará pública en los términos establecidos en el apartado séptimo de la base 14.5 de la Orden 290/2018, de 27 de junio, de la Vicepresidencia, Consejería de Presidencia y Portavocía del Gobierno, por la que se aprueban las bases generales por las que se regirán las convocatorias de procesos selectivos de personal funcionario de Administración y Servicios de la Comunidad de Madrid.

Los aspirantes que no superen inicialmente el curso selectivo realizarán, en el plazo máximo de dos meses, una nueva prueba sobre la asignatura o asignaturas no aprobadas, las cuales no podrán ser calificadas con una puntuación superior a cinco puntos.

Sexto

Sesión inaugural

A los efectos de dar inicio al curso selectivo se convoca a todos los aspirantes que hayan superado la oposición del proceso de referencia a que comparezcan el día 14 de octubre de 2024, a las nueve horas, en la sede de la Subdirección General de Inspección de los Tributos, sita en la calle Luchana, número 23, de Madrid.

Séptimo

Lugares de impartición

El curso selectivo se impartirá, en atención a los grupos de materias de que consta el mismo, en los lugares que se indican a continuación:

— El grupo de materias 1, “Sistema Tributario Español y Autonómico”, se impartirá en la sede de la Subdirección General de Inspección de los Tributos, sita en la calle Luchana, número 23, de Madrid.

— El grupo de materias módulo 2, “Aplicación de los Tributos” se impartirá en la sede de la Dirección General de Tributos, sita en el paseo del General Martínez Campos, número 30, de Madrid.

— El grupo de materias 3, “Formación Directiva”: Se impartirá en la sede del Centro de Formación de la Dirección General de Función Pública, sito en la calle de Agustín de Foxá, número 4, de Madrid.

Si las características propias de alguna de las clases previstas o circunstancias sobrevenidas lo hicieran necesario podrá establecerse otro lugar de impartición, previa comunicación a los aspirantes con la suficiente antelación.

Octavo

Recursos procedentes

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, los interesados podrán interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante la Consejera de Economía, Hacienda y Empleo, o bien directamente, recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, ambos plazos contados a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, sin perjuicio de cualquier otro recurso que se estime procedente en derecho. Todo ello, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Madrid, a 11 de septiembre de 2024.—La Consejera de Economía, Hacienda y Empleo, P. D. (Orden de 17 de abril de 2024, BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 7 de mayo de 2024), la Directora General de Función Pública, María José Esteban Raposo.

(03/14.995/24)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.2.104.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20240927-1