Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 231

Fecha del Boletín 
27-09-2024

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20240927-54

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE COLLADO VILLALBA

PERSONAL

54
Collado Villalba. Personal. Nombramiento

Con fecha 16 de septiembre de 2024, la alcaldesa-presidenta ha dictado el decreto 6407/2024, cuyo tenor literal es el siguiente:

Decreto que se formula en fecha 16 de septiembre de 2024, de Secretaría, nombramiento instructor Roberto González Lara.

Vistos los decretos 81/2020, de fecha 13 de enero de 2020 y 745/2020, de fecha 5 de febrero de 2020, por el que se nombra a D. Roberto González Lara y a D.a Ana Conde Lázaro, respectivamente, como instructor/a y vista la necesidad de actualizar dichos nombramientos.

De conformidad con lo establecido en el artículo 64.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común que establece que el acuerdo de iniciación del procedimiento sancionador se comunicará al instructor del procedimiento, siendo este nombrado mediante resolución de Alcaldía-Presidencia, vengo a adoptar el siguiente:

Decreto

Primero.—Dejar sin efecto los decretos número 81/2020, de fecha 13 de enero de 2020 y 745/2020, de fecha 5 de febrero de 2020.

Segundo.—Nombrar instructor a D. Roberto González Lara, con DNI ***0334**, de todos los procedimientos sancionadores instruidos en este Ayuntamiento, concretamente:

— Por infracciones en materia de tráfico urbano, movilidad y seguridad vial.

— Por infracciones en materia de convivencia ciudadana.

— Por infracciones en materia de ordenación y regulación del aparcamiento de vehículos en la vía pública por rotación y residentes (ORA).

— Por infracciones en materia de tenencia y protección de animales domésticos de compañía.

— Por infracciones en materia de tarjeta de estacionamiento de vehículos automóviles para personas con discapacidad.

— Por infracciones en materia del servicio de autotaxi.

— Por infracciones en materia de venta ambulante en mercadillos y puestos aislados.

— Por infracciones en materia de uso y actividades a desarrollar en el recinto ferial durante las fiestas.

— Por infracciones en materia de consumidores y usuarios.

El presente nombramiento surtirá efectos en tanto en cuanto se mantenga la relación funcionarial con el mismo, que podrán abstenerse de intervenir en el procedimiento, o ser recusados por los interesados por las causas, y en la forma, que determinan los artículos 23 y 24 de la Ley 39/2015, de 2 de octubre, de PACAC.

Tercero.—El órgano competente para la resolución de los procedimientos sancionadores es la Alcaldía-Presidencia, de acuerdo con lo establecido en el artículo 6 del Decreto 245/2000, por el que se aprueba el reglamento de la potestad sancionadora por Administración de la Comunidad de Madrid y el artículo 21.l.k), de la Ley 7/1985, de 2 de abril, RBRL.

Cuarto.—Comunicar esta resolución al instructor a los efectos oportunos.

Quinto.—Dar cuenta al Pleno en la primera sesión que se celebre.

Sexto.—Publíquese el presente en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Séptimo.—Este decreto surtirá efecto con carácter retroactivo desde fecha 13 de enero de 2020, sin perjuicio de la preceptiva publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, conforme se indica en el artículo 44.2 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.

En Collado Villalba, a 17 de septiembre de 2024.—La alcaldesa-presidenta, María Dolores Vargas Fernández.

(03/14.967/24)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20240927-54