Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 237

Fecha del Boletín 
04-10-2024

Sección 1.3.106.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20241004-17

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES

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ORDEN 4191/2024, de 23 de septiembre, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se autoriza el cese voluntario de actividades del centro extranjero “Suffolk University, Madrid Campus”, con efectos a partir de la finalización del curso académico 2023/2024.

El Real Decreto 640/2021, de 27 de julio, de creación, reconocimiento y autorización de universidades y centros universitarios, y acreditación institucional de centros universitarios, dispone en su artículo 15 que “la impartición de enseñanzas universitarias y de educación superior —diplomas o certificados— de ámbito similar al universitario en nuestro país, desarrollada por centros conforme a sistemas educativos extranjeros, precisará la autorización del organismo competente de la Comunidad Autónoma correspondiente en la que se ubique la universidad o centro de que se trate”. El citado artículo señala igualmente, que la autorización del organismo correspondiente de la Comunidad Autónoma se requerirá cuando los títulos sean impartidos por un centro perteneciente a una universidad o institución de educación superior extranjera, ubicada en territorio español, la cual deberá estar debidamente constituida con arreglo a la legislación del país de cuyo sistema educativo pretenda impartir dichos títulos o del país en el que tenga asentado su órgano directivo.

Mediante Orden 903/1999, de 7 de mayo, del Consejero de Educación y Cultura se autorizó a “Suffolk University, Madrid Campus, S. L.”, a establecerse y a impartir determinadas enseñanzas de nivel universitario en la Comunidad de Madrid, de acuerdo con el sistema educativo de los Estados Unidos de América y según los planes de estudio impartidos por “Suffolk University” con sede en Boston, Massachusetts.

El centro extranjero universitario “Suffolk University, Madrid-Campus” ha presentado ante esta Administración con fecha 25 de enero de 2024, solicitud de autorización para proceder al cese voluntario de actividades al finalizar el curso académico 2023/2024, aportando para ello la documentación acreditativa oportuna de conformidad con la normativa que le resulta de aplicación.

La sociedad titular alega diferentes motivos que la han llevado a adoptar esta decisión, entre ellos una importante caída de la demanda de plazas, lo que ha dificultado recuperar completamente el número de estudiantes extranjeros matriculados con anterioridad a la pandemia; el importante aumento de la competencia en el mercado español; las pérdidas de la sociedad en los ejercicios 2019/2020, 2020/2021 y 2021/2022, así como las pérdidas previstas para los próximos ejercicios teniendo en cuenta el coste de las inversiones en infraestructuras y dotaciones necesarias para llevar a cabo una mejora de la competitividad.

La propuesta de cese de actividades ha sido informada favorablemente en la sesión de 22 de mayo de la Comisión de Planificación y Coordinación Universitaria del Consejo Universitario de la Comunidad de Madrid, de conformidad con lo establecido en el artículo 5.d) de la Ley 4/1998, de 8 de abril, de Coordinación Universitaria de la Comunidad de Madrid.

Por cuanto antecede, a propuesta de la Dirección General de Universidades y de conformidad con la normativa aludida en relación con el artículo 8.3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y el Decreto 248/2023, de 11 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades,

DISPONGO

Primero

Autorización del cese voluntario de actividades

Autorizar, a solicitud del centro, el cese voluntario de actividades de “Suffolk University, Madrid Campus”, con efectos desde la finalización del curso académico 2023/2024, no pudiendo, por lo tanto, proceder a la matriculación de ningún estudiante para iniciar estudios para el curso académico 2024/2025.

Segundo

Garantía de finalización de estudios de los estudiantes

Los estudiantes matriculados en “Suffolk University, Madrid Campus” tendrán garantizada la finalización de los estudios, pudiendo optar entre concluirlos en la Universidad de Suffolk, en su campus de Boston o bien finalizarlos en la “Saint Louis University Madrid-Campus”, centro autorizado por esta Administración por Orden 1999/96, de 23 de septiembre de 1996. A estos efectos, ambas instituciones han suscrito un convenio de colaboración con fecha 1 de noviembre de 2023 en el que han quedado reflejadas las condiciones que deberán ser cumplidas para garantizar el derecho de los estudiantes a concluir sus estudios de acuerdo con el plan de estudios de la Universidad de Suffolk.

La aprobación de los términos y el seguimiento del cumplimiento de las cláusulas de naturaleza académica establecidas en el citado convenio, corresponderán a la entidad acreditadora estadounidense “New England Commission of Higher Education” (NECHE), responsable, por otro lado, de la evaluación y acreditación de la universidad matriz y de su campus en Madrid, garantizándose de este modo el derecho de los estudiantes matriculados a la finalización de sus estudios.

Tercero

Recursos

Contra esta orden, que pone fin a la vía administrativa, podrán interponer los interesados recurso potestativo de reposición ante el Consejero de Educación, Ciencia y Universidades en el plazo de un mes a partir del día siguiente a su publicación, o impugnarla directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo en el plazo de dos meses conforme a lo previsto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio de que los interesados puedan instar cualquier otro recurso que estimen pertinente.

Madrid, a 23 de septiembre de 2024.

El Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, EMILIO VICIANA DURO

(03/15.432/24)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.106.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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