Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 239

Fecha del Boletín 
07-10-2024

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20241007-84

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE SAN SEBASTIÁN DE LOS REYES

OFERTAS DE EMPLEO

84
San Sebastián de los Reyes. Ofertas de empleo. Proceso selectivo

Resolución 2024/4874, de 12 de septiembre 2024, por el que se ejecuta el fallo de la sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo n.o 18 de Madrid, Procedimiento Abreviado 118/2023 C.

Antecedentes

Primero.—Mediante Registro de Entrada 35294, de 17 de noviembre de 2022, D.a Elena Molina Felipe, con DNI *3443* , presentó recurso de alzada contra el acuerdo del Tribunal Calificador, de 10 de octubre de 2022, por el que se desestimaban las alegaciones de la interesada al acuerdo de adjudicación de puntuaciones de la fase de concurso de la convocatoria para la provisión, de seis plazas de la categoría de Policía, mediante sistema de movilidad sin ascenso (Convocatoria aprobada por acuerdo de la Junta de Gobierno Local, de 19 de enero de 2021 y publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID n.o 54, de 5 de marzo de 2021).

Segundo.—Por Resolución número 2022/5852 de 14 de diciembre 2022, dictada por la Concejalía Delegada de Recursos Humanos, Organización y Calidad y Deportes del Ayuntamiento de San Sebastián de los Reyes se desestima el recurso de alzada arriba citado.

Tercero.—Recurrida en vía judicial la antedicha resolución, el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo n.o 18 de Madrid, P. A. 118/2023 C, ha dictado sentencia n.o 287/2024, cuyo fallo estima parcialmente el recurso contencioso-administrativo interpuesto por D.a Elena Molina Felipe contra la Resolución n.o 2022/5852, de 14 de diciembre de 2022, que desestimaba el recurso de alzada presentado por la interesada contra el acuerdo del Tribunal Calificador, de 10 de octubre de 2022, por el que se desestimaban las alegaciones de la interesada al acuerdo de adjudicación de la fase de concurso en el proceso selectivo para la provisión, de seis plazas de la categoría de Policía, mediante sistema de movilidad sin ascenso.

Cuarto.—A efectos de ejecución de la sentencia referida, consta en el expediente informe emitido por el Jefe de Servicio de RR. HH., con la conformidad del Director General de Función Pública, de 8 de agosto de 2024, con las siguientes:

Consideraciones legales

«Primero.—De acuerdo con lo establecido en la Disposición Transitoria 4.o en relación con el artículo 103.1, de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, “la potestad de hacer ejecutar las sentencias y demás resoluciones judiciales corresponde exclusivamente a los Juzgados y Tribunales de este orden jurisdiccional y su ejercicio compete al que haya conocido del asunto en primera o única instancia” disponiéndose en el apartado 2 que “las partes están obligadas a cumplir la sentencia en la forma y términos que en éstas se consignen” y en apartado 3 que “todas las personas y entidades públicas y privadas están obligadas a prestar la colaboración requerida por los Jueces y Tribunales de lo Contencioso-Administrativo para su debida y completa ejecución de lo resuelto».

Segundo.—En cuanto al concreto contenido del fallo, la anulación del acuerdo del Tribunal Calificador del procedimiento en la que se resolvieron las alegaciones al acuerdo de adjudicación de puntuaciones en la fase de concurso, implica conforme indica la sentencia, una retroacción de actuaciones, debiendo, en su lugar, dicho Tribunal admitir, valorar y puntuar la información contenida en el informe emitido el día 7 de octubre de 2022 por el oficial jefe de la Policía Local del Ayuntamiento de Valdilecha en el que se indica que el día 3 de mayo de 2017 se creó una unidad canina, integrada por la ahora demandante, que estuvo operativa hasta el día 16 de septiembre de 2018, adoptando las medidas que correspondan previstas en las Bases de la convocatoria.

Por lo que se refiere a la competencia para resolver la ejecución de sentencias judiciales en materia de personal, correspondería a la Junta de gobierno Local, por tener atribuida la residual que en este ámbito contempla el artículo 127.1.h) de la Ley 7/1985 de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local. Si bien, es la Concejala de RRHH quien ostenta la competencia en virtud de las atribuciones que tiene delgadas en materia de RRHH por Decreto de Alcaldía n.o 3367/2023 de 19 de junio

De acuerdo a cuanto antecede, se eleva el presente informe con propuesta de resolución al órgano competente para que, si lo estima pertinente, adopte acuerdo cuya parte dispositiva resulte del siguiente tenor literal:

— Acatar la sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo n.o 18 de Madrid, P. A. 118/2023 C, sentencia n.o 287/2024, que estima parcialmente el recurso contencioso-administrativo interpuesto por doña Elena Molina Felipe contra la Resolución número 2022/5852 de 14 de diciembre de 2022, dictada por la Concejalía Delegada de Recursos Humanos, Organización y Calidad y Deportes, en la que se desestima el recurso de alzada, interpuesto el día 17 de noviembre de 2022, contra el Acuerdo del Tribunal Calificador del procedimiento para la provisión de seis plazas de la categoría de Policía (…) en la que se resolvieron las alegaciones al acuerdo de adjudicación de puntuaciones en la fase de concurso (…), anulándolo por no ser conforme a derecho en el sentido de que el Tribunal Calificador del proceso selectivo al que hace referencia este proceso, admita, valore y puntúe la información contenida en el informe emitido el día 7 de octubre de 2022, por el Oficial Jefe de la Policía Local del Ayuntamiento de Valdilecha, en el que se indica que el día 4 de mayo de 2017 se creó una unidad canina (integrada por la ahora demandante) que estuvo operativa hasta el día 16 de septiembre de, a través de una retroacción de actuaciones, adoptando con posterioridad las medidas que correspondan previstas en las Bases de la convocatoria.

En consecuencia, de conformidad con la fundamentación jurídica citada y concluido el expediente, se formula la siguiente propuesta de:

RESOLUCIÓN

Primero.—Ejecutar el fallo de la sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo n.o 18 de Madrid, P. A. 118/2023 C, sentencia n.o 287/2024, que estima parcialmente el recurso contencioso-administrativo interpuesto por doña Elena Molina Felipe contra la Resolución número 2022/5852 de 14 de diciembre de 2022, dictada por la Concejalía Delegada de Recursos Humanos, Organización y Calidad y Deportes, en la que se desestima el recurso de alzada, interpuesto el día 17 de noviembre de 2022, contra el Acuerdo del Tribunal Calificador del procedimiento para la provisión de seis plazas de la categoría de Policía (…) en la que se resolvieron las alegaciones al acuerdo de adjudicación de puntuaciones en la fase de concurso (…), anulándolo por no ser conforme a derecho en el sentido de que el Tribunal Calificador del proceso selectivo al que hace referencia este proceso, admita, valore y puntúe la información contenida en el informe emitido el día 7 de octubre de 2022, por el Oficial Jefe de la Policía Local del Ayuntamiento de Valdilecha, en el que se indica que el día 4 de mayo de 2017 se creó una unidad canina (integrada por la ahora demandante) que estuvo operativa hasta el día 16 de septiembre de, a través de una retroacción de actuaciones, adoptando con posterioridad las medidas que correspondan previstas en las Bases de la convocatoria.

Segundo.—Dar traslado al Tribunal Calificador del proceso selectivo para la provisión, de seis plazas de la categoría de Policía, mediante sistema de movilidad sin ascenso (Convocatoria aprobada por acuerdo de la Junta de Gobierno Local, de 19 de enero de 2021 y publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID n.o 54, de 5 de marzo de 2021) para que lleve a cabo las actuaciones que correspondan en ejecución de la sentencia citada.

Tercero.—Disponer la conservación de actos y trámites que no resulten afectados por la presente resolución, conforme a lo dispuesto en el artículo 51 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común.

Cuarto.—Publicar la presente resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en la web municipal.

San Sebastián de los Reyes, a 17 de septiembre de 2024.—La concejala-delegada de Innovación y Empleo, Recursos Humanos, Organización y Calidad y Consumo, Nuria Castro Crespo.

(02/14.982/24)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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