Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 240

Fecha del Boletín 
08-10-2024

Sección 3.10.20G: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20241008-53

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE GETAFE

RÉGIMEN ECONÓMICO

53
Getafe. Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones

Extracto de la convocatoria de ayudas de comedor escolar para el curso 2024/2025 destinadas a alumnos escolarizados en centros públicos y/o concertados del municipio de Getafe.

BDNS 788085

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base Nacional de Subvenciones ( http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans ):

Primero. Beneficiarios.—Progenitores, tutores/as o personas encargadas de la guarda de los menores escolarizados en los colegios públicos o concertados del Municipio de Getafe, en los niveles de segundo ciclo de educación infantil, educación primaria o educación secundaria obligatoria, y que además cumplan los requisitos establecidos en la base tercera de la Convocatoria.

Segundo. Objeto.—Concesión de ayudas de comedor escolar, complementarias a las de la Comunidad de Madrid, destinadas a alumnos/as escolarizados/as en colegios públicos y/o concertados del Municipio de Getafe, en los niveles de segundo ciclo de educación infantil, educación primaria o educación secundaria obligatoria.

La finalidad de las ayudas es ayudar a unidades familiares o de convivencia del Municipio con menos recursos económicos para mitigar el gasto que supone el uso del servicio de comedor escolar, dando cobertura a procesos de intervención social con familias con menores en dificultad social.

Tercero. Bases Reguladoras.—Reglamento Municipal de prestaciones sociales del carácter económico del Ayuntamiento de Getafe.

Cuarto. Cuantía.—El presupuesto destinado a la convocatoria es de 700.000,00 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 231 03 48000 y con el siguiente reparto de anualidades:

— Año 2024: 275.000,00 euros.

— Año 2025: 425.000,00 euros.

La cuantía de la ayuda de comedor escolar del Ayto. de Getafe será la diferencia entre el importe de la ayuda concedida por la Comunidad de Madrid y el importe que haya de abonar la persona beneficiaria por el servicio de comedor escolar durante el curso escolar.

La cuantía de la ayuda podrá ser del 100% del coste del comedor, cuyo precio menú/día es de 5,50euros según la Orden 1977/2023, de 5 de junio, del Vicepresidente, Consejero de Educación y Universidades, por la que se establece el precio del menú escolar en los centros docentes públicos no universitarios de la Comunidad de Madrid, en los casos en que la ayuda haya sido desestimada por la CM, siempre y cuando reúna los requisitos establecidos en la base tercera de esta convocatoria.

Quinto. Pago de las ayudas.—De conformidad con lo establecido en el artículo 12 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, los centros escolares actuarán como entidades colaboradoras actuando en nombre y por cuenta del ayuntamiento de Getafe para la entrega y distribución de los fondos a los beneficiarios mediante su pago a las empresas prestadoras del servicio de comedor escolar a cada uno de los centros.

Sexto. Plazo de presentación de solicitudes.—Plazo ordinario: veinte días hábiles desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Plazo extraordinario: desde el 2 de enero hasta el 31 de marzo de 2025.

Getafe, a 30 de septiembre de 2024.—La concejala-delegada de Bienestar e Inclusión Social y Atención a la Discapacidad, Raquel Beteta Gómez.

(03/15.756/24)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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