Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 242

Fecha del Boletín 
10-10-2024

Sección 3.10.20N: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20241010-115

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE NAVALCARNERO

URBANISMO

115
Navalcarnero. Urbanismo. Plan especial

La Junta de Gobierno Local, en sesión ordinaria celebrada el día 30 de agosto de 2024, adoptó, por delegación del alcalde-presidente según resolución de 20 de junio de 2023, entre otros, los siguientes acuerdos:

Primero.—Admitir a trámite y aprobar inicialmente el Plan Especial de Infraestructuras de la Planta Solar Fotovoltaica “El Labrador” y sus infraestructuras de evacuación dentro del polígono número 33 del municipio de Navalcarnero promovido por Planta Fotovoltaica Imagesol, S. L., de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid.

Segundo.—Someter el expediente del Plan Especial al trámite de información pública durante el plazo de un mes contados a partir del día siguiente al de la publicación del anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y anunciarlo, asimismo, por medios telemáticos, en el tablón de anuncios y en uno de los periódicos de mayor circulación de la Comunidad de Madrid y solicitar, si procede, los informes sectoriales previstos legalmente como preceptivos según lo regulado en el artículo 57, apartado b) de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid y restante legislación aplicable.

Tercero.—Remitir el documento técnico a la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior de la Comunidad de Madrid, según lo establecido en el informe jurídico, de 23 de agosto de 2024, y a los efectos previstos en el artículo 57 apartado d) de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid y en el artículo 7.2 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental.

Cuarto.—Suspender el otorgamiento de los títulos habilitantes de naturaleza urbanística sobre las parcelas en el ámbito del Plan Especial en cuanto pudieran resultar afectadas por sus determinaciones, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 70.4 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid y artículo 120 del Reglamento de Planeamiento Urbanístico de 1978.

Quinto.—Notificar individualmente a todos los propietarios afectados.

Sexto.—Facultar al Sr. alcalde-presidente para la firma de cuantos documentos sean precisos para la ejecución de los presentes acuerdos.

Lo que se somete a información pública, para que puedan personarse en el expediente y formular cuantas alegaciones estimen oportunas, durante el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 57, apartado b) de la Ley 9/2001, del Suelo de la Comunidad de Madrid.

Navalcarnero, a 23 de septiembre de 2024.—El alcalde-presidente, José Luis Adell Fernández.

(02/15.426/24)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20N: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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