Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 242

Fecha del Boletín 
10-10-2024

Sección 3.10.20E: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20241010-98

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE EL BERRUECO

RÉGIMEN ECONÓMICO

98
El Berrueco. Régimen económico. Ordenanza fiscal

Acuerdo del Pleno de fecha 19 de septiembre de 2024, del Ayuntamiento El Berrueco, por el que se aprueba provisionalmente la ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre el incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana.

Habiéndose instruido por los servicios competentes de esta entidad expediente de imposición y ordenación de ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre el incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana, el Pleno de esta entidad, en sesión ordinaria celebrada el día 19 de septiembre de 2024, acordó la aprobación provisional de la referida imposición y ordenación del impuesto.

Y, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.2 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días, a contar desde el día siguiente al de la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las alegaciones que estimen oportunas.

Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes.

Asimismo, estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento ( http://elberrueco.sedelectronica.es ).

Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado reclamaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho Acuerdo.

El Berrueco, a 19 de septiembre de 2024.—El alcalde, Jaime Sanz Lozano.

(03/15.790/24)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20E: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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