Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 246

Fecha del Boletín 
15-10-2024

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20241015-68

Páginas: 15


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ALCOBENDAS

OFERTAS DE EMPLEO

68
Alcobendas. Ofertas de empleo. Convocatoria procesos selectivos

Se publican las bases de las convocatorias de 4 puestos: Subdirector/a General Vías Públicas, Mantenimiento y Medio Ambiente, Subdirector General Juventud, Infancia y Adolescencia, Jefe de Formación y Animación de Personas Adultas, Jefe/a Centro Psicopedagógico, por el procedimiento de libre designación abierto a otras Administraciones Pública, aprobadas por Decretos número 13917/2024, de 27 de septiembre, número 13369/2024, número 13370/2024, número 13371/2024, de 2 de octubre; y 1 puesto: Auxiliar Apoyo Dirección General Asesoría Jurídica, por el procedimiento de libre designación, aprobadas por Decreto número 13372/2024, de 2 de octubre, cuyo texto íntegro se encuentra publicado en el tablón de anuncios, en la Intranet municipal del Ayuntamiento de Alcobendas y en la sede electrónica municipal https://www.alcobendas.org/es/ayuntamiento/empleo-publico

Convocatorias

— Subdirector/a General Vías Públicas, Mantenimiento y Medio Ambiente.

— Subdirector/a General Juventud, Infancia y Adolescencia.

— Jefe/a de Formación y Animación de Personas Adultas.

— Jefe/a de Centro Psicopedagógico.

Procedimiento: libre designación abierto a otras Administraciones Públicas.

— Auxiliar Apoyo Dirección General Asesoría Jurídica.

Procedimiento: libre designación.

DECRETO 13197

He resuelto:

“Aprobar las bases de convocatoria que obran en el expediente para la provisión del puesto mencionado anteriormente, por el procedimiento de libre designación, de conformidad con lo establecido en el artículo 80 de Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, y lo determinado en las correspondientes fichas que forman parte del Catálogo de Puestos de Trabajo de este Ayuntamiento”.

BASES

Base 1.a Objeto de la convocatoria

Es objeto de las presentes bases regular la convocatoria para la provisión, por el procedimiento de libre designación, abierto a otras Administraciones Públicas, del puesto de Subdirector/a General Vías Públicas, Mantenimiento y Medio Ambiente, adscrito al Centro Gestor 411 “Dirección de Medio Ambiente y Mantenimiento” (puesto 260, dotación 1), e incluido en el Catálogo de Puestos de Trabajo de este Ayuntamiento.

Descripción del puesto:

— Denominación: Subdirector/a General de Vías Públicas, Mantenimiento y Medio Ambiente.

— Régimen: Funcionario/a.

— Requisitos: Escala de Administración Especial (AE), Grupo/Subgrupo: A2.

— Nivel de complemento de destino: 26.

— Complemento específico: 48.085,24 euros/anual. Sin perjuicio de las actualizaciones retributivas que correspondan.

— Forma de provisión: libre designación.

Base 2.a Normativa de aplicación

El proceso de provisión se regirá por las presentes bases, por lo establecido en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, por la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, así como por el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado, y de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado.

Base 3.a Requisitos de las personas aspirantes

Podrán optar a este puesto todos aquellos interesados que reúnan los siguientes requisitos generales:

— Ser funcionario/a de carrera y pertenecer al Subgrupo A2 de los establecidos en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, Escala de Administración Especial (AE), que se encuentren en cualquier situación administrativa salvo la de suspensión de funciones o excedencia voluntaria y no haya transcurrido el plazo mínimo de reingreso.

— Experiencia laboral mínima de cinco años en puesto de jefatura o en puestos similares a sus funciones.

Los requisitos deberán cumplirse antes del día siguiente al de la finalización del plazo de presentación de solicitudes.

Base 4.a Funciones del puesto

Recogidas en la correspondiente ficha de puesto vigente, aprobada por Decreto de la Concejalía-Delegada competente número 977, de 28 de enero de 2021.

1. Dirigir y coordinar todos los programas y actuaciones de Medio Ambiente, Mantenimiento y Vías Públicas para conseguir la misión y los objetivos marcados.

2. Asesorar a sus superiores en los programas y actuaciones de su ámbito y emitir informes en materias de su especialidad.

3. Colaborar con su superior jerárquico en la confección de:

— La programación.

— Los presupuestos del Órgano.

— Así como en la planificación de los mismos.

4. Supervisar y desarrollar la ejecución de los programas, procesos o proyectos asignados al servicio, así como su seguimiento y evaluación.

5. Organizar los medios y recursos disponibles en el servicio con la mayor eficiencia, asignando tareas y trabajos, despachando con su equipo y su superior en todos los asuntos que lo requieran.

6. Coordinar las actuaciones y contactos con los responsables de otras Áreas Municipales que se encuentren afectadas en proyectos y programas que se estén desarrollando.

7. Adecuar los recursos humanos a las cargas de trabajo existentes y asignar tareas a sus colaboradores.

8. Asegurar la gestión y ejecución de la política de personal del servicio (disciplina, permisos, formación, etc.).

9. Mejorar la calidad y ambiente de trabajo en el servicio.

10. Participar en las reuniones de seguimiento y coordinación del Área, así como organizar las que crea necesarias.

11. Realizar la gestión de asuntos que requieran su intervención directa, así como resolver los planteados por sus colaboradores.

12. Proponer a sus colaboradores cuestiones relativas a:

— Adecuación de recursos humanos.

— Depuración de procesos.

— Mejoras organizativas y de informatización.

Base 5.a Publicidad de la convocatoria

Las bases de la convocatoria se publicarán en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, así como extracto de la convocatoria en el “Boletín Oficial del Estado”.

Todas las publicaciones del proceso selectivo se efectuarán dentro de la propia convocatoria en https://alcobendas.convoca.online/ , en el tablón de anuncios y en la Intranet municipal del Ayuntamiento de Alcobendas.

Base 6.a Solicitudes. Plazo y forma de presentación

Para participar en el proceso selectivo debe accederse a través del enlace https://alcobendas.convoca.online/ , seleccionando la convocatoria “PT 2024-018 Un puesto de Subdirector/a General de Vías Públicas, Mantenimiento y Medio Ambiente”, siendo imprescindible la acreditación por medio de DNI-e, Certificado de la FNMT y/o Cl@ve.

En la misma se irá cumplimentando la información y se adjuntará el currículum vitae que acredite los méritos alegados por cada aspirante.

También podrá remitirse mediante las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

No se aceptará documentación adicional que no sea presentada durante el plazo de presentación de solicitudes.

El hecho de presentar la solicitud implicará que la persona aspirante reúne los requisitos exigidos y autoriza la exposición de sus datos personales en la web, el tablón de anuncios y en la Intranet municipal de este Ayuntamiento.

El plazo de presentación de solicitudes será de quince (15) días hábiles, contados desde el día hábil siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el “Boletín Oficial del Estado”.

Base 7.a Procedimiento de adjudicación

La Dirección General de Gestión de Talento, junto con el Área demandante del puesto, realizará la revisión de los méritos de cada candidato/a. Cuando lo considere oportuno, podrá contar con los/as asesores/as necesarios.

Durante la valoración de las solicitudes recibidas, podrán recabar formalmente a los interesados/as las aclaraciones o, en su caso, la documentación adicional que estime necesaria para la comprobación de los méritos alegados, pudiendo entrevistar a las personas candidatas presentadas en la convocatoria si fuera procedente.

Se valorará especialmente la experiencia y conocimiento de:

— Desarrollo, gestión y ejecución de los planes de renovación de edificios e instalaciones municipales.

— Gestión y planificación de mantenimiento correctivo, preventivo, predictivo y legal de edificios de instalaciones municipales, así como de activos de dominio público.

— Análisis, control y seguimiento de la ejecución presupuestaria del capítulo 2 y 6.

— Implantación de indicadores claves de desempeño de la ejecución técnica y económica de las labores inherentes al área de medio ambiente y mantenimiento de la ciudad.

— Conocimiento de la ISO 14001 y 50001 para su implantación.

— Gestión, mantenimiento y ejecución de obras relacionadas con edificios e instalaciones municipales, así como de activos de dominio público.

— Conocimiento y análisis de los mercados energéticos para su estudio, estimación, coordinación y licitación.

Base 8.a Resolución del proceso y nombramiento

Finalizado el procedimiento de adjudicación, la Dirección General de Gestión de Talento publicará el resultado del proceso selectivo dentro de la propia convocatoria en https://alcobendas.convoca.online/ , así como en la Intranet municipal y en el tablón de anuncios.

En la resolución del proceso se indicará el nombre de la persona candidata a la que se le adjudica el puesto.

El nombramiento deberá efectuarse en el plazo máximo de un mes, contado desde la finalización del de presentación de solicitudes. Dicho plazo podrá prorrogarse hasta un mes más.

Base 9.a Régimen de recursos

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la publicación, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en cuya circunscripción tenga su domicilio el demandante o se halle la sede del órgano autor del acto impugnado, a elección de aquel, con arreglo a lo dispuesto en los artículos 8.1, 14.1.2.a y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o potestativamente y con carácter previo, recurso de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que la dictó (artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

DECRETO 13369

He resuelto:

“Aprobar las bases de convocatoria que obran en el expediente para la provisión del puesto mencionado anteriormente, por el procedimiento de libre designación, de conformidad con lo establecido en el artículo 80 de Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, y lo determinado en las correspondientes fichas que forman parte del Catálogo de Puestos de Trabajo de este Ayuntamiento”.

BASES

Base 1.a Objeto de la convocatoria

Es objeto de las presentes bases regular la convocatoria para la provisión, por el procedimiento de libre designación, abierto a otras Administraciones Públicas, del puesto de Subdirector/a General de Juventud, Infancia y Adolescencia, adscrito al Centro Gestor “Juventud, Infancia y Adolescencia”, e incluido en el Catálogo de Puestos de Trabajo de este Ayuntamiento.

Descripción del puesto:

— Denominación: Subdirector/a General de Juventud, Infancia y Adolescencia.

— Régimen: Funcionario/a.

— Requisitos: Escala de Administración General (AG) o Administración Especial (AE).

— Nivel de complemento de destino: 26.

— Complemento específico: 46.915,96 euros/anual. Sin perjuicio de las actualizaciones retributivas que correspondan.

— Forma de provisión: libre designación (abierto a otras Administraciones).

Base 2.a Normativa de aplicación

El proceso de provisión se regirá por las presentes bases, por lo establecido en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, por la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, así como por el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado, y de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado.

Base 3.a Requisitos de las personas aspirantes

Podrán optar a este puesto todos aquellos interesados que reúnan los siguientes requisitos generales:

— Ser funcionario/a de carrera y pertenecer al Subgrupo A2 de los establecidos en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, Escala de Administración General (AG) o Administración Especial (AE), que se encuentren en cualquier situación administrativa salvo la de suspensión de funciones o excedencia voluntaria y no haya transcurrido el plazo mínimo de reingreso.

— Experiencia laboral mínima de cinco años en puesto con funciones similares (puestos de Jefatura o superior).

Y demás requisitos recogidos en la correspondiente ficha de puesto vigente, aprobada por Decreto del concejal-delegado de Gestión de Talento número 5817, de 18 de abril de 2024.

Los requisitos deberán cumplirse el último día de la finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse durante todo el proceso selectivo.

Base 4.a Funciones del puesto

Recogidas en la correspondiente ficha de puesto vigente, aprobada por Decreto del concejal-delegado de Gestión de Talento número 5817, de 18 de abril de 2024:

1. Dirigir y coordinar todos los programas y actuaciones de Juventud, Infancia y Adolescencia para conseguir la misión y los objetivos marcados. Desplegar y ejecutar la estrategia de redes sociales del Ayuntamiento de Alcobendas.

2. Asesorar a sus superiores en los programas y actuaciones de su ámbito y emitir informes en materias de su especialidad.

3. Colaborar con su superior jerárquico en la confección de:

— La programación.

— Los presupuestos del Órgano.

— Así como en la planificación de los mismos.

4. Supervisar y desarrollar la ejecución de los programas, procesos o proyectos asignados al servicio, así como su seguimiento y evaluación.

5. Organizar los medios y recursos disponibles en el servicio con la mayor eficacia, asignando tareas y trabajos, despachando con su equipo y su superior en todos los asuntos que lo requieran.

6. Coordinar las actuaciones y contactos con los responsables de otras Áreas Municipales que se encuentren afectadas en proyectos y programas que se estén desarrollando.

7. Adecuar los recursos a las cargas de trabajo existentes y asignar tareas a sus colaboradores.

8. Asegurar la gestión y ejecución de la política de personal del servicio (disciplina, permisos, formación, etc.).

9. Mejorar la calidad y ambiente de trabajo en el servicio.

10. Participar en las reuniones de seguimiento y coordinación del Área, así como organizar las que crea necesarias.

11. Realizar la gestión de asuntos que requieran su intervención directa, así como resolver los planteados por sus colaboradores.

12. Proponer a sus colaboradores cuestiones relativas a:

— Adecuación de recursos humanos.

— Depuración de procesos.

— Mejoras organizativas y de informatización.

Base 5.a Publicidad de la convocatoria

Las bases de la convocatoria se publicarán en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, así como extracto de la convocatoria en el “Boletín Oficial del Estado”.

Todas las publicaciones del proceso selectivo se efectuarán dentro de la propia convocatoria en https://alcobendas.convoca.online/ , en el tablón de anuncios y en la Intranet municipal del Ayuntamiento de Alcobendas.

Base 6.a Solicitudes. Plazo y forma de presentación

Para participar en el proceso selectivo debe accederse a través del enlace https://alcobendas.convoca.online/ , seleccionando la convocatoria “PT 2024-019 Un puesto de Subdirector/a General de Juventud, Infancia y Adolescencia”, siendo imprescindible la acreditación por medio de DNI-e, Certificado de la FNMT y/o Cl@ve.

En la misma se irá cumplimentando la información y se adjuntará el currículum vitae que acredite los méritos alegados por cada aspirante.

También podrá remitirse mediante las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

No se aceptarán ni solicitudes ni documentación adicional que no sea presentada de acuerdo con lo expuesto anteriormente, a excepción de que, en el caso de la documentación obrante en Recursos Humanos, se detecte que no se ha tenido en cuenta algún documento, en cuyo caso podrá aportarse durante el período de alegaciones a las puntuaciones provisionales.

El hecho de presentar la solicitud implicará que el aspirante reúne los requisitos exigidos y autoriza la exposición de sus datos personales en la web, el tablón de anuncios y en la Intranet municipal de este Ayuntamiento.

El plazo de presentación de solicitudes será de quince (15) días hábiles, contados desde el día hábil siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el “Boletín Oficial del Estado”.

Base 7.a Procedimiento de adjudicación

La Dirección General de Gestión de Talento, junto con el Área demandante del puesto, realizará la revisión de los méritos de cada candidato/a. Cuando lo considere oportuno, podrá contar con los/as asesores/as necesarios.

Durante la valoración de las solicitudes recibidas, podrán recabar formalmente a los interesados/as las aclaraciones o, en su caso, la documentación adicional que estime necesaria para la comprobación de los méritos alegados, pudiendo entrevistar a las personas candidatas presentadas en la convocatoria si fuera procedente.

Se valorará especialmente la experiencia y conocimiento de:

— Formación y experiencia en el ámbito social y cultural.

— Conocimiento de la realidad sociocultural de Alcobendas.

— Conocimiento y/o experiencia en gestión y coordinación de programas para promover la participación y el asociacionismo juvenil e infantil, programas de asesoramiento e información, formación, programas de ocio dirigido a Juventud, Infancia y Adolescencia, así como en la gestión de mantenimiento de infraestructuras y equipos de trabajo.

— Experiencia en coordinar equipos multidisciplinares y con otras administraciones públicas.

— Experiencia en la gestión de RRHH, motivación formación y cualificación de éstos.

— Experiencia en gestión del conocimiento y contenidos específicos dirigidos a la juventud, infancia y adolescencia.

— Capacidad para gestionar los recursos, productos y servicios dirigidos a la Juventud, Infancia y Adolescencia del municipio siguiendo el modelo de gestión municipal de planificación estratégica, organización, gestión por procesos, así como realizar la evaluación y seguimiento de estos.

Base 8.a Resolución del proceso y nombramiento

Finalizado el procedimiento de adjudicación, la Dirección General de Gestión de Talento publicará el resultado del proceso selectivo dentro de la propia convocatoria en https://alcobendas.convoca.online/ , así como en la Intranet municipal y en el tablón de anuncios.

En la resolución del proceso se indicará el nombre del candidato/a al que se le adjudica el puesto.

El nombramiento deberá efectuarse en el plazo máximo de un mes, contado desde la finalización del de presentación de solicitudes. Dicho plazo podrá prorrogarse hasta un mes más.

Base 9.a Régimen de recursos

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la publicación, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en cuya circunscripción tenga su domicilio el demandante o se halle la sede del órgano autor del acto impugnado, a elección de aquel, con arreglo a lo dispuesto en los artículos 8.1, 14.1.2.a y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o potestativamente y con carácter previo, recurso de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que la dictó (artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

DECRETO 13370

He resuelto:

“Aprobar las bases de convocatoria que obran en el expediente para la provisión del puesto mencionado anteriormente, por el procedimiento de libre designación, de conformidad con lo establecido en el artículo 80 de Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, y lo determinado en las correspondientes fichas que forman parte del Catálogo de Puestos de Trabajo de este Ayuntamiento”.

BASES

Base 1.a Objeto de la convocatoria

Es objeto de las presentes bases regular la convocatoria para la provisión, por el procedimiento de libre designación, abierto a otras Administraciones Públicas, del puesto de un puesto de Jefe/a de Formación y Animación de Personas Adultas, adscrito al centro gestor 567 “Universidad Popular Miguel Delibes” (puesto 331, dotación 1), e incluido en el Catálogo de Puestos de Trabajo de este Ayuntamiento.

Descripción del puesto:

— Denominación: Jefe/a de Formación y Animación de Personas Adultas.

— Régimen: Funcionario/a.

— Requisitos: Escala de Administración Especial (AE), Grupo/Subgrupo: A1.

— Nivel de complemento de destino: 26.

— Complemento específico: 34.498,66 euros/anual. Sin perjuicio de las actualizaciones retributivas que correspondan.

— Forma de provisión: libre designación abierto a otras Administraciones Públicas.

Base 2.a Normativa de aplicación

El proceso de provisión se regirá por las presentes bases, por lo establecido en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, por la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, así como por el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado, y de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado.

Base 3.a Requisitos de las personas aspirantes

Podrán optar a este puesto todos aquellos interesados que reúnan los siguientes requisitos generales:

— “Ser funcionario de carrera y formar parte de la plantilla del Ayuntamiento de Alcobendas y pertenecer al Subgrupo A1, Escala Administración Especial (AE), Subescala Técnica, Clase Técnico Superior, y poseer los requisitos exigidos en el Capítulo II del Real Decreto 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público”.

— Experiencia mínima de 3 años en puestos similares a sus funciones específicas.

Y demás requisitos recogidos en la correspondiente ficha de puesto vigente, aprobada por Decreto de la Delegación de Gestión de Talento número 5104, de 9 de abril de 2024.

Las personas aspirantes deberán reunir los requisitos el último día del plazo de presentación de instancias y mantenerse durante todo el proceso.

Base 4.a Funciones del puesto

Recogidas en la correspondiente ficha de puesto vigente, aprobado por Decreto de la Delegación de Gestión de Talento número 5104, de 9 de abril de 2024.

1. Ser el responsable de los programas asignados por su superior jerárquico, en cuanto a la gestión de Formación y Animación de personas adultas.

2. Supervisar, desarrollar y ejecutar los programas, procesos y proyectos asignados a su órgano, así como realizar su seguimiento y evaluación.

3. Colaborar con su superior jerárquico en la confección de:

— La programación anual.

— Los presupuestos del Órgano.

— Así como en la planificación de los mismos.

4. Organizar, con la mayor eficiencia, todos los medios y recursos disponibles en el órgano, asignando tareas y trabajos, despachando con su equipo y su superior jerárquico todos los asuntos que lo requieran para poder alcanzar los objetivos previstos en sus programas.

5. Planificar, controlar y coordinar las actuaciones y trabajos a desarrollar por su equipo de trabajo (colaboradores).

6. Coordinar las actuaciones y contactos con los responsables de otras Áreas Municipales que se encuentren afectadas en proyectos y programas que se estén desarrollando. Participar en reuniones internas y externas con otros Organismos oficiales.

7. Coordinar las actuaciones y criterios generales relacionados con el trabajo de Formación y Animación de personas adultas.

8. Realizar las tareas y actividades que por su naturaleza requieran su intervención directa y otras encomendadas por su superior jerárquico, así como resolver los asuntos planteados por sus colaboradores.

9. Despachar periódicamente con su superior jerárquico aquellos aspectos que requieran superior decisión o supervisión, asimismo, informarle del progreso de los programas del órgano, para evaluar las desviaciones y proponer medidas correctoras.

10. Vigilar y controlar el cumplimiento de la política y normas de RR.HH. En su órgano, informando a su superior de aquellos aspectos que considere oportuno su conocimiento o decisión.

Además de las anteriores, son funciones específicas de la gestión de la Universidad Popular Miguel Delibes las siguientes:

— Facilitar y apoyar la actividad educativa y sociocultural de las áreas desarrolladas en el centro por el propio servicio o en colaboración con otras dependencias municipales.

— Gestionar convenios con otras entidades educativas y con la Comunidad de Madrid.

— Diseñar, programar y planificar la actividad docente y sociocultural con el equipo a su cargo.

— Coordinar las actuaciones de las empresas que colaboran en la actividad educativa y sociocultural.

Base 5.a Publicidad de la convocatoria

Las bases de la convocatoria se publicarán en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, así como extracto de la convocatoria en el “Boletín Oficial del Estado”.

Todas las publicaciones del proceso selectivo se efectuarán dentro de la propia convocatoria en https://alcobendas.convoca.online/ , en el tablón de anuncios y en la Intranet municipal del Ayuntamiento de Alcobendas.

Base 6.a Solicitudes. Plazo y forma de presentación

Para participar en el proceso selectivo debe accederse a través del enlace https://alcobendas.convoca.online/ , seleccionando la convocatoria “PT 2024-021 Un puesto de Jefe/a de Formación y Animación de Personas Adultas”, siendo imprescindible la acreditación por medio de DNI-e, Certificado de la FNMT y/o Cl@ve.

En la misma se irá cumplimentando la información y se adjuntará el currículum vitae que acredite los méritos alegados por cada aspirante.

También podrá remitirse mediante las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

El hecho de presentar la solicitud implicará que la persona aspirante reúne los requisitos exigidos y autoriza la exposición de sus datos personales en la web, el tablón de anuncios y en la Intranet municipal de este Ayuntamiento.

El plazo de presentación de solicitudes será de quince (15) días hábiles, contados desde el día hábil siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el “Boletín Oficial del Estado”.

Base 7.a Procedimiento de adjudicación

La Dirección General de Gestión de Talento, junto con el Área demandante del puesto, realizará la revisión de los méritos de cada candidato/a. Cuando lo considere oportuno, podrá contar con los/as asesores/as necesarios.

Durante la valoración de las solicitudes recibidas, podrán recabar formalmente a los interesados/as las aclaraciones o, en su caso, la documentación adicional que estime necesaria para la comprobación de los méritos alegados, pudiendo entrevistar a las personas candidatas presentadas en la convocatoria si fuera procedente.

Se valorará especialmente la experiencia y conocimiento de:

— Segunda Licenciatura en otro ámbito educativo.

— Curso de Adaptación Pedagógica (CAP) o Máster habilitante para el profesorado o equivalente.

— Programas de doctorado y/o Másteres Universitarios.

— Nivel C1 de inglés del marco europeo de lenguas.

— Conocimientos de una segunda lengua.

— Formación en temas educativos, didácticos y metodológicos en la enseñanza y aprendizaje.

— Formación en gestión de equipos, resolución de conflictos y animación sociocultural.

— Experiencia docente en educación secundaria (IES y adultos).

— Experiencia en Jefatura de Estudios.

— Experiencia en dirección, organización y coordinación de equipos de trabajo.

— Experiencia en gestión de convenios con otras entidades educativas y con Comunidad de Madrid.

— Experiencia en aplicaciones informáticas educativas.

— Experiencia en el diseño de actividades complementarias a la actividad docente.

— Gestión administrativa, económica, mantenimiento de edificios, personal con cargo y LOPD.

Base 8.a Resolución del proceso y nombramiento

Finalizado el procedimiento de adjudicación, la Dirección General de Gestión de Talento publicará el resultado del proceso selectivo dentro de la propia convocatoria en https://alcobendas.convoca.online/ , así como en la Intranet municipal y en el tablón de anuncios.

En la resolución del proceso se indicará el nombre del candidato/a al que se le adjudica el puesto.

El nombramiento deberá efectuarse en el plazo máximo de un mes, contado desde la finalización del de presentación de solicitudes. Dicho plazo podrá prorrogarse hasta un mes más.

Base 9.a Régimen de recursos

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la publicación, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en cuya circunscripción tenga su domicilio el demandante o se halle la sede del órgano autor del acto impugnado, a elección de aquel, con arreglo a lo dispuesto en los artículos 8.1, 14.1.2.a y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o potestativamente y con carácter previo, recurso de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que la dictó (artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

DECRETO 13371

He resuelto:

“Aprobar las bases de convocatoria que obran en el expediente para la provisión del puesto mencionado anteriormente, por el procedimiento de libre designación, de conformidad con lo establecido en el artículo 80 de Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, y lo determinado en las correspondientes fichas que forman parte del Catálogo de Puestos de Trabajo de este Ayuntamiento”.

BASES

Base 1.a Objeto de la convocatoria

Es objeto de las presentes bases regular la convocatoria para la provisión, por el procedimiento de libre designación, abierto a otras Administraciones Públicas, de un puesto de Jefe/a del Centro Psicopedagógico, adscrito al centro gestor 566 “Centro Psicopedagógico” (puesto 389, dotación 1), e incluido en el Catálogo de Puestos de Trabajo de este Ayuntamiento.

Descripción del puesto:

— Denominación: Jefe/a del Centro Psicopedagógico.

— Régimen: Funcionario/a.

— Requisitos: Escala de Administración Especial (AE), Grupo/Subgrupo: A1.

— Nivel de complemento de destino: 26.

— Complemento específico: 28.044,52 euros/anual. Sin perjuicio de las actualizaciones retributivas que correspondan.

— Forma de provisión: libre designación abierto a otras Administraciones Públicas.

Base 2.a Normativa de aplicación

El proceso de provisión se regirá por las presentes bases, por lo establecido en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, por la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, así como por el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado, y de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado.

Base 3.a Requisitos de las personas aspirantes

Podrán optar a este puesto todas aquellas personas interesadas que reúnan los siguientes requisitos generales:

— “Ser funcionario de carrera y pertenecer al Subgrupo A1, Escala Administración Especial (AE), Subescala Técnica, Clase Técnico Superior, así como poseer los requisitos exigidos en el Capítulo II del Real Decreto 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público”.

— Experiencia mínima de 3 años en puestos similares a sus funciones específicas.

Y demás requisitos recogidos en la ficha de puesto vigente aprobada por Decreto de la Delegación de Gestión de Talento número 17225, de 28 de noviembre de 2023.

Las personas aspirantes deberán reunir los requisitos el último día del plazo de presentación de instancias y mantenerse durante todo el proceso.

Base 4.a Funciones del puesto

Recogidas en la correspondiente ficha de puesto vigente, aprobado por Decreto de la Delegación de Gestión de Talento número 17225, de 28 de noviembre de 2023.

1. Ser el responsable de los programas asignados por su superior jerárquico, en cuanto a la gestión de Apoyo Psicopedagógico.

2. Supervisar, desarrollar y ejecutar los programas, procesos y proyectos asignados a su órgano, así como realizar su seguimiento y evaluación.

3. Colaborar con su superior jerárquico en la confección de:

— La programación anual.

— Los presupuestos del Órgano.

— Así como en la planificación de los mismos.

4. Organizar, con la mayor eficiencia, todos los medios y recursos disponibles en el órgano, asignando tareas y trabajos, despachando con su equipo y su superior jerárquico todos los asuntos que lo requieran para poder alcanzar los objetivos previstos en sus programas.

5. Planificar, controlar y coordinar las actuaciones y trabajos a desarrollar por su equipo de trabajo (colaboradores).

6. Coordinar las actuaciones y contactos con los responsables de otras Áreas Municipales que se encuentren afectadas en proyectos y programas que se estén desarrollando. Participar en reuniones internas y externas con otros Organismos oficiales.

7. Coordinar las actuaciones y criterios generales relacionados con el trabajo de Apoyo Psicopedagógico.

8. Realizar las tareas y actividades que por su naturaleza requieran su intervención directa y otras encomendadas por su superior jerárquico, así como resolver los asuntos planteados por sus colaboradores.

9. Despachar periódicamente con su superior jerárquico aquellos aspectos que requieran superior decisión o supervisión, asimismo, informarle del progreso de los programas del órgano, para evaluar las desviaciones y proponer medidas correctoras.

10. Vigilar y controlar el cumplimiento de la política y normas de RR.HH. en su órgano, informando a su superior de aquellos aspectos cuyo conocimiento o decisión considere oportuno.

Además de las anteriores, son funciones específicas de la gestión del Centro Psicopedagógico las siguientes:

— La coordinación, supervisión, desarrollo y ejecución de todos los proyectos de mejora y promoción de la salud mental de la población escolar de los Centros Públicos (programas preventivos y de ayuda ante las dificultades emocionales, escolares y familiares en momento críticos del desarrollo, desde una perspectiva comunitaria), así como la supervisión y derivación a otras instancias de los casos abiertos cuando sea necesario.

— La coordinación de las actuaciones y criterios generales relacionados con el trabajo de Servicios Educativos y de las propias del Centro Psicopedagógico.

— La responsabilidad, seguimiento y evaluación de los programas asignados relativos a los proyectos de colaboración con la comunidad educativa del municipio

Base 5.a Publicidad de la convocatoria

Las bases de la convocatoria se publicarán en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, así como extracto de la convocatoria en el “Boletín Oficial del Estado”.

Todas las publicaciones del proceso selectivo se efectuarán dentro de la propia convocatoria en https://alcobendas.convoca.online/ , en el tablón de anuncios y en la Intranet municipal del Ayuntamiento de Alcobendas.

Base 6.a Solicitudes. Plazo y forma de presentación

Para participar en el proceso selectivo debe accederse a través del enlace https://alcobendas.convoca.online/ , seleccionando la convocatoria “PT 2024-020 Un puesto de Jefe/a del Centro Psicopedagógico, siendo imprescindible la acreditación por medio de DNI-e, Certificado de la FNMT y/o Cl@ve.

En la misma se irá cumplimentando la información y se adjuntará el currículum vitae que acredite los méritos alegados por cada aspirante.

También podrá remitirse mediante las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

El hecho de presentar la solicitud implicará que la persona aspirante reúne los requisitos exigidos y autoriza la exposición de sus datos personales en la web, el tablón de anuncios y en la Intranet municipal de este Ayuntamiento.

El plazo de presentación de solicitudes será de quince (15) días hábiles, contados desde el día hábil siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el “Boletín Oficial del Estado”.

Base 7.a Procedimiento de adjudicación

La Dirección General de Gestión de Talento, junto con el Área demandante del puesto, realizará la revisión de los méritos de cada candidato/a. Cuando lo considere oportuno, podrá contar con los/as asesores/as necesarios.

Durante la valoración de las solicitudes recibidas, podrán recabar formalmente a los interesados/as las aclaraciones o, en su caso, la documentación adicional que estime necesaria para la comprobación de los méritos alegados, pudiendo entrevistar a las personas candidatas presentadas en la convocatoria si fuera procedente.

Se valorará especialmente la experiencia y conocimiento de:

— Licenciatura, Grado Universitario o equivalente en Psicología o Pedagogía. Se valorará especialmente estar en posesión de ambas titulaciones.

— Doctorado, magister y/o especialización universitaria en el ámbito de la Psicología y/o la Pedagogía.

— Formación específica en:

• Intervención educativa.

• Orientación e Intervención Psicopedagógica.

• Orientación y Dinamización educativa y vocacional.

• Trabajo con familias y estudiantes.

• Calidad.

• Riesgos Laborales.

• LOPD.

• Informática aplicada a la Educación.

• Técnicas de dinamización de equipos, liderazgo, negociación e inteligencia emocional.

— Experiencia en:

• Gestión de equipos.

• Dirección de centros de atención psicológica y pedagógica.

• Ejercicio como Psicólogo/a y/o Pedagogo/a.

• Gestión administrativa, económica, de mantenimiento de edificios, de personal, de LOPD.

• Atención de adicciones y otras patologías en niños, adolescentes y jóvenes desde su ámbito de especialización.

Base 8.a Resolución del proceso y nombramiento

Finalizado el procedimiento de adjudicación, la Dirección General de Gestión de Talento publicará el resultado del proceso selectivo dentro de la propia convocatoria en https://alcobendas.convoca.online/ , así como en la Intranet municipal y en el tablón de anuncios.

En la resolución del proceso se indicará el nombre del candidato/a al que se le adjudica el puesto.

El nombramiento deberá efectuarse en el plazo máximo de un mes, contado desde la finalización del de presentación de solicitudes. Dicho plazo podrá prorrogarse hasta un mes más.

Base 9.a Régimen de recursos

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la publicación, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en cuya circunscripción tenga su domicilio el demandante o se halle la sede del órgano autor del acto impugnado, a elección de aquel, con arreglo a lo dispuesto en los artículos 8.1, 14.1.2.a y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o potestativamente y con carácter previo, recurso de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que la dictó (artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

DECRETO 13372

He resuelto:

“Aprobar las bases de convocatoria que obran en el expediente para la provisión del puesto mencionado anteriormente, por el procedimiento de libre designación, de conformidad con lo establecido en el artículo 80 de Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, y lo determinado en las correspondientes fichas que forman parte del Catálogo de Puestos de Trabajo de este Ayuntamiento”.

BASES

Base 1.a Objeto de la convocatoria

Es objeto de las presentes bases regular la convocatoria para la provisión, por el procedimiento de libre designación, no abierto a otras Administraciones Públicas, del puesto de Auxiliar de Apoyo, adscrito al Centro Gestor 117 “Dirección General de Asesoría Jurídica” (puesto 15, dotación 14), e incluido en el Catálogo de Puestos de Trabajo de este Ayuntamiento.

Descripción del puesto:

— Denominación: Auxiliar de Apoyo.

— Régimen: Funcionario/a.

— Requisitos: Escala de Administración General (AG), Grupo/Subgrupo: C/C2.

— Nivel de complemento de destino: 15.

— Complemento específico: 20.117,16 euros/anual. Sin perjuicio de las actualizaciones retributivas que correspondan.

— Forma de provisión: libre designación.

Base 2.a Normativa de aplicación

El proceso de provisión se regirá por las presentes bases, por lo establecido en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, por la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, así como por el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado, y de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado.

Base 3.a Requisitos de las personas aspirantes

Podrán optar a este puesto todos aquellos interesados que reúnan los siguientes requisitos generales:

— Ser funcionario/a de carrera del Ayuntamiento de Alcobendas y pertenecer al Subgrupo C2 de los establecidos en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, Escala de Administración General (AG), que se encuentren en cualquier situación administrativa salvo la de suspensión de funciones o excedencia voluntaria y no haya transcurrido el plazo mínimo de reingreso.

Además de los requisitos de este puesto recogidos en la vigente ficha de puesto de trabajo:

— Conocimientos de:

• Herramientas ofimáticas (procesador de textos, bases de datos, hojas de cálculo, internet, correo electrónico).

• Terminales informáticos y otros dispositivos tecnológicos de su unidad.

• Programación asignada a su unidad.

• Archivo documental.

• Ley de Protección de Datos.

• Calidad en los Servicios Públicos.

• Prevención de Riesgos Laborales para el puesto de trabajo.

— Formación en Identidad Digital: firma y certificados electrónicos.

— Alto grado de discreción y confidencialidad.

— Disponibilidad horaria.

— Excelente trato con el público.

Los requisitos deberán cumplirse antes del día siguiente al de la finalización del plazo de presentación de solicitudes.

Base 4.a Funciones del puesto

Recogidas en la correspondiente ficha de puesto vigente:

— Realizar las tareas propias de la secretaría de la Dirección General, relativas a gestión de expedientes, correspondencia y mantenimiento de archivos.

— Atender e informar al público (atención telefónica, presencial y telemática).

— Gestionar la agenda de la Dirección General.

— Despachar los asuntos pendientes con la Dirección General, realizar las gestiones y trámites administrativos asignados por este, realizando las sugerencias oportunas y prestando el apoyo necesario al mismo.

— Coordinar su actividad con el resto de profesionales de la Unidad u otros Servicios municipales implicados.

— Manejar las terminales informáticas u otros dispositivos tecnológicos adscritos a su Unidad.

— Manejar las aplicaciones informáticas específicas del Área al que se adscribe el puesto y en relación con otras Administraciones.

— Realizar otras tareas afines al puesto y aquellas derivadas de los cambios legislativos.

Base 5.a Publicidad de la convocatoria

Las bases de la convocatoria se publicarán en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, así como extracto de la convocatoria en el “Boletín Oficial del Estado”.

Todas las publicaciones del proceso selectivo se efectuarán dentro de la propia convocatoria en https://alcobendas.convoca.online/ , en el tablón de anuncios y en la Intranet municipal del Ayuntamiento de Alcobendas.

Base 6.a Solicitudes. Plazo y forma de presentación

Para participar en el proceso selectivo debe accederse a través del enlace https://alcobendas.convoca.online/ , seleccionando la convocatoria “PT 2024-022 Un puesto de Auxiliar de Apoyo (D.G. Asesoría Jurídica)”, siendo imprescindible la acreditación por medio de DNI-e, Certificado de la FNMT y/o Cl@ve.

En la misma se irá cumplimentando la información y se adjuntará el currículum vitae que acredite los méritos alegados por cada aspirante.

También podrá remitirse mediante las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

No se aceptará documentación adicional que no sea presentada durante el plazo de presentación de solicitudes.

El hecho de presentar la solicitud implicará que la persona aspirante reúne los requisitos exigidos y autoriza la exposición de sus datos personales en la web, el tablón de anuncios y en la Intranet municipal de este Ayuntamiento.

El plazo de presentación de solicitudes será de quince (15) días hábiles, contados desde el día hábil siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el “Boletín Oficial del Estado”.

Base 7.a Procedimiento de adjudicación

La Dirección General de Gestión de Talento, junto con el Área demandante del puesto, realizará la revisión de los méritos de cada candidato/a. Cuando lo considere oportuno, podrá contar con los/as asesores/as necesarios.

Durante la valoración de las solicitudes recibidas, podrán recabar formalmente a los interesados/as las aclaraciones o, en su caso, la documentación adicional que estime necesaria para la comprobación de los méritos alegados, pudiendo entrevistar a las personas candidatas presentadas en la convocatoria si fuera procedente.

Se valorará especialmente la experiencia y conocimiento de:

— Conocimiento y uso de la Plataforma de intercambio seguro de información entre órganos judiciales y los profesionales que se relacionan con la Administración de Justicia, (LextNET), regulado por el Real Decreto 1065/2015, de 27 de noviembre, sobre comunicaciones electrónicas en la Administración de Justicia en el ámbito territorial del Ministerio de Justicia y por el que se regula el sistema LexNET.

— Conocimiento y manejo de los trámites correspondientes a la Mesa de Contratación, en cuanto al marco competencial de la Asesoría Jurídica, órgano colegiado, de asistencia técnica especializada al órgano de contratación, en los procedimientos abiertos, abierto simplificado, restringidos, de diálogo competitivo, de licitación con negociación y de asociación para la innovación.

— Conocimiento en el seguimiento y control minucioso de los expedientes consultivos a evacuar por la Asesoría Jurídica.

— Conocimiento en trámites y gestiones administrativas ante organismos públicos, registros, notarias, …

— Conocimiento en la organización de agenda en citas y reuniones.

— Conocimiento en la organización de los procesos internos del Departamento.

Base 8.a Resolución del proceso y nombramiento

Finalizado el procedimiento de adjudicación, la Dirección General de Gestión de Talento publicará el resultado del proceso selectivo dentro de la propia convocatoria en https://alcobendas.convoca.online/ , así como en la Intranet municipal y en el tablón de anuncios.

En la resolución del proceso se indicará el nombre del candidato/a al que se le adjudica el puesto.

El nombramiento deberá efectuarse en el plazo máximo de un mes, contado desde la finalización del de presentación de solicitudes. Dicho plazo podrá prorrogarse hasta un mes más.

Base 9.a Régimen de recursos

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la publicación, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en cuya circunscripción tenga su domicilio el demandante o se halle la sede del órgano autor del acto impugnado, a elección de aquel, con arreglo a lo dispuesto en los artículos 8.1, 14.1.2.a y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o potestativamente y con carácter previo, recurso de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que la dictó (artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

Alcobendas, a 3 de octubre de 2024.—La alcaldesa-presidenta, Rocío García Alcántara.

(03/16.123/24)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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