Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 247

Fecha del Boletín 
16-10-2024

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20241016-54

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

RÉGIMEN ECONÓMICO

Área de Gobierno de Políticas Sociales, Familia e Igualdad

54
Madrid. Régimen económico. Área de Gobierno de Políticas Sociales, Familia e Igualdad. Extracto convocatoria subvenciones

Extracto del decreto de 9 de septiembre de 2024, del delegado del Área de Gobierno de Políticas Sociales, Familia e Igualdad, por el que se aprueba la convocatoria del Certamen Escolar de Villancicos 2024.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones correspondiente ( http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/GE/es/index ):

BDNS (Identif.): 786743

Primero. Beneficiarios.—Podrán participar los centros educativos públicos, concertados y privados del municipio de Madrid o, en su caso, las entidades titulares de los mismos que impartan estudios de educación primaria, educación secundaria obligatoria, formación profesional básica, bachillerato y formación profesional de grado medio.

Salvo el premio a mejor director/a de coro, el resto de los premios económicos irán destinados únicamente a los centros participantes.

Segundo. Objeto.—Esta convocatoria, tiene como objeto el realizar el Certamen Escolar de Villancicos 2024 del municipio de Madrid. Su finalidad es la de desarrollar en los niños y las niñas una formación integral para que valoren el esfuerzo y la disciplina que supone participar en un coro, se potencie el trabajo en grupo y se fomenten valores formativos, cívicos y sociales, disfrutando de la música y el canto.

Tercero. Bases reguladoras.—El certamen se regirá por lo establecido en la presente convocatoria, por la disposición adicional primera de la ordenanza de bases reguladoras generales para la concesión de subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos, de 30 de octubre de 2013, y demás disposiciones que resulten de aplicación.

Cuarto. Plazo de inscripción.—Las solicitudes de participación, junto con la documentación requerida, deberán presentarse en el plazo de diez días, a contar desde el siguiente a la publicación de la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Se presentarán a través de la sede electrónica https://sede.madrid.es , o bien en los demás registros previstos en el artículo 16.4.a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Se deberá utilizar, para ello, alguno de los certificados electrónicos admitidos por el Ayuntamiento de Madrid.

Quinto. Cuantía.—La cuantía total de los premios asciende a 10.400 euros, se establecen dos categorías en función de las etapas educativas:

— Categoría A: alumnado de educación primaria.

— Categoría B: alumnado de educación secundaria obligatoria, bachillerato y FP básica y FP de grado medio.

En de cada categoría se conceden un primer premio dotado con 1.500 euros, un segundo premio dotado de 1.100 euros, un tercer premio dotado con 800 euros, un premio a mejor director/a de 1.000 euros y un premio especial de 800 euros.

Podrán concederse dos menciones sin cuantía económica, una para cada categoría, a los directores/as de los coros, que obtengan una puntación inmediatamente inferior a los directores/as premiados/as.

Para poder optar a alguno de los premios especiales, es obligatorio presentar un proyecto, con una extensión máxima de ocho páginas, que desarrolle los apartados que se indican en los criterios de valoración de las bases. Cada centro escolar solamente se podrá presentar a una de las categorías de premio especial.

Sexto. Otros datos.—El certamen se desarrollará en dos fases:

Fase de selección:

Durante los días 27 y 28 de noviembre, y 2, 3, 4 y 5 de diciembre de 2024, todos los coros admitidos interpretarán los dos villancicos que se indican en el apartado 9 de la presente convocatoria en un Centro Cultural o similar que se establezca por el Servicio de Actividades Educativas. Este Servicio acordará con el centro participante el día y la hora que le corresponderá actuar.

Tras la aplicación de los criterios de valoración recogidos en el apartado 12 de esta convocatoria, se efectuará la clasificación de los coros participantes en esta fase.

Se seleccionarán hasta un máximo de cinco coros en cada categoría, los cuales competirán en la fase final, cada uno en su correspondiente categoría. La relación de los coros seleccionados para la fase final se publicará en la sede municipal.

Fase final:

Se realizará el día 11 de diciembre de 2024 en un Centro Cultural o similar que se establezca por el Servicio de Actividades Educativas.

Constará de dos partes. En la primera parte actuarán los coros de la categoría A, mientras que en la segunda harán lo mismo los de la categoría B. El desarrollo de ambas partes será idéntico y se ajustará a lo que se indica a continuación:

1. Los coros seleccionados actuarán en el orden marcado por el Servicio de Actividades Educativas, interpretando cada uno de ellos el mismo repertorio que en la fase de selección.

2. El jurado deliberará y fallará los premios de cada categoría, según el apartado 12 de estas bases.

3. Se señalarán los tres coros de cada categoría que han obtenido la mayor puntuación.

4. Se invitará a los coros con mayor puntuación de cada una de las categorías a la gala del Certamen de Villancicos 2024, donde se comunicará el orden de los centros escolares propuestos para premio y se les invitará a volver a interpretar alguna de las obras con las que han participado.

Dicha gala se realizará durante el mes de diciembre de 2024 en el Centro Cultural o similar que indique el Servicio de Actividades Educativas, tal y como se señala en el apartado 14.6 de estas bases.

Las fechas y los lugares indicados para la ejecución de las dos fases tienen carácter orientativo, pudiendo estar sometidas a modificaciones o adaptaciones, en función de las necesidades organizativas que se planteen. En todo caso, las mismas serán debidamente comunicadas a todos los participantes.

Villancicos a interpretar:

Los participantes deberán interpretar dos villancicos en cada categoría:

— Categoría A (educación primaria):

• Villancico obligatorio: “Alegría, Alegría, Alegría”.

• Villancico libre.

— Categoría B (educación secundaria obligatoria, bachillerato, FP básica y FP de grado medio):

• Villancico obligatorio: “Campana sobre Campana”.

• Villancico libre.

Madrid, a 9 de septiembre de 2024.—El delegado del Área de Gobierno de Políticas Sociales, Familia e Igualdad, José Fernández Sánchez.

(03/15.824/24)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20241016-54