Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 247

Fecha del Boletín 
16-10-2024

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20241016-55

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

RÉGIMEN ECONÓMICO

Distrito de Chamberí

55
Madrid. Régimen económico. Distrito de Chamberí. Extracto convocatoria subvenciones

Extracto del Decreto de 3 de octubre de 2024, del concejal-presidente del Distrito de Chamberí, por el que se aprueba la convocatoria del I Concurso de Decoración de Escaparates Navideños del Distrito de Chamberí 2024.

BDNS (Identif.): 790033

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones ( http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index ).

Participantes.—Podrán participar personas físicas y jurídicas, provistas de capacidad de obrar, titulares de los establecimientos de pequeño comercio del distrito que tengan escaparates visibles desde la vía pública, quedando excluidos de la convocatoria las grandes superficies comerciales. En el caso personas físicas, aquellas que posean nacionalidad española y extranjeros residentes en España, que acrediten tener 18 años cumplidos en la fecha de finalización del plazo para participar y, en el caso de las jurídicas, todas aquellas con domicilio social en España, además de las no españolas de Estados miembros de la Unión Europea o de los Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo.

Objeto.—El objetivo del concurso es incentivar la participación de los comercios del distrito de Chamberí durante las fiestas navideñas, creando un ambiente navideño del que podrán disfrutar todos los vecinos y visitantes.

Bases reguladoras.—Bases reguladoras de la convocatoria aprobadas por decreto del concejal-presidente del Distrito de Chamberí de 3 de octubre de 2024, publicadas en sede electrónica http://www.madrid.es y en el “Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid”.

Cuantía.—El importe de los premios de este concurso asciende a 1.000 euros imputables a la aplicación presupuestaria 001/207/334.01/482.03 “Actividades culturales/premios”.

Se establece un premio único para el ganador dotado con 1.000 euros. Se entregarán placas de reconocimiento a los tres primeros clasificados.

Plazo de presentación de solicitudes.—Las solicitudes de participación se presentarán en el Registro del Ayuntamiento de Madrid durante el plazo de diez días hábiles siguientes a la publicación del extracto de la presente convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Condiciones de participación.—Las solicitudes de participación, que estarán disponibles en la sede electrónica del Ayuntamiento de Madrid ( https://sede.madrid.es ), deberán presentarse en el Registro municipal:

a) Electrónicamente (en línea), accediendo a la Sede Electrónica del Ayuntamiento ( https://sede.madrid.es ), en ese caso deberá utilizar alguno de los sistemas de identificación electrónica admitidos por el Ayuntamiento de Madrid.

b) Presencialmente, en las oficinas de registro del Ayuntamiento de Madrid, o mediante las demás formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. (sólo personas físicas).

Los escaparates que se presenten a concurso deberán estar montados en su establecimiento el día 1 de diciembre de 2024.

No se admitirá la incorporación de contenidos ofensivos que hieran la sensibilidad o inciten a conductas discriminatorias o violentas, reservándose la organización el derecho a excluir a los participantes que, según su criterio, no cumplan con las condiciones exigidas en el concurso.

Madrid, a 3 de octubre de 2024.—El concejal-presidente del Distrito de Chamberí, Jaime González Taboada.

(03/16.481/24)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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