Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 247

Fecha del Boletín 
16-10-2024

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20241016-60

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE COLMENAR VIEJO

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

60
Colmenar Viejo. Organización y Funcionamiento. Ordenanza locales juego

El Pleno de este Ayuntamiento, en sesión celebrada el día 30 de septiembre de 2024, ha aprobado, con carácter provisional y definitivo si no se presentan reclamaciones, la ordenanza para la regulación de los locales del juego y apuestas en el municipio de Colmenar Viejo.

Con arreglo a lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley 7/85, de dos de abril, se somete el expediente a información pública por plazo de 30 días, contados desde el siguiente a esta publicación. Podrá ser consultado en el edificio administrativo de la Concejalía de Desarrollo Empresarial, Economía y Empleo, sito en plaza del Pueblo, número 1, en horario de 9:00 a 14:00, de lunes a viernes.

Asimismo, podrá acceder a toda la información sobre esta Ordenanza a través de la Sede Electrónica Municipal ( www.colmenarviejo.com ).

Colmenar Viejo, a 7 de octubre de 2024.—El alcalde-presidente, Carlos Blázquez Rodríguez.

(03/16.263/24)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20241016-60