Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 247

Fecha del Boletín 
16-10-2024

Sección 3.10.20R: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20241016-70

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE RIVAS-VACIAMADRID

OTROS ANUNCIOS

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Rivas-Vaciamadrid. Otros anuncios. Extracto convocatoria subvenciones

Acuerdo de Junta de Gobierno Local de 3 de octubre de 2024, por el que se aprueban las bases para la convocatoria de subvenciones destinadas a ayudas a personas deportistas individuales 2024.

BDNS (Identif.): 789919

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones ( https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/789919 ):

Objeto.—Es objeto de esta convocatoria la concesión de ayudas económicas a deportistas individuales de élite de la localidad de Rivas Vaciamadrid, para el desarrollo de sus actividades deportivas durante el período comprendido entre el 1 de enero de 2024 y el 31 de diciembre de 2024.

Personas beneficiarias:

1. Podrán obtener la condición de persona beneficiaria las que cumplan los siguientes requisitos, pudiendo reunir, además del epígrafe a), una o ambas de las condiciones establecidas en los epígrafes b) y c):

— Ser deportista empadronado en Rivas Vaciamadrid con al menos un año de antigüedad y estar en posesión de la licencia federativa.

— Haber obtenido un primer, segundo o tercer puesto en un Campeonato de España o haber participado en Campeonato de Europa, Campeonato del Mundo o Juegos Olímpicos, debiendo ser siempre un deporte homologado, que pertenezca y se encuentre dentro del calendario de la federación correspondiente a la disciplina por la cual se solicita la ayuda, en el ámbito nacional, europeo o mundial.

Plazo y lugar de presentación de solicitudes.—El modelo de solicitud y las correspondientes Bases se encuentran a disposición de las personas interesadas en la sede electrónica del Ayuntamiento de Rivas Vaciamadrid ( https://sede-electronica.rivasciudad.es/ )

La convocatoria y concesión se publicará en el Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones.

Las solicitudes se presentarán según modelo establecido como Anexo I (solicitud electrónica) a la presente convocatoria, en el plazo comprendido de diez días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación de la convocatoria en la página web municipal ( http://www.rivasciudad.es ). La convocatoria podrá establecer los medios de publicidad adicionales que el órgano convocante estime más convenientes para facilitar el conocimiento general de la misma.

Las solicitudes y documentación adjunta se presentarán, según lo establecido en el artículo 16.4, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Documentación a presentar.—Las personas deportistas interesadas deberán presentar la siguiente documentación:

Anexo 1.—Solicitud de ayuda: En el impreso normalizado que se adjunta a la presente convocatoria. La solicitud deberá ser firmada por la persona deportista que se presenta a la presente subvención. En el caso de personas deportistas menores de edad, tanto la firma de la solicitud como la titularidad de la cuenta bancaria, deberá ser a cargo del representante legal de la persona deportista.

Anexo 2.—Certificado federación: Certificado original expedido por la federación correspondiente, firmado por persona representante legal (presidencia, secretaría general…), de acuerdo con el impreso que se adjunta, en el que conste nombre y apellidos de la persona solicitante, competición oficial, la clasificación obtenida, y si la modalidad es olímpica o no.

Cuantía.—10.500 euros.

Período subvencionable.—1 de enero al 31 de diciembre 2024.

Rivas Vaciamadrid, a 3 de octubre de 2024.—La alcaldesa, Aida Castillejo Parrilla.

(03/16.414/24)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20R: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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