Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 261

Fecha del Boletín 
01-11-2024

Sección 1.4.110.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20241101-20

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios

CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES

20
ADENDA de 16 de octubre de 2024, de prórroga del convenio entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales) y el Colegio Oficial de la Psicología de Madrid, para la valoración de la idoneidad de los solicitantes, de adopción internacional, durante el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2025.

En Madrid, a 16 de octubre de 2024.

REUNIDOS

De una parte, la Excma. Sra. Consejera de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, D.a Ana Dávila-Ponce de León Municio, en virtud del Decreto 46/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, para el ejercicio de las competencias que le otorga el artículo 41.a) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid y el artículo 3.2.a) del Decreto 48/2019, de 10 de junio, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.

De otra, D. José Antonio Luengo Latorre, en nombre y representación del Colegio Oficial de la Psicología de Madrid, Corporación de derecho público, domiciliada en la calle Cuesta de San Vicente, número 4, 6.a planta, de Madrid, y con CIF n.o V83037937, en su condición de Decano-Presidente, según consta inscrito en el Registro de Colegios Profesionales de la Comunidad de Madrid, en virtud de lo dispuesto en la Orden de 24 de junio de 2021 del Consejero de Presidencia, Justicia e Interior.

Ambos intervienen en nombre y representación de las instituciones señaladas, reconociéndose capacidad jurídica suficiente para suscribir la segunda adenda de prórroga y

EXPONEN

Primero

Que el día 22 de enero de 2020, se firmó el convenio entre la Comunidad de Madrid (a través de la entonces Consejería de Políticas Sociales, Familias, Igualdad y Natalidad actualmente Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales) y el Colegio Oficial de la Psicología de Madrid para para la valoración de la idoneidad de los solicitantes de adopción internacional con vigencia desde su firma hasta el 31 de diciembre de 2023, siendo posteriormente prorrogado mediante adenda al convenio por el plazo de un año, firmada el 22 de mayo de 2023 para el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2024.

Segundo

Que la cláusula decimoprimera del convenio contempla que las partes firmantes podrán acordar unánimemente su prórroga por un período de hasta cuatro años adicionales de conformidad con lo establecido en el artículo 49.h) 2.o de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y que la misma deberá tramitarse y formalizarse con dos meses de antelación a la fecha de vencimiento del convenio o cualquiera de sus prórrogas.

Tercero

Que todas las partes desean continuar colaborando en materia de apoyo a las tareas de cooperación internacional relativas a la adopción, respecto al estudio, evaluación y elaboración de los informes necesarios para la valoración de los solicitantes de adopción internacional residentes en la Comunidad de Madrid.

Cuarto

Que el convenio no conlleva coste económico, por lo que no supondrá compromiso presupuestario alguno para la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales.

Quinto

Que el servicio prestado por el Colegio Oficial de la Psicología de Madrid desde el inicio del convenio que se prorroga se ha realizado a plena satisfacción y con estricto cumplimiento de las condiciones pactadas.

Por ello, y en virtud de todo lo expuesto, las partes acuerdan la formalización de la segunda adenda de prórroga del convenio mencionado, conforme a las siguientes

CLÁUSULAS

Unica

Prórroga

De conformidad con lo dispuesto en la cláusula decimoprimera del convenio suscrito el 22 de enero de 2020, y dado que no se ha producido por ninguna de las partes denuncia expresa, se prorroga el mencionado convenio durante el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2025.

Y para que así conste y en prueba de conformidad de las partes, se firma la segunda adenda de prórroga del convenio, siendo la fecha de formalización de la misma la correspondiente a la de la firma de la Comunidad de Madrid, o en ausencia de esta, la que figure en el encabezamiento.

Madrid, a 16 de octubre de 2024.—La Consejera de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, Ana Dávila-Ponce de León Municio.—El representante del Colegio Oficial de la Psicología de Madrid, José Antonio Luengo Latorre.

(03/17.166/24)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.110.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20241101-20