Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 263

Fecha del Boletín 
04-11-2024

Sección 1.4.109.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20241104-46

Páginas: 4


I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios

CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR

46
RESOLUCIÓN de 24 de octubre de 2024, del Director General de Suelo, por la que se hace pública la Orden 3461/2024, de 18 de octubre, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la que se declara urgente la ocupación de los bienes y derechos afectados por el “Proyecto de la Arteria Norte, para suministro de agua potable al sistema general aeroportuario de Madrid-Barajas”, en los términos municipales de Paracuellos de Jarama, San Sebastián de los Reyes y Alcobendas, y se convoca a los interesados al levantamiento de las actas previas a la ocupación. Expediente número 427.

En aplicación de los artículos 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954, y 20 de su Reglamento de ejecución, aprobado por Decreto de 26 de abril de 1957, se hace público que la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior ha dictado la Orden, por la que se declara la urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por el “Proyecto de la Arteria Norte, para suministro de agua potable al Sistema General Aeroportuario de Madrid-Barajas”, en los términos municipales de Paracuellos de Jarama, San Sebastián de los Reyes y Alcobendas, y se convoca a los interesados al levantamiento de las actas previas a la ocupación, expediente n.o 427, que se transcribe a continuación:

El Proyecto tiene por objeto asegurar el suministro de agua potable a los nuevos desarrollos contemplados por el Plan Especial del Sistema Aeroportuario Madrid-Barajas, dentro del ámbito aeroportuario, mediante una conducción de acero helicosoldado L-275 de 1.219 mm de diámetro nominal y 14,2 mm de espesor. Su longitud es de 6,28 km y une el Segundo Anillo Principal de Distribución de agua potable a la Comunidad de Madrid y la Arteria Cintura Este.

A lo largo del trazado se disponen tres derivaciones para tomas de abastecimiento al Aeropuerto Madrid-Barajas, así como los preceptivos elementos de seccionamiento, aireación y desagüe según la normativa específica de abastecimiento del Canal de Isabel II.

El proyecto cuenta con Declaración Ambiental Estratégica y Declaración de Impacto Ambiental favorables, publicadas en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID (en adelante, BOCM) n.o 135, de 8 de junio de 2023 y n.o 66, de 18 de marzo de 2024, respectivamente.

Por la Comisión de Urbanismo de la Comunidad de Madrid, en su sesión de 21 de diciembre de 2023, se aprueba definitivamente el Plan Especial de Infraestructuras del Proyecto de la Arteria Norte, para suministro de agua potable al Sistema General Aeroportuario de Madrid-Barajas, en los términos municipales de Paracuellos de Jarama, San Sebastián de los Reyes y Alcobendas. Se hizo público en el BOCM n.o 3, de 4 de enero de 2024.

La Orden 1903/2024, de 30 de mayo, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, dispuso someter a información pública la relación de bienes y derechos afectados por este proyecto, siendo la entidad beneficiaria del expediente expropiatorio Canal de Isabel II. Se publicó en el BOCM n.o 132, de 4 de junio de 2024 y en el diario “El Mundo”, de 18 de junio de 2024, y fue expuesta durante quince días en el tablón de edictos de los Ayuntamientos de Paracuellos de Jarama, San Sebastián de los Reyes y Alcobendas.

Dentro del plazo establecido para el trámite de información pública, se han formulado dos alegaciones. En la primera se ha solicitado la modificación del trazado o, subsidiariamente, la expropiación de terrenos aislados y de imposible explotación, además de reclamar el derecho a ser indemnizado por las limitaciones derivadas de la proximidad a la conducción. Se ha desestimado la solicitud de modificación del trazado, accedido a la petición de ampliación de la expropiación a los restos en dos de las tres parcelas de la propiedad y remitido, en cuanto a las indemnizaciones solicitadas, al expediente expropiatorio. En cuanto a la segunda alegación, se ha aceptado la solicitud formulada por Aena S.M.E., S. A., en aplicación del Convenio suscrito entre el Ente Público Canal de Isabel II, Canal de Isabel II, S. A., y Aena S.M.E, S. A., en diciembre de 2019, que regula la cooperación y las relaciones jurídicas en las actuaciones derivadas del Proyecto. Consta en el expediente la contestación individualizada a los interesados.

La urgencia de la ocupación de los bienes y derechos afectados por el proyecto viene motivada por la necesidad inaplazable de garantizar el suministro y la calidad del agua potable a los nuevos desarrollos previstos dentro del recinto aeroportuario Madrid-Barajas.

En este sentido, a los efectos de los artículos 20 de la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954 (en adelante, LEF), y 19 de su Reglamento de ejecución aprobado por Decreto de 26 de abril de 1957, y con base en los antecedentes administrativos citados, se estima procedente ratificar todas las actuaciones habidas hasta la fecha, y en consecuencia declarar la urgente ocupación de los bienes y derechos comprendidos en la relación que acompaña la presente Orden, confirmando las afecciones por resultar indispensables para el cumplimiento del objeto del Proyecto.

La declaración de utilidad pública del Proyecto se considera realizada, en virtud de lo dispuesto en el artículo 10 de la LEF.

De conformidad con lo establecido en el apartado 1.o del artículo 52 de la LEF, se entiende cumplido el trámite de necesidad de ocupación de los bienes y derechos afectados por el Proyecto.

En el expediente consta la existencia de crédito suficiente para hacer efectivo el pago de las indemnizaciones expropiatorias, en atención a lo previsto en el artículo 52 de la LEF.

En su virtud, y en aplicación de los artículos 52 de la LEF y 19.3 de la Ley 3/2007, de 26 de julio, de Medidas Urgentes de Modernización del Gobierno y la Administración de la Comunidad de Madrid, y a propuesta de la Dirección General de Suelo de fecha 10 de octubre de 2024,

DISPONGO

Primero

Declarar urgente la ocupación de los bienes y derechos afectados por el expediente de expropiación forzosa relativo al “Proyecto de la Arteria Norte, para suministro de agua potable al Sistema General Aeroportuario de Madrid-Barajas”, en los términos municipales de Paracuellos de Jarama, San Sebastián de los Reyes y Alcobendas. La relación detallada de los bienes y derechos afectados figura en el Anexo a esta Orden, siendo extensiva esta declaración, por aplicación de lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, a los bienes que pudieran verse afectados por los reformados posteriores al proyecto.

En relación con aquellos bienes que se acrediten como de dominio público, se estará a lo dispuesto en la normativa sectorial sobre su uso.

Segundo

Notificar a los interesados el lugar, día y hora en que han de comparecer para el levantamiento del Acta Previa a la Ocupación. La relación de interesados, los Ayuntamientos y la fecha de convocatoria se detallan, asimismo, en el Anexo a esta Orden.

Tercero

La presente Orden será publicada en el BOCM, así como en dos de los diarios de mayor difusión y, además, comunicada a los Ayuntamientos en cuyo término radiquen los bienes o derechos objeto de la expropiación, para su exposición en el tablón de anuncios. Asimismo, para que sirva de notificación a los interesados desconocidos, de ignorado domicilio, o a los que, intentada la notificación, esta no se pueda practicar, de conformidad a lo previsto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se publicará un anuncio en el “Boletín Oficial del Estado”.

Cuarto

Los interesados, una vez publicada la relación y hasta el momento del levantamiento del acta previa, podrán presentar alegaciones a los solos efectos de subsanar posibles errores que se hayan padecido al relacionar los bienes afectados por la urgente ocupación, que deberán dirigir a la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior.

Conforme al artículo 14 de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre, para la realización de cualquier trámite del procedimiento expropiatorio,

1. Las personas físicas interesadas podrán elegir, en todo momento, si se van a comunicar con la Administración expropiante o con la entidad beneficiaria a través de medios electrónicos o no; salvo que actúen en ejercicio de una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, en cuyo caso es obligatorio su uso.

2. En todo caso, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos, las personas jurídicas y las entidades sin personalidad jurídica, así como sus representantes, debidamente acreditados.

El formulario genérico podrá descargarse y tramitarse electrónicamente en el enlace correspondiente del Portal institucional de la Comunidad de Madrid, https://gestionesytramites.madrid.org .

En el caso de personas físicas que no hayan optado por el uso de los medios electrónicos, una vez impreso y completado el formulario, se remitirá a la oficina de Registro de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, calle Alcalá, 16, 28014 Madrid, preferentemente, desde cualquiera de las oficinas de asistencia en materia de registro de la Comunidad de Madrid, de otras administraciones, de representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero, así como desde las oficinas de correos, previo pago de la tarifa correspondiente en este último caso.

Quinto

Contra la citada Orden, que pone fin a la vía administrativa, en lo relativo a las circunstancias que justifican declarar la urgente ocupación de los bienes y derechos afectados, se podrá interponer recurso de reposición, ante el propio órgano que la ha dictado, en el plazo de un mes desde el día siguiente a su notificación o, en su defecto, su publicación, o directamente recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de dos meses, y sin perjuicio de cuantos otros recursos se estime oportuno deducir.

El formulario “Recurso potestativo de reposición contra actos administrativos de la Comunidad de Madrid que pongan fin a la vía administrativa de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior”, podrá descargarse y tramitarse electrónicamente en el enlace correspondiente del reiterado Portal institucional de la Comunidad de Madrid, conforme a lo señalado en el apartado Cuarto.

En Madrid, a 24 de octubre de 2024.—El Director General de Suelo, Ramón Cubián Martínez.

(01/17.756/24)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.109.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20241104-46