Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 264

Fecha del Boletín 
05-11-2024

Sección 3.10.20L: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20241105-73

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE LOZOYA

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

73
Lozoya. Organización y funcionamiento. Ordenanza aprovechamiento micológico

El Pleno del Ayuntamiento de Lozoya (Madrid), en sesión extraordinaria celebrada el 11 de octubre de 2024, adoptó acuerdo de modificar el primer párrafo del artículo sexto de la ordenanza municipal reguladora del aprovechamiento micológico y en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que pueda ser examinado y en su caso se formulen las alegaciones que se estimen conveniente.

El texto modificado queda del modo siguiente: “Todas las personas empadronadas, o las que paguen IBI o alquiler en el término municipal de Lozoya, tendrán derecho al otorgamiento de un permiso de recolección, que será personal e intransferible, siempre y cuando tengan cumplidos, o los cumplan en el momento de la solicitud, dieciocho años”.

Si transcurrido dicho plazo no se hubieran presentado alegaciones, la referida modificación de la ordenanza se considerará definitivamente aprobada, entrando en vigor a partir del día siguiente a la publicación del texto íntegro de la misma en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Lozoya, a 23 de octubre de 2024.—El alcalde, Carlos Ruiz González.

(03/17.307/24)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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