Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 264

Fecha del Boletín 
05-11-2024

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20241105-83

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE PARLA

RÉGIMEN ECONÓMICO

83
Parla. Régimen económico. Ordenanzas fiscales

En sesión extraordinaria y urgente celebrada el día 31 de octubre de 2024, el Pleno de este Ayuntamiento ha adoptado, entre otros, los siguientes acuerdos:

— Acuerdo de aprobación provisional de modificación del callejero fiscal.

— Acuerdo de aprobación provisional de establecimiento e imposición de la tasa por el mantenimiento del servicio de prestación y extinción de incendios y salvamentos en Parla y su ordenación mediante la correspondiente ordenanza fiscal.

— Acuerdo de aprobación provisional de modificación de la ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre bienes inmuebles.

Los citados acuerdos se encuentran expuestos al público en el tablón de anuncios y edictos electrónicos de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Parla https://sede.ayuntamientoparla.es durante un período de treinta días, contados a partir de la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en periódico de los de mayor difusión en la Comunidad de Madrid, dentro de los cuales los interesados podrán examinar los expedientes en el Departamento de Gestión Tributaria y presentar las reclamaciones que estimen oportunas conforme dispone el artículo 17.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. El acuerdo provisional contra el que no se presente reclamación o alegación alguna, se entenderá elevado a definitivo.

En Parla, a 31 de octubre de 2024.—El concejal-delegado del Área de Recursos Humanos, Economía, Hacienda, Participación Ciudadana y Atención a la Ciudadanía, Andrés Correa Barbado.

(03/17.847/24)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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