Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 269

Fecha del Boletín 
11-11-2024

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20241111-61

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE COLLADO VILLALBA

OTROS ANUNCIOS

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Collado Villalba. Otros anuncios. Cesión parcela

Visto que el expediente relativo a la cesión de la parcela situada en avenida las Suertes, número 30, de Collado Villalba, a la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades de la Comunidad de Madrid, para la ampliación del Instituto de Educación Secundaria IES María Guerrero, ha seguido la tramitación establecida en la legislación aplicable y que procede su aprobación por el Pleno del Ayuntamiento, por mayoría absoluta de sus miembros, conforme a lo establecido en el artículo 22.2.l) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, el Pleno del Ayuntamiento, en sesión celebrada el día 26 de septiembre de 2024, adoptó el siguiente acuerdo:

Primero.—Declarar de interés público y social la actuación de ampliación del IES María Guerrero y aprobar inicialmente la mutación demanial subjetiva del bien inmueble, con referencia catastral: 5277828VK1957N0001IT, sito en avenida Las Suertes, número 36, 28400 Collado Villalba (Madrid), a favor de la Dirección General de Infraestructuras y Servicios de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades de la Comunidad de Madrid, para destinarlo a ampliación de las instalaciones del Instituto de Educación Secundaria y Bachillerato “IES María Guerrero”, en Collado Villalba.

Segundo.—Remitir el acuerdo a la administración Dirección General de Infraestructuras y Servicios de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades de la Comunidad de Madrid, a favor de la cual se realiza la mutación demanial subjetiva para que manifieste su conformidad con la misma.

Tercero.—Recibida la conformidad quedará el acuerdo elevado a definitiva y para su efectividad se requerirá la redacción de un acta que será suscrita por ambas administraciones.

Cuarto.—Facultar a la Alcaldía para la firma de todos los documentos relacionados con este asunto.

Se expone al público dicho expediente durante el plazo de quince días hábiles, contados a partir del siguiente al de esta publicación, pudiendo examinarse el presente expediente en la Secretaría Municipal y presentar las reclamaciones que se tengan por convenientes y quedando definitivamente aprobado en el supuesto de que durante tal plazo no se presentase ninguna, todo ello de conformidad a lo previsto en el artículo 49 de la Ley 7/1985, sobre las Bases de Régimen Local, sin perjuicio de que deba ser íntegramente publicado para su entrada en vigor.

Collado Villalba, a 30 de octubre de 2024.—La alcaldesa-presidenta, María Dolores Vargas Fernández.

(03/17.768/24)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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