Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 277

Fecha del Boletín 
20-11-2024

Sección 1.3.106.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20241120-17

Páginas: 10


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES

17
ORDEN 5092/2024, de 13 de noviembre, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se resuelve la convocatoria correspondiente al año 2024 de las ayudas de atracción de talento investigador “César Nombela”.

La Orden 2755/2023, de 26 de julio, de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, establece las bases reguladoras de las ayudas de atracción de talento investigador “César Nombela”.

El 15 de abril de 2024 se publicó en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID el extracto de la Orden 844/2024, de 22 de marzo, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se aprueba la convocatoria del año 2024 de ayudas de atracción de talento investigador “César Nombela”.

Según lo establecido en el artículo 20 de la Orden 2755/2023, de 26 de julio, una vez concluido el proceso de evaluación y de selección de las solicitudes y de acuerdo con la propuesta de la comisión de selección designada a tal efecto y constituida el 11 de julio de 2024, la Dirección General de Investigación e Innovación Tecnológica como órgano instructor, dictó con fecha 15 de julio de 2024, la propuesta de resolución provisional de concesión de ayudas destinadas a la atracción de talento investigador César Nombela, que fue notificada el mismo día a los organismos solicitantes.

Con fecha 12 de julio de 2024 se notificó a las entidades solicitantes la Resolución de la Directora General de Investigación e Innovación Tecnológica por la que se publicaba la relación de solicitudes que se tienen por desistidas y solicitudes excluidas de entre los presentados a la convocatoria de 2024 de ayudas de atracción de talento investigador “César Nombela”.

Con fecha 18 de septiembre de 2024 se notificó la propuesta de resolución definitiva del procedimiento de concesión del año 2024 de ayudas destinadas a la atracción de talento investigador “César Nombela”.

Tras el desistimiento de tres ayudas propuestas para concesión, y a propuesta de la comisión de selección reunida el 3 de octubre de 2024, el órgano instructor notificó el 8 de octubre de 2024 la segunda propuesta de resolución definitiva del procedimiento de concesión del año 2024 de ayudas destinadas a la atracción de talento investigador “César Nombela”.

De conformidad con lo previsto en los artículos 14 y 21 de la Orden 2755/2023, de 26 de julio, los apartados undécimo y decimoctavo de la Orden 844/2024, de 22 de marzo, y el Decreto 248/2023, de 11 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades,

DISPONGO

Primero

Conceder las ayudas por un importe de 20.845.000 euros relacionadas en el anexo I, con indicación del número de expediente, razón social, NIF de la entidad beneficiaria y ayuda concedida, y desestimar el resto de solicitudes presentadas que no hayan sido previamente desistidas.

La ayuda total concedida para actividades de I + D se destinará a costes directos e indirectos, y según lo establecido en el artículo 9.2 b) de la Orden 2755/2023, de 26 de julio, los costes indirectos serán un 21 % de los costes directos.

El gasto se imputará al subconcepto 79003 “Plan del retorno del talento investigador” del Programa 466A “Investigación”, con cargo al presupuesto de 2024 y sus equivalentes en los ejercicios de los años 2025 a 2028 a razón de 4.169.000 euros anuales.

El libramiento de las ayudas se efectuará de forma anticipada y con carácter previo a la justificación de la finalidad para la que han sido concedidas, a favor de cada entidad beneficiaria de conformidad con lo previsto en el artículo 23 de la Orden 2755/2023, de 26 de julio.

Segundo

Aprobar la relación ordenada de candidatos de reserva por área científica y por orden de puntuación del anexo II.

Según lo establecido en el artículo 19 de la Orden 2755/2023, de 26 de julio, en el caso de renunciar a la subvención alguna de las entidades beneficiarias, el órgano concedente podrá acordar, sin necesidad de una nueva convocatoria, la concesión de la subvención al personal investigador doctor de la entidad solicitante incluidos en dicha lista.

Tercero

Conceder un plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de esta Orden en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para formalizar el contrato del personal investigador doctor, asimismo dispondrán de un plazo de 10 días, a contar desde el día siguiente a la formalización del contrato, para remitirlo a la Dirección General de Investigación e Innovación Tecnológica.

La persona contratada deberá incorporarse al centro de adscripción, y siempre de acuerdo con éste, en un plazo máximo de tres meses a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta Orden en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. La fecha concreta de incorporación deberá quedar reflejada en el contrato, lo que no afectará al plazo para la formalización y presentación de los mismos.

Si no llegara a producirse la incorporación del personal investigador doctor al centro de I + D, éste deberá comunicarlo al órgano concedente con antelación suficiente y como máximo en el plazo de los 10 días hábiles siguientes a la fecha de incorporación prevista.

Cuarto

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de reposición ante el propio órgano que lo ha dictado, en el plazo de un mes desde el día siguiente al de su publicación o directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses, sin perjuicio de cuantos otros recursos estime oportuno deducir.

Madrid, a 13 de noviembre de 2024.

El Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, EMILIO VICIANA DURO















(03/18.804/24)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.106.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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