Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 277

Fecha del Boletín 
20-11-2024

Sección 1.4.110.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20241120-52

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios

CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES

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ADENDA de 6 de noviembre de 2024, de prórroga para el período 30 de diciembre de 2024 a 29 de diciembre de 2026, ambos inclusive, del convenio de colaboración entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales) y la Organización Nacional de Ciegos Españoles (ONCE-Delegación territorial de Madrid), para la integración socio-laboral de las personas con discapacidad.

Madrid, a 6 de noviembre de 2024.

REUNIDOS

De una parte, la Excma. Sra. D.a Ana Dávila-Ponce de León Municio, Consejera de Familia, Juventud y Asuntos Sociales de la Comunidad de Madrid, nombrada mediante Decreto 46/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, actuando en virtud de las atribuciones que le confieren el artículo 41.a) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y el artículo 3.2.a) del Decreto 48/2019, de 10 de junio, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.

Y de otra parte, D. Luis Natalio Royo Paz con domicilio a estos efectos en Madrid, en nombre y representación de la Organización Nacional de Ciegos Españoles (ONCE-Delegación Territorial de Madrid), según acuerdo del Consejo General 2(E)/2023-2.4.27, de 27 de enero, con domicilio, a estos efectos, en la calle Prim, número 3, 28004 Madrid. El interviniente se encuentra autorizado para este acto en su condición de Delegado de la ONCE en Madrid, según resulta de la escritura de poder otorgada el día 31 de enero de 2023 ante el Notario de Madrid, D. Enrique Javier de Bernardo Martínez-Piñeiro, con el número 452 de su protocolo”.

Ambos intervienen en nombre y representación de las instituciones señaladas, reconociéndose capacidad jurídica suficiente para suscribir la presente adenda, y

MANIFIESTAN

Primero

Que con fecha 29 de diciembre de 2020 se suscribió un convenio entre la Comunidad de Madrid, Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales y la Organización Nacional de Ciegos Españoles (ONCE-Delegación Territorial de Madrid), para la integración socio-laboral de las personas con discapacidad, cuyo plazo de vigencia será de cuatro años. En la cláusula sexta contempla la posibilidad de prórroga por un período de hasta cuatro años adicionales.

Segundo

Que, al amparo de cláusula sexta del convenio, las partes acuerdan suscribir la adenda de prórroga del convenio celebrado entre ambas partes el 29 de diciembre de 2020 para la integración sociolaboral de las personas con discapacidad, cuya vigencia acaba el próximo 29 de diciembre de 2024.

CLÁUSULAS

Primera

Prórroga

De conformidad con lo dispuesto en la cláusula sexta del convenio entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales) y la Organización Nacional de Ciegos Españoles (ONCE-Delegación Territorial de Madrid) y suscrito el día 29 de diciembre de 2020, las partes acuerdan prorrogar el citado convenio desde la fecha establecida como fin de su vigencia hasta el 29 de diciembre de 2026.

Segunda

Obligaciones

Las actuaciones contempladas para el nuevo período serán las mismas que las contempladas en la cláusula segunda (obligaciones) del convenio objeto de esta prórroga.

Tercera

Financiación

La ejecución de la presente prórroga del convenio no generará obligaciones económicas para la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales.

Y en prueba de conformidad, ambas partes firman el presente documento, en el lugar indicado, y fecha de la última firma digital. En Madrid, a fecha de firma.

Madrid, a 6 de noviembre de 2024.—La Consejera de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, Ana Dávila-Ponce de León Municio.—El Delegado de la ONCE en Madrid, Luis Natalio Royo Paz.

(03/18.340/24)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.110.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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