Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 281

Fecha del Boletín 
25-11-2024

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20241125-61

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE AMBITE

RÉGIMEN ECONÓMICO

61
Ambite. Régimen económico. Ordenanza fiscal

Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario inicial aprobatorio de la modificación de la ordenanza fiscal municipal reguladora de la tasa por documentos que expida o de que entienda la administración o las autoridades municipales a instancia de parte, siendo la fecha de entrada en vigor el 1 de noviembre de 2024, cuyo texto íntegro se hace público, para su general conocimiento y en cumplimiento de lo previsto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local.

La modificación afecta al artículo 7, epígrafe I. Certificaciones, quedando redactado de la siguiente forma:

“Artículo 7:

Epígrafe I. Certificaciones:

A) Que no requieren informe de técnico.

— Encontrarse al corriente de pago en obligaciones tributarias: 2 euros.

— Reagrupación familiar: 5 euros.

— Empadronamiento: 1 euros.

— Convivencia: 1 euros.

B) Que requieren informe de técnico y/o jurídico no incluidos en el grupo A (antigüedad, inexistencia de infracciones urbanísticas, etc.

— Certificación o informe urbanístico: 90 euros.

C) Certificados de concordancia de números y calles que no requieren trabajos de archivo:

— Certificación o informe urbanístico de concordancia de números y calles: 10 euros.

Epígrafe II. Copias de documentos o datos:

— Certificado fichas catastrales (PIC): 2 euros.

— Fotocopia expedientes administrativos, por hoja: 1 euros.

— Duplicados licencias urbanísticas: 1 euros.

— Compulsa documentos administrativos, por hoja: 2 euros.

— Hojas NNSS, por hoja: 0,60 euros.

— Planos proyectos DIN-A4: 1 euros.

— Planos proyectos DIN-A3: 2 euros.

— Fotocopia DNI: 0,30 euros.

— Fotocopia DIN-A4, en blanco y negro, por hoja: 0,10 euros.

— Fotocopia DIN-A4, a color, por hoja: 0,20 euros.

— Fotocopia DIN-A3, en blanco y negro por hoja: 0,50 euros.

— Fotocopia DIN-A3, a color por hoja: 1 euros.

Epígrafe III. Otros documentos:

— Cédulas urbanísticas: 90 euros.

— Bastanteo de poderes: 5 euros”.

Contra el presente acuerdo, se interpondrá recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Ambite, a 13 de noviembre de 2024.—El alcalde-presidente, Apolonio Alcaide Bravo.

(03/18.639/24)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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