Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 284

Fecha del Boletín 
28-11-2024

Sección 1.3.170.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20241128-28

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

UNIVERSIDAD COMPLUTENSE DE MADRID

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EXTRACTO del Acuerdo de 21 de noviembre de 2024, del Rector de la Universidad Complutense de Madrid, por la que se convoca la V Edición del Programa UCM-Santander de Incentivos al Impulso, Creación y Consolidación de Iniciativas Emprendedoras de la Universidad Complutense de Madrid.

BDNS: 798388

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones ( https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/798388 ).

Primero

Beneficiarios

Estudiantes y egresados de Grado, Máster, Doctorado y formación permanente de la UCM, personal docente e investigador (en adelante PDI), grupos de investigación y personal técnico, de gestión y de administración y servicios (en lo sucesivo PTGAS) que tengan o hayan tenido vinculación académica o profesional con la UCM.

Las candidaturas podrán estar promovidas tanto individualmente como por equipos. En este último caso, al menos uno de los participantes ha de ser o ha debido ser miembro de la comunidad universitaria UCM.

Asimismo, podrán acudir los participantes del Programa Santander X Explorer Universidades cursado en la UCM, aunque no manifestasen la condición anterior; es decir, ser o haber sido miembro de la comunidad universitaria UCM.

Deberá consultarse en la convocatoria publicada en el “Boletín Oficial de la Universidad Complutense” los requisitos específicos para cada una de las modalidades.

Segundo

Objeto

Regular la concesión de ayudas, en forma de incentivos y mediante subvención, para la creación, impulso y consolidación de empresas y/o entidades no lucrativas surgidas a iniciativa de miembros de la Comunidad Universitaria Complutense.

La convocatoria está dirigida a emprendedores que estén desarrollando un proyecto con un modelo de negocio testado y validado o una iniciativa con impacto social, bajo cualquiera de las formas jurídicas reconocidas por la Ley para el desarrollo de actividades de carácter económico o social. Asimismo, la presente convocatoria tiene como finalidad otorgar visibilidad, hacer emerger ideas y proyectos emprendedores, así como descubrir y apoyar el talento de los miembros de la comunidad universitaria.

Tercero

Bases reguladoras

La convocatoria seguirá el Reglamento por el que se aprueban las Bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de Subvenciones por la Universidad Complutense de Madrid, aprobadas en el Consejo de Gobierno de 30 de abril de 2024 y por el Consejo Social el 10 de mayo de 2024 (“Boletín Oficial de la Universidad Complutense” de 17 de mayo).

Asimismo, la convocatoria completa se encuentra en la siguiente página web:

https://www.ucm.es/compluemprende/programa-de-incentivos

Cuarto

Cuantía

La convocatoria está dotada con un importe máximo de 200.000,00 euros. Los premios tendrán una cuantía entre 15.000,00 euros y 25.000,00 euros. Se otorgarán un máximo de diez premios.

Quinto

Modo y plazo de presentación de solicitudes

Las solicitudes, disponibles en https://www.ucm.es/compluemprende/programa-de-incentivos deberán presentarse de forma electrónica en el plazo de veinte días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación del presente extracto de la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Sexto

Otros datos

A la solicitud deberá acompañarse, el formulario de solicitud, un documento explicativo del plan de empresa o modelo de negocio (según el caso) entre otra documentación especificada en la convocatoria completa.

Madrid, a 21 de noviembre de 2024.—El Rector de la Universidad Complutense de Madrid, Joaquín Goyache Goñi.

(03/19.236/24)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.170.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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