Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 285

Fecha del Boletín 
29-11-2024

Sección 3.10.20F: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20241129-72

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE FUENTIDUEÑA DE TAJO

RÉGIMEN ECONÓMICO

72
Fuentidueña de Tajo. Régimen económico. Modificación presupuestaria

Acuerdo del Pleno de 15 de noviembre de 2024, de la entidad de Fuentidueña de Tajo por el que se aprueba inicialmente el expediente de modificación de créditos número 2/2024 del presupuesto en vigor, en la modalidad de transferencia de crédito financiado mediante bajas de otros créditos.

El Pleno de esta entidad, en sesión extraordinaria celebrada el día 15 de noviembre de 2024, acordó la aprobación inicial del expediente de modificación de créditos financiado mediante bajas de otros créditos.

Aprobado inicialmente el expediente de modificación de crédito financiado mediante bajas de otros créditos, por acuerdo del Pleno de 15 de noviembre de 2024, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 169.1 por remisión del 177.2 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se somete a información pública por el plazo de quince días, a contar desde el día siguiente al de publicación del presente anuncio en este “Boletín Oficial de la Provincia”.

Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier persona interesada en las dependencias municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes. Asimismo, estará a disposición de las personas interesadas en la sede electrónica de esta entidad ( http://fuentiduenadetajo.sedelectronica.es ).

Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado alegaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho acuerdo.

Fuentidueña de Tajo, de 18 de noviembre de 2024.—El alcalde, José Antonio Domínguez Chacón.

(03/19.067/24)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20F: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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