Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 295

Fecha del Boletín 
11-12-2024

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20241211-61

Páginas: 10


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ALCORCÓN

OFERTAS DE EMPLEO

61
Alcorcón. Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo

En relación con el proceso selectivo que está llevando a cabo este Ayuntamiento para proveer, mediante concurso-oposición en turno libre, una plaza de Técnico/a Superior, puesto de trabajo Profesor/a Escuela de Música (especialidades de guitarra y atención de necesidades especiales), se pone en conocimiento de los interesados lo siguiente:

Primero.—Que por la Junta de Gobierno de este Ayuntamiento, en sesión celebrada el día 26 de noviembre de 2024, se aprobó la convocatoria anteriormente citada, cuyo literal es el siguiente:

«CONVOCATORIA Y BASES ESPECÍFICAS PARA LA COBERTURA DE 1 PLAZA DE TÉCNICO/A SUPERIOR, PUESTO DE TRABAJO DE PROFESOR/A ESCUELA DE MÚSICA (ESPECIALIDADES DE GUITARRA Y ATENCIÓN DE NECESIDADES ESPECIALES), MEDIANTE EL SISTEMA DE CONCURSO-OPOSICIÓN LIBRE PARA EL AYUNTAMIENTO DE ALCORCÓN

1. Objeto de la convocatoria

Es objeto de la presente Convocatoria la cobertura de 1 plaza de la categoría Técnico/a Superior, vacante en la plantilla de personal funcionario del Ayuntamiento.

— Clasificación: Escala de Administración Especial, Subescala Técnica, Clase Técnico/a Superior.

— N.o de plazas: Una (1).

El número de plazas podrá incrementarse con las que resulten vacantes, por cualquier causa, de conformidad a lo establecido en el apartado 1.5 de las Bases Generales que regirán los procesos selectivos para el ingreso o acceso como funcionarios de carrera a las escalas de Administración General y Administración Especial del Ayuntamiento de Alcorcón (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID 12/10/2019).

— Denominación del PT correspondiente: Profesor/a Escuela de Música (especialidades de guitarra y atención de necesidades especiales).

— Procedimiento de Selección: Concurso-Oposición.

Esta plaza está incluida en la Oferta de Empleo Público correspondiente al año 2021 del Ayuntamiento de Alcorcón publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de fecha 14 de enero de 2022.

Las características del PT asociado en la RPT vigente son las siguientes:

Este puesto de trabajo está ocupado provisionalmente de forma interina.

2. Normativa

En lo no previsto en estas Bases se estará a lo dispuesto en el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (en adelante TRLEBEP) aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015 de 30 de octubre, en la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, en la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, en el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, en las Bases Generales que regirán los procesos selectivos para el ingreso o acceso como funcionarios de carrera a las escalas de Administración General y Administración Especial del Ayuntamiento de Alcorcón (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID 12/10/2019), modificadas por Acuerdo de JGL de fecha 18 de enero de 2022 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID 3/2/2022), y demás normativa de aplicación.

3. Derechos de examen

Para proceder al pago de la tasa por derechos de examen, consulte el documento “Instrucciones para el pago de tasas de examen” disponible en el apartado de Empleo Público de la página web municipal ( www.ayto-alcorcon.es ).

La tasa corresponde a la Tarifa “Plazas del Grupo A1 y asimilados”.

En ningún caso, el pago en la entidad bancaria correspondiente supondrá la sustitución del trámite de presentación en tiempo y forma de la solicitud de participación en estas pruebas.

No procederá la devolución de los derechos de examen en los supuestos de exclusión de la Convocatoria por causa imputable a la persona interesada, ni tampoco por la no presentación a las pruebas selectivas.

4. Requisitos de las personas aspirantes

Además de los requisitos generales establecidos en el apartado 3.1.1 de las Bases Generales, los/as aspirantes deberán estar en posesión o en condiciones de obtener a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes de los títulos conducentes a poder impartir las especialidades vinculadas al puesto de trabajo.

Para la especialidad de guitarra será necesario poseer alguna de las siguientes titulaciones, todas ellas equivalentes:

— Título Superior de Música, especialidad Guitarra.

— Titulo Superior de Música, especialidad Pedagogía, opción Guitarra.

— Título Superior de Música, especialidad Interpretación (LOE), instrumento Guitarra (en este caso debe ir acompañada de un certificado de estudios).

— Título de Profesor y Título Profesional, expedido al amparo del Decreto de 15 de junio de 1942, y Diplomas de Capacidad correspondientes a planes anteriores, en la especialidad de Guitarra.

— Título de Profesor Superior, expedido al amparo del Decreto 2618/1966, de 10 de septiembre, en la especialidad de Guitarra.

En lo relativo a la atención de necesidades especiales será necesario estar en posesión del máster universitario oficial en Musicoterapia.

También es requisito para participar en esta convocatoria carecer de antecedentes de delitos de naturaleza sexual.

Los requisitos establecidos en la presente convocatoria deberán cumplirse en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la toma de posesión.

5. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de instancias será de 20 días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto del anuncio de la Convocatoria en el “Boletín Oficial del Estado”.

Para ser admitidas, las personas aspirantes deberán presentar:

a) Anexo II. Solicitud, que puede descargarse en la web municipal y que incluye declaración responsable de cumplimiento de los requisitos establecidos en estas bases a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

b) Fotocopia del D.N.I.

c) Fotocopia del títulos o títulos exigidos en la Convocatoria conforme al apartado 4.

d) Justificante del pago de los derechos de examen o, en caso de exención del mismo, Anexo IV. Declaración responsable y certificado/s correspondiente/s.

Los méritos que las personas aspirantes deseen hacer valer en el concurso deberán detallarse en el Anexo III y serán justificados mediante la aportación de los documentos indicados a continuación:

— Para los méritos referidos a la experiencia laboral o profesional deberá presentarse certificado/informe de vida laboral expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social, acompañado de los contratos de trabajo o de cualquier otro documento en el que se haga constar la categoría desempeñada.

— Los méritos formativos se acreditarán mediante título, diploma o certificado que exprese el contenido y la duración de las acciones formativas.

Dicha documentación y el Anexo III, deberán presentarse junto con la solicitud. En caso contrario, el Órgano de Selección no podrá tenerlo en cuenta a la hora de la valoración del concurso.

Solo se podrán valorar aquellos méritos obtenidos antes de la fecha en que termine el plazo de admisión de instancias.

6. Publicaciones en el tablón de anuncios

Todas las referencias hechas al “Tablón de Anuncios” en las Bases Generales, deberán entenderse realizadas a la web municipal.

7. Lugar de presentación de solicitudes

Las solicitudes, según Anexo II, se presentarán en el Registro Electrónico o en el Registro General del Ayuntamiento de Alcorcón, dentro del plazo indicado en el apartado 5. También podrán presentarse en la forma que determina el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, junto con el resto de documentación exigida.

Para las solicitudes presentadas en formato electrónico, la documentación deberá adjuntarse en formato pdf o similar. Por motivos de seguridad, no se admitirá ningún documento al que hubiera que acceder mediante un enlace a la nube.

8. Admisión de personas candidatas

Se aplicará lo previsto en el apartado 5 de las Bases Generales, salvo la designación nominal del Tribunal Seleccionador y el lugar, fecha y horas del comienzo del proceso selectivo, que se harán públicos únicamente en la Web municipal tras la publicación de la relación definitiva prevista en el apartado 5.4 de las Bases Generales.

La inclusión de las personas aspirantes en los listados provisionales y definitivos de admitidos no implica la verificación del cumplimiento de todos y cada uno de los requisitos exigidos para el ingreso en la Función Pública y los especialmente señalados en esta convocatoria, que deberán ser acreditados documentalmente por las personas propuestas para el nombramiento antes del mismo.

9. Órgano de selección

El Tribunal de Selección estará compuesto por un/a Presidente/a, un/a Secretario/a y tres Vocales, así como una persona suplente por cada una de ellas.

De conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, los órganos de selección serán colegiados y su composición deberá ajustarse a los principios de imparcialidad y profesionalidad de sus miembros, y se aplicará la paridad entre mujer y hombre.

La designación de sus miembros será predominantemente técnica y los/as vocales deberán poseer titulación o especialización iguales o superiores a las exigidas para el acceso a las plazas convocadas. La designación de los/as miembros del Tribunal, incluirá la de sus respectivos/as suplentes.

En caso de ser necesario, se permite la participación, intervención y/o asesoramiento en el Tribunal, de personal asesor especializado, en base al apartado 6.12 de las Bases Generales bases generales que habrán de regir las pruebas selectivas para el ingreso o acceso, como funcionario de carrera, a las escalas de Administración General y Administración Especial de este Ayuntamiento, a la Orden 1285/99 de la Consejería de Hacienda y al punto 7.o de la Orden 1175/1988 de la Consejería de Hacienda.

10. Sistema de selección y calificación

El sistema de selección será el de concurso-oposición. Primero se realizará la fase de oposición y posteriormente la de concurso.

A. Fase de oposición:

Los ejercicios de esta convocatoria serán tres de carácter obligatorio para todas las personas aspirantes y versarán sobre el temario indicado en el Anexo I. La puntuación máxima de esta fase será de 70 puntos.

A.1. Primer ejercicio: Test.

Consistirá en la realización de una prueba tipo test, consistente en responder 80 preguntas, más 5 preguntas de reserva, con 3 respuestas alternativas, siendo solo una de ellas correcta, sobre la totalidad del temario indicado en el Anexo I (temario general y temario específico). El acierto puntúa 0,25 y el error resta 0,12. El tribunal se reserva el derecho a redondear las puntuaciones finales si así lo estimara conveniente.

Este ejercicio se realizará en el tiempo máximo que previamente fije el Órgano de Selección y que se dará a conocer a los/as candidatos/as antes del comienzo del mismo. En cualquier caso, la duración no superará los 90 minutos.

Este ejercicio se calificará de 0 a 20 puntos, siendo necesario para aprobar obtener una calificación de 10 puntos.

A.2. Segundo ejercicio: Interpretación.

Los/las aspirantes deberán interpretar las siguientes obras, con guitarra:

— Una obra de obligada interpretación: Capricho Diabólico Opus 85 (Mario Castelnuovo Tedesco).

— Dos obras de libre elección. La duración total de esta parte de la prueba no debe ser inferior a 20 minutos ni superior a 30 minutos.

El Órgano de Selección solicitará al/a la aspirante la interpretación de una obra o fragmentos de las mismas. Dichas obras deberán ser de diferentes estilos. El/la aspirante deberá aportar tres ejemplares de las partituras de su programa al Tribunal.

No es obligatorio el acompañamiento de piano. Si se precisa pianista se pondrá a disposición de los/as aspirantes un piano para dicho acompañamiento, siendo el/la propio/a opositor/a quien aporte el/la pianista acompañante.

El Tribunal de selección dará a conocer al menos con 48 horas de antelación la fecha y hora en que cada aspirante realizará el ejercicio.

Este ejercicio se calificará de 0 a 25 puntos, siendo necesario para aprobar obtener una calificación de 12,50 puntos.

A.3. Tercer ejercicio: Ejercicio de presentación profesional.

Los/as aspirantes que hayan superado el segundo ejercicio procederán a exponer ante el Tribunal durante 20 minutos una programación de la práctica instrumental de guitarra: objetivos, contenidos, secuenciación, evaluación y metodología en una escuela de música. Los/as aspirantes deberán contar con medios propios de presentación, que deberán ser compatibles con el entorno tecnológico municipal, para lo que podrán contactar con el departamento de informática una vez convocados.

El Tribunal podrá preguntar y debatir con el/la aspirante sobre la presentación realizada y cualquier aspecto profesional relacionado.

El Tribunal valorará la capacidad de comunicación del candidato, la competencia docente, los conocimientos de la realidad de la profesión, la adecuación del proyecto al temario de esta Convocatoria y la respuesta a las preguntas del Tribunal fluida y acorde a las normativas y buenas prácticas profesionales.

Este ejercicio se calificará de 0 a 25 puntos, siendo necesario para aprobar obtener una calificación mínima de 12,5 puntos.

A.4. Calificación de la fase de oposición:

Las puntuaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios se harán públicas en la página web municipal.

La calificación final de la fase de oposición será el resultado de la suma aritmética de las puntuaciones obtenidas en los distintos ejercicios, siempre que se hubiera obtenido la puntuación mínima requerida en cada uno de ellos.

B. Fase de concurso:

El resultado de la fase de concurso se hará público en la página web municipal.

La puntuación máxima de esta fase será de 30 puntos.

Únicamente se valorará la fase de concurso a aquellos/as aspirantes que hayan superado la fase de oposición. Se valorará la antigüedad en la administración pública y la experiencia desempeñando funciones profesionales propias de Técnico/a Superior, la experiencia en el ámbito de Contratación, así como la formación académica y preparación para el desempeño de las funciones según el baremo siguiente.

B.1. Antigüedad:

La puntuación máxima de este apartado será de 5 puntos:

— Por haber desempeñado Puestos de Trabajo como empleado/a público/a, a razón de 1 punto por cada año completo o fracción superior a 6 meses, con un máximo de 5 puntos.

B.2. Experiencia profesional:

La puntuación máxima en este apartado serán 18 puntos.

— Por haber desempeñado el puesto de trabajo de Profesor/a de Música en la especialidad guitarra o necesidades especiales, como empleado/a público/a o en empresas privadas a razón de 0,5 puntos por cada mes completo hasta un máximo de 18 puntos.

— Por haber desempeñado el puesto de trabajo de Profesor/a de Música en una especialidad distinta de guitarra o necesidades especiales, como empleado/a público/a o en empresas privadas a razón de 0,2 puntos por cada mes completo trabajado hasta un máximo de 10 puntos.

B.3. Formación:

La suma de este apartado tendrá un máximo de 7 puntos.

B.3.1. Otras titulaciones. Máximo 1 punto.

— Por poseer otra titulación universitaria distintas de las aportadas como requisito para participar en la convocatoria: 1 punto.

B.3.2. Cursos de Formación:

La suma de este apartado tendrá un máximo de 6 puntos. Se otorgarán 0,006 puntos por hora formativa acreditada en materias directamente relacionadas con el puesto de trabajo convocado sea tanto en la especialidad de guitarra, necesidades especiales o en cualquier otra especialidad.

— Únicamente se valorarán aquellos cursos superados para los cuales se presente un certificado de acreditación o diploma con el nombre del aspirante, fecha de expedición y duración del mismo.

— Los cursos deberán tendrán una duración mínima acreditada al menos igual o superior a 20 horas.

— En aquellos casos en que el título y la denominación de la actividad formativa que figura en la documentación acreditativa no permita identificar nítidamente el área o contenido formativo a que se refiere, la persona interesada deberá aportar el programa formativo.

— Los cursos susceptibles de valoración serán los cursos de formación y perfeccionamiento, impartidos por el Ayuntamiento de Alcorcón y otras Administraciones Públicas, Centros o Entidades acogidos al Plan de Formación Continua de las Administraciones Públicas o que cuenten con convenios de formación con las Administraciones Públicas, los impartidos por Universidades o entidades de reconocido prestigio musical.

— Los cursos relacionados con temas de Igualdad y Prevención de Riesgos Laborales genéricos se puntuarán hasta un máximo de 0,6 puntos. Los cursos de Prevención de Riesgos Laborales cuyo contenido esté referido al puesto que se convoca se puntuarán de forma general, no dentro de este apartado.

B.4. Calificación de la fase de concurso:

La calificación final de la fase de concurso será el resultado de la suma aritmética de la puntuación obtenida en el apartado de antigüedad y experiencia profesional más la obtenida en el apartado de formación.

Las puntuaciones de esta fase se harán públicas en la página web.

C. Puntuación definitiva:

La puntuación total y definitiva vendrá dada por la suma de las parciales obtenidas en la fase de oposición y en la de concurso.

El órgano de Selección publicará en la página web municipal las puntuaciones de los/as opositores/as.

11. Nombramiento

Las personas propuestas por el Tribunal presentarán en el Servicio de Recursos Humanos, en el plazo de 10 días hábiles, computados desde el siguiente a la publicación del anuncio con la propuesta de nombramiento, los documentos que acrediten que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos para el ingreso en la Función Pública y los especialmente señalados en esta convocatoria, según declaración responsable realizada con la firma de la solicitud para la participación en este proceso selectivo. También deberán presentar certificación del Registro Central de delincuentes sexuales prevista en la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, de modificación parcial del Código Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil, de no haber sido condenado/a por sentencia firme por ningún delito contra la libertad e indemnidad sexual.

Si de la documentación presentada se deduce que no reúnen los requisitos exigidos, si dicha documentación no es presentada en el plazo señalado, si renuncia, o si existen circunstancias sobrevenidas que imposibiliten la incorporación antes del nombramiento, las personas serán excluidas del proceso selectivo, perdiendo el derecho al nombramiento y pudiendo recaer el mismo en la siguiente persona de la lista por orden de puntuación, para lo que se solicitará al Tribunal de Selección una relación complementaria de los/las aspirantes que sigan a los propuestos para su posible nombramiento como funcionarios/as.

12. Bolsa de trabajo

Las personas aspirantes que hubieran superado la fase de oposición o alguno de los ejercicios incluidos en esta formarán parte de una Bolsa de trabajo según el orden de la puntuación definitiva obtenida. Ocuparán los primeros puestos de la lista aquellas personas que hayan superado los tres ejercicios de la fase de oposición ordenados de mayor a menor nota. A continuación, irán las personas que hayan superado los dos primeros ejercicios ordenados también de mayor a menor. En último lugar aparecerán las personas que solo hayan aprobado el primer ejercicio, colocados en orden decreciente. En caso de que hubiera empates, se resolverán por sorteo.

La bolsa que resulte de esta Convocatoria será sustituida por cualquier otra posterior que se convoque o que resulte de una Convocatoria de selección de plazas fijas.

En todo caso, deberá ser sustituida por una nueva bolsa en el plazo de tres años desde la fecha de la resolución que la apruebe. Excepcionalmente y por motivos de necesidad del Servicio podrá prorrogarse esta vigencia por un año más.

La inclusión de una persona en la bolsa no implica la verificación de requisitos necesarios para el ingreso en la función pública. Dicha verificación se realizará cuando las personas que forman parte de esta bolsa sean llamadas, momento en el que deberán presentar en el Servicio de Recursos Humanos los documentos que acrediten que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos para el ingreso en la Función Pública y los especialmente señalados en esta convocatoria, según declaración responsable realizada con la firma de la solicitud para la participación en este proceso selectivo. También deberán presentar certificación del Registro Central de delincuentes sexuales prevista en la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, de modificación parcial del Código Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil, de no haber sido condenado/a por sentencia firme por ningún delito contra la libertad e indemnidad sexual.

Si de la documentación presentada se deduce que no reúnen los requisitos exigidos, perderán el derecho al nombramiento y a formar parte de la bolsa.

ANEXO I

TEMARIO GENERAL

1. La Constitución española de 1978: derechos fundamentales y libertades públicas. Instituciones del Estado.

2. La organización del Estado en la Constitución. La Corona. Funciones constitucionales del Rey. Sucesión y regencia. El refrendo. Las Cortes Generales.

3. La organización territorial del Estado en la Constitución. Las Comunidades Autónomas. La Administración Local. El Estado de las Autonomías. Antecedentes. Modelo seguido por la Constitución española. Caracteres del derecho a la autonomía. Competencias.

4. Principios constitucionales de la Administración Local. El principio de autonomía: significado y alcance.

5. La Administración pública: rasgos característicos. La personalidad jurídica de las Administraciones Públicas. Tipología de los entes públicos. El principio de legalidad de la Administración. Potestades regladas y potestades discrecionales.

6. El Derecho Administrativo. Concepto. Fuentes del Derecho administrativo. La actividad organizativa de la Administración: principios jurídicos.

7. El acto administrativo. Concepto, clases y elementos. Su motivación y notificación. Eficacia y validez de los actos administrativos.

8. El procedimiento administrativo: principios generales y fases. El acto administrativo: eficacia y validez.

9. El administrado: concepto y clases. Actos jurídicos del administrado. Colaboración y participación de los ciudadanos en las funciones administrativas.

10. Contratos del sector público. Delimitación de los tipos contractuales, sujetos a regulación armonizada y contratos administrativos y contratos privados.

11. El régimen jurídico de los empleados públicos: normativa básica. Tipos de empleados públicos. El personal directivo de las Administraciones Públicas. Derechos y deberes de los empleados públicos. Deberes de conducta de los empleados públicos. Régimen jurídico del personal laboral de Administraciones públicas: la relación laboral de empleo público.

12. La Administración Local. Concepto y evolución en España. El Régimen Local. Regulación jurídica. La Administración Local. Entidades que comprende. Régimen de los municipios con población inferior a 5.000 habitantes.

13. Los órganos administrativos: concepto. Creación y supresión de órganos administrativos en la Ley 40/2015. La competencia: concepto. Delegación y avocación de competencias. La encomienda de gestión. La delegación de firma.

14. Los bienes de las Entidades Locales. Haciendas Locales: concepto y regulación.

15. Ordenanzas y reglamentos de las Entidades Locales. Clases. Procedimiento de elaboración y aprobación.

16. El reflejo constitucional del principio de estabilidad presupuestarla y sostenibilidad financiera. El desarrollo normativo del artículo 135 de la Constitución. Principios básicos de la Ley General Presupuestaria.

17. Los principios constitucionales del sistema tributario. La Ley General Tributaria: notas básicas. El reparto de competencias en materia tributaria. Los principales impuestos del sistema tributario español. La potestad tributaria de las Comunidades Autónomas y de las Entidades Locales.

18. Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres: objeto y ámbito de la ley. El principio de igualdad y la tutela contra la discriminación.

TEMARIO ESPECÍFICO

19. Historia general de la guitarra: Orígenes y antecedentes.

20. Evolución histórica de la guitarra desde sus orígenes hasta nuestros días.

21. Diferentes escuelas de construcción de la guitarra.

22. La guitarra moderna: Descripción de sus elementos característicos.

23. Mantenimiento, conservación y accesorios de la guitarra.

24. Aspectos fundamentales en la elección del instrumento.

25. Características sonoras del instrumento. Principios físicos de la producción del sonido en los instrumentos de cuerda pulsada. Peculiaridades derivadas del modo de producción del sonido.

26. Afinación de la guitarra.

27. Fundamentos teóricos de los sonidos armónicos. Armónicos naturales y artificiales. Formas convencionales y no convencionales de producción del sonido.

28. Técnicas de concienciación corporal: relajación física y mental, concentración, hábitos posturales, respiración, control y visualización mental, miedo escénico.

29. Aspectos anatómicos y fisiomecánicos más importantes en relación con la técnica de la guitarra.

30. Colocación del cuerpo y del instrumento.

31. La técnica de la guitarra: principios fundamentales. La función de las distintas partes de cada brazo en la técnica de la guitarra.

32. La técnica moderna de la guitarra: principios fundamentales. Aportación al desarrollo de la técnica moderna de guitarra de los grandes instrumentistas y pedagogos.

33. Evolución de las diferentes escuelas y métodos específicos de los instrumentos de cuerda pulsada.

34. Estudio comparativo de las concepciones estéticas, teóricas y técnicas de las diferentes escuelas.

35. Los diferentes métodos, colecciones de estudios, ejercicios y otros materiales pedagógicos. Valoración de su utilidad para el aprendizaje de los distintos aspectos de la técnica. Bibliografía especializada relacionada con el instrumento y su didáctica.

36. El repertorio de vihuela: su estilo y notación.

37. Tablaturas, criterios de transcripción y de edición del repertorio de vihuela.

38. El repertorio de guitarra renacentista: su estilo y notación.

39. Tablaturas, criterios de transcripción y de edición del repertorio de guitarra renacentista.

40. El repertorio de laúd renacentista: su estilo y notación. Escuelas nacionales.

41. Tablaturas, criterios de transcripción y de edición del laúd renacentista.

42. El repertorio de guitarra barroca: su estilo y notación. Escuelas nacionales.

43. Tablaturas, criterios de transcripción y de edición de la guitarra barroca.

44. Características, referidas a la evolución del estilo y de la escritura instrumental, del repertorio para laúd en el barroco.

45. Tablaturas, criterios de transcripción del laúd barroco.

46. La obra para laúd de J. S. Bach.

47. Características, referidas a la evolución del estilo y de la escritura instrumental, del repertorio guitarrístico de la segunda mitad del siglo XVIII. Criterios de transcripción para guitarra de seis cuerdas.

48. Características, referidas a la evolución del estilo y de la escritura instrumental, del repertorio guitarrístico clásico-romántico I: La escuela española.

49. Características, referidas a la evolución del estilo y de la escritura instrumental, del repertorio guitarrístico clásico-romántico II: Escuelas no españolas.

50. Características, referidas a la evolución del estilo y de la escritura instrumental, del repertorio guitarrístico de la segunda mitad del siglo XIX.

51. Características, referidas a la evolución del estilo y de la escritura instrumental, del repertorio guitarrístico de la primera mitad del siglo XX.

52. La influencia de Andrés Segovia.

53. Características, referidas a la evolución del estilo y de la escritura instrumental, del repertorio guitarrístico desde la segunda mitad del siglo XX hasta nuestros días. Nuevos recursos compositivos, formales, interpretativos y de notación desde la segunda mitad del siglo XX hasta nuestros días.

54. La práctica de grupo en las enseñanzas elementales. Programación de las actividades colectivas en el nivel de enseñanzas elementales: repertorio, conceptos relativos al lenguaje musical, técnica de interpretación en grupo, audición, improvisación y otros aspectos.

55. La práctica de grupo en las enseñanzas profesionales. Programación de las actividades colectivas en el nivel de enseñanzas profesionales: repertorio, conceptos relativos al lenguaje musical, técnica de interpretación en grupo, audición, improvisación y otros aspectos.

56. La música de cámara en las enseñanzas profesionales. Programación de la asignatura de cámara: repertorio, análisis, técnica de interpretación en grupo, audición, improvisación, lectura a primera vista y otros. Criterios pedagógicos para la elección del repertorio de la asignatura de cámara.

57. La guitarra como instrumento acompañante, tanto en las tradiciones populares como en la música culta. Características del repertorio de guitarra como instrumento acompañante y su interpretación, tanto en las tradiciones populares como en la música culta.

58. La transcripción: Conceptos generales, antecedentes históricos y criterios sobre la interpretación de transcripciones. Transcripciones del repertorio de otros instrumentos y de diferentes agrupaciones instrumentales.

59. Descripción y estudio comparado de los sistemas metodológicos más importantes de iniciación al instrumento. Criterios didácticos para la selección de repertorio a nivel inicial.

60. Criterios didácticos para la selección del repertorio en las enseñanzas elementales. Criterios didácticos para la selección del repertorio en las enseñanzas profesionales.

61. La creatividad y su desarrollo. La creatividad aplicada a todos los aspectos del desarrollo instrumental: Técnica, capacidad expresiva o comunicativa, inteligencia musical y personalidad artística. El desarrollo del espíritu emprendedor: cualidades, habilidades, actitudes y valores que engloba el espíritu emprendedor.

62. Métodos de trabajo y desarrollo de la autonomía en el estudio. El desarrollo de la capacidad del alumno para que encuentre soluciones propias de las dificultades del texto musical. Estrategias adecuadas.

63. Principios de improvisación en el instrumento: recursos, materiales y procedimientos. Aplicación a la realización de cifrados y al acompañamiento de melodías. La improvisación dirigida o libre. Uso de nuevos lenguajes y notaciones en la improvisación.

64. La lectura a primera vista. Técnicas, estrategias, análisis aplicado, métodos. Simplificación o reducción de la partitura. Criterios para la selección del material de lectura a primera vista adecuado a cada nivel.

65. La memoria. La educación de la memoria como base para la formación del oído interno y su desarrollo progresivo. Memoria sensorial. Tipos de memoria. Factores en el uso de la memoria. La memoria como elemento imprescindible en los diferentes aspectos que conforman el estudio del instrumento. Técnicas de memorización.

66. Interdisciplinariedad en los estudios de guitarra. La relación que conforman entre sí las diferentes asignaturas del currículo.

67. La música como patrimonio histórico-artístico cultural. La relación de la música con las corrientes estéticas y con las demás artes. Responsabilidad del docente en su valoración, preservación y transmisión a las actuales y a las futuras generaciones del patrimonio histórico-artístico cultural.

68. Las tecnologías de la información y de la comunicación aplicadas a la enseñanza y al aprendizaje del instrumento. Importancia de la utilización del software musical y de la selección de los recursos de Internet.

69. Fundamentos históricos y teóricos de la musicoterapia. ¿Qué es la musicoterapia? Teoría general de la musicoterapia.

70. Modelos de musicoterapia. Modelo conductista. Modelo Benenzón.

71. Modelos de musicoterapia. Modelo de Mary Priestley. Modelo GIM. Modelo Nordoff-Robbins.

72. Otros modelos de improvisación en musicoterapia. Características generales de la musicoterapia de improvisación. Modelo Alvin. Modelo Riordon-Bruscia. Terapia de improvisación metafórica. Terapia de improvisación integrativa.

73. Fundamentación y conceptualización general de la musicoterapia educativa y social. Aspectos metodológicos. Implantación institucional de un programa de musicoterapia.

74. Musicoterapia en los distintos contextos educativos y sociales. Musicoterapia con alumnado con NEE. Musicoterapia con alumnado con TDAH.

75. Musicoterapia en Educación Especial y con personas en riesgo de exclusión social. Evaluación musicoterapéutica en musicoterapia educativa y social.

76. Habilidades terapéuticas del musicoterapeuta. Competencias del musicoterapeuta. Funciones terapéuticas de los elementos musicales.

77. Aplicaciones terapéuticas de la música. El rol del musicoterapeuta y la música. Técnicas de intervención en musicoterapia. Toma de datos en musicoterapia.

78. Música y medicina. Musicoterapia hospitalaria. Elementos musicales y su aplicación en el ámbito hospitalario. La sesión de musicoterapia y su evaluación en ámbito hospitalario.

79. Aplicaciones clínicas de la musicoterapia: embarazo de riesgo y neonatología.

80. Aplicaciones clínicas de la musicoterapia: pediatría y adultos hospitalizados.

81. Aplicaciones clínicas de la musicoterapia: neurología, unidades del dolor y cuidados paliativos. Implementación de programas de musicoterapia en ámbito hospitalario.

82. Proyectos de musicoterapia: conceptos generales. Fases: planificación, desarrollo y evaluación. Técnicas de evaluación. Recogida y análisis de datos. Informe técnico y difusión de resultados.

83. Ética y deontología en musicoterapia. Pensamiento ético profesional. El Código Ético en Musicoterapia. Ética y musicoterapia en España. CEMPE.

84. Desarrollo ético del musicoterapeuta: competencia, límites y supervisión. Cuestiones del desarrollo profesional ético. Ética en investigación y ética profesional para la tercera edad en musicoterapia.

85. Investigar en musicoterapia: conceptualización. Método científico en musicoterapia. Diseño de un proyecto de investigación. El informe de investigación.

86. Investigar en musicoterapia: variables y diseño de experimentos, normalidad de la muestra, tablas estadísticas, estadística descriptiva.

87. Investigar en musicoterapia: coeficientes de correlación, escalas Likert, estadística inferencial, investigación cualitativa y publicación de trabajos de investigación.

88. La supervisión en musicoterapia. Diferencias en el proceso de supervisión. Transferencia y contratransferencia.

89. La supervisión en musicoterapia en Educación Especial, ámbito social y musicoterapia grupal.

90. La supervisión en ámbito hospitalario, salud mental, en la formación global, jornadas y congresos y en musicoterapia comunitaria».

Los Anexos II, III y IV correspondientes a esta convocatoria podrán descargarse en la página web municipal ( www.ayto-alcorcon.es ).

Segundo.—El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el “Boletín Oficial del Estado”.

Alcorcón, a 27 de noviembre de 2024.—El concejal delegado de Recursos Humanos y Atención Ciudadana, Miguel Ángel Palacios.

(02/19.575/24)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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