Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 296

Fecha del Boletín 
12-12-2024

Sección 1.2.104.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20241212-3

Páginas: 26


I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO

3
ORDEN 3039/2024, de 26 de noviembre, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso, por el sistema general de acceso libre y de promoción interna, en el Cuerpo de Técnicos Superiores Especialistas, Especialidad de Prevención de Riesgos Laborales, de Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A1, de la Comunidad de Madrid.

De conformidad con lo previsto en el Decreto 241/2021, de 22 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público para el año 2021 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 309, de 28 de diciembre), en el Decreto 53/2023, de 17 de mayo, del Consejo de Gobierno por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público para el año 2023 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 118, de 19 de mayo) y en el Decreto 58/2024, de 12 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público de la Comunidad de Madrid para el año 2024 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 140, de 13 de junio), así como en virtud de la habilitación conferida por el artículo 9.2 del Decreto de Oferta de Empleo Público para el año 2021, por el artículo 6.2 del Decreto de Oferta de Empleo Público para el año 2023 y por el artículo 6.2 del Decreto de Oferta de Empleo Público para el año 2024, en el ejercicio de las facultades otorgadas por el artículo 2.bis.7 del Decreto 74/1988, de 23 de junio, por el que se atribuyen competencias entre los Órganos de la Administración de la Comunidad, de sus Organismos Autónomos, Órganos de Gestión y Empresas Públicas en materia de personal, en relación y de acuerdo con el Decreto 230/2023, de 6 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 213, de 7 de septiembre), esta Consejería ha resuelto convocar dos procesos selectivos para el acceso, a través del sistema general de acceso libre y de promoción interna, para el ingreso en el Cuerpo de Técnicos Superiores Especialistas, Especialidad de Prevención de Riesgos Laborales, de Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A1, de la Comunidad de Madrid.

Ambos procesos selectivos son independientes y se regirán por las siguientes:

BASES DE CONVOCATORIA

BASES COMUNES

Resultarán de aplicación a los procesos selectivos objeto de la presente convocatoria, la Orden 290/2018, de 27 de junio, de la entonces Vicepresidencia, Consejería de Presidencia y Portavocía del Gobierno, por la que se aprueban las bases generales por las que se regirán las convocatorias de procesos selectivos de personal funcionario de administración y servicios de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 163, de 10 de julio), los criterios generales que para las pruebas selectivas de promoción interna del personal funcionario de administración y servicios de la Comunidad de Madrid han sido acordados en el seno de la Comisión de Seguimiento del Acuerdo Sectorial para el personal funcionario de la Comunidad de Madrid, en su reunión de fecha 11 de febrero de 2021, y que quedan incorporados a esta Orden, así como lo dispuesto en la Orden 1285/1999, de 11 de mayo, de la entonces Consejería de Hacienda, por la que se aprueban instrucciones relativas al funcionamiento y actuación de los Tribunales de Selección en el ámbito de la Administración de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 113, de 14 de mayo), en la Orden de 1 de julio de 2022, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se dictan instrucciones para la agilización de los procesos selectivos de acceso a la Administración de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 167, de 15 de julio), y en el resto de normas de aplicación en la materia.

BASES ESPECÍFICAS

Primera

Normas generales

1. Se convocan dos procesos selectivos para el acceso al Cuerpo de Técnicos Superiores Especialistas, Especialidad de Prevención de Riesgos Laborales, de Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A1, de la Comunidad de Madrid, uno para la cobertura de treinta y cuatro (34) plazas por el sistema de acceso libre y otro para cubrir cuatro (4) plazas por el sistema de promoción interna.

Del total de las treinta y cuatro (34) plazas convocadas por el sistema de acceso libre, tres (3) corresponden a la Oferta de Empleo Público de la Comunidad de Madrid para el año 2021, aprobada mediante Decreto 241/2021, de 22 de diciembre, del Consejo de Gobierno (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 309,de 28 de diciembre), treinta (30) a la Oferta de Empleo Público de la Comunidad de Madrid para el año 2023, aprobada por Decreto 53/2023, de 17 de mayo, del Consejo de Gobierno por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público para el año 2023 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 118, de 19 de mayo) y una (1) a la Oferta de Empleo Público de la Comunidad de Madrid para el año 2024, aprobada mediante Decreto 58/2024, de 12 de junio, del Consejo de Gobierno (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 140, de 13 de junio).

Las cuatro (4) plazas convocadas por el sistema de promoción interna corresponden a la Oferta de Empleo Público de la Comunidad de Madrid para el año 2023, aprobada mediante Decreto 53/2023, de 17 de mayo, del Consejo de Gobierno por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público para el año 2023 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 118, de 19 de mayo).

2. De conformidad con la normativa vigente relativa al acceso de las personas con discapacidad a la Administración Pública, para quienes tengan la condición legal de personas con discapacidad con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100, y siempre que se cumplan los requisitos que, a tal efecto, se establecen en dicha normativa, se reservan dos (2) plazas del total de las convocadas por el turno libre. Las plazas reservadas para el cupo de discapacidad se acumularán a las del turno libre, en caso de no haber personas aspirantes aprobadas por cada uno de dichos cupos.

3. El proceso selectivo del turno de promoción interna se convoca de forma independiente al de acceso por el turno libre y finalizará antes que este último.

Segunda

Principio de igualdad

1. El proceso selectivo convocado al amparo de la presente Orden cumplirá el principio de igualdad entre mujeres y hombres en el acceso al empleo público, de acuerdo con lo que establece el artículo 14 de la Constitución Española, evitando cualquier discriminación directa o indirecta en el acceso, tal y como establece la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de Mujeres y Hombres.

2. Por parte del tribunal calificador del presente proceso selectivo, se velará en todo momento por el estricto cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades a lo largo de todo el desarrollo del mismo.

Tercera

Personas aspirantes

1. Para ser admitidas y, en su caso, tomar parte en las pruebas selectivas bastará con que las personas aspirantes manifiesten en sus solicitudes de participación que reúnen, además de los requisitos que se recogen en la base sexta.1 de la Orden 290/2018, de 27 de junio, estar en posesión o en condiciones de obtener en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes del título de Grado, Licenciado, Ingeniero o Arquitecto, así como poseer la formación para el desempeño de las funciones preventivas de nivel superior correspondiente a las tres especialidades y disciplinas preventivas de Seguridad en el Trabajo, Higiene Industrial, Ergonomía y Psicosociología Aplicada, en virtud de lo dispuesto en el Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención.

En el supuesto de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación, en su caso, del correspondiente certificado de equivalencia conforme a la normativa que resulte de aplicación a tal efecto.

2. Aquellas personas que concurran por el turno de promoción interna, además de cumplir los requisitos anteriormente señalados, deberán estar a lo dispuesto en la base sexta.2 de la Orden 290/2018, de 27 de junio, ser personal funcionario de carrera del Cuerpo de Técnicos y Diplomados Especialistas, Especialidad Prevención de Riesgos Laborales, Grupo A, Subgrupo A2, de Administración Especial, de la Comunidad de Madrid, y acreditar un mínimo de dos años de servicios efectivos prestados como personal funcionario de carrera en dicho Cuerpo y Especialidad.

El personal funcionario de carrera de otras Administraciones Públicas que se encuentre prestando servicios en la Administración de la Comunidad de Madrid en virtud del procedimiento de movilidad establecido en el artículo 55 de la Ley 1/1986, de 10 de abril, de la Función Pública de la Comunidad de Madrid, podrá participar por el turno de promoción interna, siempre que sea personal funcionario de carrera de un Cuerpo y Especialidad de Administración Especial, equivalente al Cuerpo de Técnicos y Diplomados Especialistas, Especialidad Prevención de Riesgos Laborales, Grupo A, Subgrupo A2, de la Comunidad de Madrid y acrediten un mínimo de dos años de servicios efectivos prestados como personal funcionario de carrera en el Cuerpo y Especialidad de procedencia.

3. Las personas aspirantes que concurran por el cupo de discapacidad, además de reunir los restantes requisitos exigidos en esta convocatoria, deberán tener legalmente reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100, y acreditarlo en los términos señalados en la base decimocuarta.6, apartado d) de la Orden 290/2018, de 27 de junio.

4. En cuanto a las adaptaciones de tiempo y medios, cuando la adaptación solicitada consista en un tiempo adicional para la realización de alguna de las pruebas, se deberá concretar el tiempo adicional solicitado, el cual deberá ajustarse a lo establecido en la Orden PRE/1822/2006, de 9 de junio, por la que se establecen los criterios generales para la adaptación de tiempos adicionales en los procesos selectivos para el acceso al empleo público de personas con discapacidad.

Si la adaptación solicitada lo fuera de medios, se deberá concretar cuáles son estos. De igual modo, deberá especificarse, en su caso, las condiciones de accesibilidad que haya de tener el recinto o espacio físico donde estas se desarrollen.

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto 54/2006, de 22 de junio, del Consejo de Gobierno, en relación con lo estipulado en el artículo 36 de la Orden 1285/1999, de 11 de mayo, de la entonces Consejería de Hacienda, y a efectos de poder valorar la procedencia de la adaptación solicitada, se podrá, si así se estimase necesario, recabar informe y, en su caso, colaboración de los Centros Base de Valoración y Orientación a personas con discapacidad de la Comunidad de Madrid, de la Unidad Administrativa de Colaboración con el Instituto Nacional de la Seguridad Social o de otros órganos técnicos competentes.

Las personas aspirantes, que, aun teniendo alguna limitación, temporal o permanente, de su capacidad, no tengan la consideración de persona con discapacidad, deberán aportar certificado médico oficial que contenga los extremos señalados en los párrafos anteriores.

En el caso de las aspirantes embarazadas o en puerperio, se garantizará su acceso en condiciones de igualdad a la realización de los ejercicios de que consta este proceso selectivo, con independencia del momento en el que estas lo soliciten.

5. Todos los requisitos establecidos en las bases de esta convocatoria, deberán poseerse a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la toma de posesión como personal funcionario de carrera.

Cuarta

Solicitudes y plazo de presentación

1. La cumplimentación y presentación de solicitudes se ajustará a lo establecido en el Decreto 188/2021, de 21 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la obligación de relacionarse por medios electrónicos con la Administración de la Comunidad de Madrid del personal a su servicio y de los participantes en procesos selectivos.

2. Las solicitudes para participar en estas pruebas selectivas se deberán cumplimentar exclusivamente por medios electrónicos, a través de la página web correspondiente a esta convocatoria, accesible desde los siguientes enlaces:

http://www.comunidad.madrid/servicios/empleo/oposiciones-administracion-... para el turno libre y https://www.comunidad.madrid/gobierno/espacios-profesionales/oposiciones... para promoción interna, o en la Sede Electrónica de la Comunidad de Madrid, cuya URL es https://sede.comunidad.madrid .

Para ello, es necesario que la persona que realice la presentación disponga de uno de los certificados electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica, expedidos por prestadores incluidos en la “Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación, así como tener instalada la aplicación “Autofirma”, que podrá descargarse desde la Sección “Ayuda y Requisitos” de la ventana de “Identificación”.

Una vez se haya autenticado con el certificado, se accederá al formulario de la solicitud para su cumplimentación y anexado de la documentación que corresponda de entre las que se indican en el apartado 3 de esta base, de acuerdo con las instrucciones que también constan en el mismo, previo pago, en su caso, de la tasa por derechos de examen a que se refiere la base quinta de la presente Orden.

Finalizada la cumplimentación del formulario, el sistema le permitirá confirmarlo y enviarlo, procediéndose a la firma y registro electrónico de la solicitud, tras lo cual se generará un justificante de presentación que deberá guardar.

3. Las solicitudes de participación deberán ir acompañadas de la documentación que corresponda de entre las que se indican a continuación:

a) El ejemplar para la Administración del impreso modelo 030, acreditativo de haber abonado la tasa por derechos de examen y, en su caso, la documentación acreditativa de la exención parcial o total del pago de la misma, todo ello en la forma y términos dispuestos en la base octava.2 de la Orden 290/2018, de 27 de junio.

b) Quienes precisen adaptaciones de tiempo y medios para la realización de alguno de los ejercicios de que consta el proceso selectivo, deberán indicarlo en el apartado correspondiente de la solicitud de participación e identificar el tipo o tipos de adaptaciones pretendidas, sin que, en ningún caso, la adaptación pueda consistir en la exención de la realización del ejercicio, debiendo presentar la documentación acreditativa de la necesidad de las adaptaciones solicitadas, que habrá de ser aportada en la forma y términos establecidos en la base octava.6 de la Orden 290/2018, de 27 de junio.

c) Únicamente en aquellos casos en que la solicitud se presente y firme por medio de representante que actúa en nombre de la persona aspirante, se deberá aportar la correspondiente autorización en el formulario establecido al efecto, a través de la página web correspondiente a esta convocatoria, disponible en los siguientes enlaces:

http://www.comunidad.madrid/servicios/empleo/oposiciones-administracion-... para el turno libre y

https://www.comunidad.madrid/gobierno/espacios-profesionales/oposiciones... para promoción interna, o en la Sede Electrónica de la Comunidad de Madrid, cuya URL es https://sede.comunidad.madrid .

4. A efectos del cumplimiento del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (RGPD), de conformidad con lo regulado por la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y garantía de derechos digitales (LOPDGDD), y demás normativa vigente sobre la materia, los datos contenidos en la solicitud serán objeto de tratamiento automatizado por la dirección general competente en materia de Función Pública para el desarrollo del presente proceso selectivo, siendo su cumplimentación obligatoria para la admisión en el mismo.

Con la firma de la solicitud, la persona interesada da el consentimiento a la administración convocante para que pueda proceder a la publicación en la página web, o en cualquier espacio establecido al efecto, de los datos de carácter personal necesarios para los actos de trámite que se deriven de estos procesos selectivos.

5. El plazo de presentación de solicitudes de este proceso selectivo será de veinte días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación de la presente Orden en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

6. La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión de la persona aspirante.

7. En el caso de que se produjeran incidencias técnicas que imposibiliten el funcionamiento ordinario del sistema informático que sirve de soporte a la tramitación de este proceso selectivo en cualquiera de sus fases, se podrá llevar a cabo una ampliación del correspondiente plazo, siempre que este no se encuentre vencido, todo ello de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 32.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Quinta

Tasa por derechos de examen

1. En cuanto al pago de la tasa por derechos de examen se estará a lo dispuesto en la base octava.2 de la Orden 290/2018, de 27 de junio, haciendo constar en el campo Observaciones del pago de la tasa: “Acceso libre o promoción interna, dependiendo del caso, Técnicos Superiores Especialistas, Especialidad de Prevención de Riesgos Laborales, A1”.

2. Salvo que resulte de aplicación alguna de las exenciones totales recogidas en la precitada base octava.2 de la Orden 290/2018, de 27 de junio, quienes soliciten participar en las pruebas selectivas deberán liquidar, en la forma establecida en la misma, la tasa por derechos de examen correspondiente a la Titulación Subgrupo A1/Grupo Profesional I:

— Para las personas aspirantes que participen en el proceso selectivo por el sistema de acceso libre: derechos de examen procesos selectivos de los que se deriven formación de lista espera o bolsa de trabajo y que asciende a 52,91 euros. Para quienes sean miembros de familias numerosas de categoría general, el importe de la tasa será de 26,45 euros.

— Para las personas aspirantes que participan en el proceso selectivo por el sistema de promoción interna: derechos ordinarios de examen y que asciende a 42,34 euros. Para quienes sean miembros de familias numerosas de categoría general, el importe de la tasa será de 21,17 euros.

3. En ningún caso, el pago de la tasa de los derechos de examen o la justificación de la concurrencia de alguna de las causas de exención total o parcial del mismo supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud de participación en el presente proceso selectivo, en los términos recogidos en la base tercera de esta convocatoria.

Sexta

Admisión de aspirantes

En cuanto a la admisión de los aspirantes, se estará a lo dispuesto en la base novena de la Orden 290/2018, de 27 de junio.

Séptima

Tribunal calificador

1. El tribunal calificador de estas pruebas selectivas será designado por Resolución de la Dirección General de Función Pública, que se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y se constituirá de acuerdo con lo establecido en el artículo 4 de la Orden 1285/1999, de 11 de mayo, de la Consejería de Hacienda, por la que se aprueban instrucciones relativas al funcionamiento y actuación de los tribunales de selección en el ámbito de la Administración de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 113, de 14 de mayo).

2. A efectos de cobro de indemnizaciones por razón del servicio, este órgano de selección quedará incluido en la categoría primera, de conformidad con lo establecido en el artículo 30 del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio, rigiéndose por lo establecido en la base décima de la Orden 290/2018, de 27 de junio, y siéndole de aplicación el importe de las cuantías establecidas en la Orden de 16 de marzo de 2022, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se establece el importe de las asistencias por participación en órganos de selección del personal al servicio de la Administración de la Comunidad de Madrid.

3. El régimen jurídico aplicable al tribunal calificador será el que se establece para los órganos colegiados en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, en la Orden 1285/1999, de 11 de mayo, de la Consejería de Hacienda, en la Orden de 1 de julio de 2022, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se dictan instrucciones para la agilización de los procesos selectivos de acceso a la Administración de la Comunidad de Madrid y en cualquier otra normativa que resulte de aplicación, todo ello sin perjuicio de lo recogido en el artículo 24.6 del Acuerdo Sectorial sobre condiciones de trabajo del personal funcionario de administración y servicios de la Administración de la Comunidad de Madrid (2021-2024).

4. En cuanto a la regulación del número de sesiones, devengo y percepción de asistencias de los miembros del órgano de selección, también será de aplicación lo dispuesto en la Orden 1175/1988, de 18 de mayo, de la Consejería de Hacienda, por la que se dictan normas en relación con las reuniones de tribunales y órganos encargados de la selección de personal al servicio de la Comunidad de Madrid, y se establecen criterios sobre devengo y percepción de asistencias por la concurrencia a dichas reuniones (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 143, de 17 de junio), en la Orden de 1 de julio de 2022, y en el resto de normativa de aplicación en la materia.

5. El órgano de selección, en su sesión de constitución, aprobará, a propuesta del presidente y según lo previsto en el artículo 22.f) de la Orden 1285/1999, de 11 de mayo, un calendario indicativo de actuaciones en el que se determinarán los plazos máximos en los que se realizarán los diferentes ejercicios del presente proceso selectivo, se publicarán las relaciones de aprobados de los mismos, la baremación de la fase de concurso en su caso, y la elevación a la dirección general competente en materia de Función Pública de la propuesta provisional de aspirantes que hayan superado el proceso de selección, en los términos establecidos en la instrucción octava de la Orden de 1 de julio de 2022.

6. Todo el desarrollo de este proceso selectivo se regirá por lo recogido en el Decreto 188/2021, de 21 de julio, tanto en la fase de presentación de solicitudes, tal y como se recoge en la base tercera de esta Orden, como en el envío de comunicaciones. Asimismo, todas las comunicaciones o tratamiento de datos que se efectúen durante el desarrollo del proceso selectivo, en todas sus fases, habrán de garantizar el cumplimiento de la normativa vigente en materia de protección de datos de carácter personal y en condiciones adecuadas de ciberseguridad, según los estándares establecidos por el órgano competente en materia de Administración Digital de la Comunidad de Madrid, de acuerdo con la legislación vigente en cada momento.

7. Por parte del tribunal calificador de los presentes procesos selectivos, se velará en todo momento por el estricto cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades a lo largo de todo el desarrollo de los mismos.

Octava

Sistema selectivo

1. El sistema de selección será el de oposición para las personas aspirantes que participen en el proceso selectivo de acceso libre y de concurso-oposición para las que lo hagan por el de promoción interna, con las valoraciones, ejercicios y puntuaciones que se especifican en los Anexos I y II, respectivamente, de esta Orden.

2. El desarrollo de la oposición se regirá por lo dispuesto en la base decimosegunda de la Orden 290/2018, de 27 de junio, y por el programa que figura como Anexo III para el proceso selectivo de acceso libre y Anexo IV para el de promoción interna de la presente convocatoria.

3. La legislación aplicable y exigible en los ejercicios de que consta la fase de oposición de esta convocatoria referida a los temas incluidos en el programa que figura como Anexos III y IV de esta Orden, será la vigente en la fecha de publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de la Resolución por la que se aprueben las relaciones definitivas de personas aspirantes admitidas y excluidas en este proceso selectivo y se anuncie la celebración del primer ejercicio del mismo, en todo aquello que no se encuentre expresamente contemplado en las bases recogidas en la presente Orden y teniéndose en cuenta, en el caso de la normativa que haya sido derogada, la que la sustituya a la misma fecha de publicación ya indicada.

4. Por parte del tribunal calificador se garantizará en los llamamientos realizados para la lectura posterior de exámenes realizados por las personas participantes que, en cada llamamiento, se incluya un número mínimo de cuatro opositores por sesión, atendiendo a lo establecido en la Instrucción Decimoprimera de la Orden de 1 de julio de 2022 de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se dictan instrucciones para la agilización de los procesos selectivos de acceso a la Administración de la Comunidad de Madrid. (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 167, de 15 de julio).

A efectos de calcular, en cada caso, el número de personas aspirantes por llamamiento a partir del mínimo recogido en el párrafo anterior, se tomará como referencia la celebración de sesiones con una duración igual o superior a cuatro horas.

Asimismo, en razón de las características y la duración de cada una de las lecturas, la dirección general competente en materia de Función Pública podrá modificar el citado número, bien a iniciativa propia, bien a propuesta del órgano de selección.

Los llamamientos deberán hacerse en días hábiles consecutivos, sin que pueda existir interrupciones superiores a un día hábil por cada nueve de llamamientos, y ello sin perjuicio de las interrupciones en el desarrollo del proceso por ocasión de vacaciones durante los días que median entre el 23 de diciembre y el 7 de enero de cada año, ambos inclusive y durante el mes de agosto.

En cada uno de los llamamientos se incluirá un número de suplentes equivalente, al menos, al 50 por 100 de las personas convocadas.

El órgano de selección, a fin de asegurar el cumplimiento de lo anterior y cualquiera que sea la forma efectiva en que tengan lugar las convocatorias concretas, conforme a lo dispuesto en el artículo 63.1, letras a) y b) de la Orden 1285/1999, de 11 de mayo, efectuará una calendarización indicativa de estos llamamientos, a la que dará publicidad con anterioridad a su inicio y adoptará las medidas internas que sean precisas para garantizar el quórum en todas las sesiones programadas, a cuyos efectos podrán actuar de manera concurrente miembros titulares y suplentes, en los términos establecidos en el artículo 10.2 de la citada Orden.

A efectos de agilización de los presentes procesos selectivos y en aplicación de lo recogido en la instrucción novena.4 y 5 de la Orden de 1 de julio de 2022, se podrán realizar en una misma sesión varios ejercicios que conforman estos procesos selectivos, cuando por su naturaleza y duración ellos resulte técnica y materialmente posible, siendo en estos casos cada ejercicio objeto de corrección independiente, pasando únicamente a valorarse el segundo ejercicio, para aquellas personas aspirantes que hayan alcanzado el nivel establecido por el órgano de selección para superar el ejercicio inmediatamente precedente.

En todo caso, podrán, al menos, acumularse ejercicios cuya duración conjunta no supere cinco horas en la misma sesión diaria para los mismos aspirantes, sin incluir los tiempos de descanso que pudieran establecerse entre ellos, y siempre que no existan razones técnicas o materiales que lo impidan.

5. En el caso de las aspirantes que se encuentren en situación de embarazo o puerperio, se valorará por parte del tribunal calificador la posibilidad de invertir el orden realización de los ejercicios o su aplazamiento, todo ello sin menoscabo del derecho de todas las personas aspirantes a una resolución de cada proceso selectivo ajustada al calendario previsto.

6. El tribunal calificador, con carácter previo a la celebración de los ejercicios de la fase de oposición de cada proceso selectivo, publicará los criterios concretos de corrección de cada uno de ellos, que en su caso, no se encuentren expresamente establecidos en la presente Orden, en el enlace de la página web de la Comunidad de Madrid correspondiente, accesible a través:

http://www.comunidad.madrid/servicios/empleo/oposiciones-administracion-... para el turno de acceso libre, y de

https://www.comunidad.madrid/gobierno/espacios-profesionales/oposiciones... para promoción interna, o en la Sede Electrónica de la Comunidad de Madrid, cuya URL es https://sede.comunidad.madrid

7. El orden de actuación de las personas aspirantes se iniciará alfabéticamente por aquella cuyo primer apellido comience por la letra “N”, de conformidad con la Resolución de 2 de abril de 2024, de la Dirección General de Función Pública, por la que se hace público el resultado del sorteo efectuado con objeto de determinar el orden de actuación de los aspirantes en los procesos selectivos que se celebren durante el año 2024 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 89, de 15 de abril).

8. La fecha y lugar exacto de celebración del primer ejercicio se hará constar, a propuesta del Tribunal de selección, en la Resolución por la que se aprueben las relaciones definitivas de personas aspirantes admitidas y excluidas del proceso selectivo, que se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con una antelación mínima de diez días hábiles.

La publicación del anuncio de celebración del segundo y, en su caso, sucesivos ejercicios, así como la de la lista de personas aprobadas de los mismos, se efectuará en la página web correspondiente de cada convocatoria, accesible a través de los siguientes enlaces: http://www.comunidad.madrid/servicios/empleo/oposiciones-administracion-... para el turno de acceso libre y de:

https://www.comunidad.madrid/gobierno/espacios-profesionales/oposiciones... para promoción interna, o en la Sede Electrónica de la Comunidad de Madrid, cuya URL es https://sede.comunidad.madrid

9. La celebración del primer ejercicio podrá realizarse a partir del primer trimestre de 2025.

Novena

Lista de aprobados del proceso selectivo y acreditación de cumplimiento de requisitos

1. El tribunal calificador hará pública, en los términos dispuestos en la base decimocuarta de la Orden 290/2018, de 27 de junio, la relación de aspirantes que han superado el proceso selectivo, indicando los siguientes extremos:

— Número de orden obtenido en el proceso selectivo de acuerdo con la puntuación total alcanzada.

— Identificación de la persona aspirante, en los términos dispuestos en la normativa aplicable.

— Calificaciones obtenidas en cada ejercicio de la fase de oposición del proceso convocado por el turno de acceso libre y, en el caso del proceso convocado por promoción interna, calificaciones alcanzadas en cada uno de los ejercicios de la fase de oposición, el total de la puntuación de la fase de oposición y del concurso y la calificación final del concurso-oposición.

— Calificación final del proceso selectivo.

2. En cuanto a la acreditación de cumplimiento de requisitos por parte de las personas aspirantes que hayan superado el proceso selectivo, se estará a lo dispuesto en las bases decimocuarta.6 a decimocuarta.10 de la Orden 290/2018, de 27 de junio.

3. La presentación de la documentación indicada en el apartado anterior deberá realizarse exclusivamente por medios telemáticos, en aplicación de lo recogido en el Decreto 188/2021, de 21 de julio.

4. Las personas aspirantes que participen por el turno de promoción interna y aprueben todos los ejercicios de la fase de oposición, pero no superen el proceso selectivo en su conjunto, podrán optar por quedar exentas de la realización de los mismos en la convocatoria siguiente, siempre que el programa, el tipo de pruebas a realizar y su forma de calificación sean idénticos y no hubiera transcurrido un plazo superior a tres años entre ambas convocatorias, manteniendo, en este caso y por una sola vez, la calificación obtenida en los ejercicios de la convocatoria previa, tal y como se establece en la base undécima.4 de la Orden 290/2018, de 27 de junio.

Décima

Nombramiento como personal funcionario de carrera y toma de posesión

1. Concluidos los dos procesos selectivos, quienes los hubieran superado y acreditado el cumplimiento de los requisitos exigidos en la convocatoria serán nombrados, de acuerdo con lo establecido en la base decimoquinta de la Orden 290/2018, de 27 de junio, personal funcionario de carrera del Cuerpo de Técnicos Superiores Especialistas, Especialidad Prevención de Riesgos Laborales, de Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A1, de la Comunidad de Madrid, tomando posesión de acuerdo con lo previsto en la base decimosexta de la precitada Orden 290/2018, de 27 de junio.

2. En el supuesto de que las aspirantes se encuentren en situación de incapacidad temporal, riesgo durante el embarazo o permiso por parto, podrán tomar posesión de su nuevo puesto de trabajo y continuar en la situación que vinieran disfrutando o que les correspondiera desde ese momento, sin perjuicio de que, a petición propia, puedan solicitar que se estime una situación de fuerza mayor, iniciándose o reanudándose, en este caso, el cómputo del plazo de toma de posesión cuando finalice la situación de incapacidad temporal derivada de la gestación o el permiso por parto.

Undécima

Lista de espera para personal funcionario interino

1. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 del Decreto 50/2001, de 6 de abril, por el que se regulan los procedimientos de cobertura interina de puestos de trabajo reservados a personal funcionario en la Administración de la Comunidad de Madrid, y en la base decimoséptima de la Orden 290/2018, de 27 de junio, se procederá a la constitución y aprobación de una lista de espera de personal funcionario interino del Cuerpo de Técnicos Superiores Especialistas, Especialidad Prevención de Riesgos Laborales, de Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A1, de la Comunidad de Madrid, integrada con aquellas personas que habiendo participado en el proceso selectivo por el sistema de acceso libre y cupo de discapacidad, hayan realizado, al menos, el primer ejercicio del proceso selectivo, pero no hayan superado el proceso selectivo en su totalidad, salvo que manifiesten expresamente su voluntad de no formar parte de dicha lista de espera.

2. El orden de las personas aspirantes en la lista vendrá determinado por los criterios que seguidamente se indican:

— Suma de las puntuaciones obtenidas en los ejercicios superados de la oposición, de mayor a menor.

— Puntuación obtenida en el primer ejercicio de la oposición, de mayor a menor.

En caso de igualdad de puntuación, se atenderá a los siguientes criterios:

— Aspirantes que concurran por el cupo de discapacidad. De persistir el empate entre estas personas, se dirimirá conforme al siguiente criterio.

— Mayor calificación obtenida en el tercer, segundo y primer ejercicio del proceso selectivo, por este orden. De persistir el empate se atenderá al criterio que se indica a continuación.

— El orden alfabético a partir de la letra prevista en la base octava.7 de esta convocatoria.

Decimosegunda

Recursos

1. Los actos administrativos que se deriven de la presente convocatoria, así como las actuaciones del órgano de selección, podrán ser impugnados en los casos y en la forma establecida en la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

2. Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre, o bien, directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, aquellas personas aspirantes que concurran al proceso de acceso libre, o ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid quienes participen en el proceso de promoción interna, de acuerdo con lo determinado en los artículos 8, 10 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ambos plazos contados a partir del día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, significándose que en caso de interponer recurso de reposición no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.

Dado en Madrid, a 26 de noviembre de 2024.—La Directora General de Función Pública, por delegación de la Consejera de Economía, Hacienda y Empleo, mediante Orden de 17 de abril de 2024 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 7 de mayo), María José Esteban Raposo.

ANEXO I

PROCESO SELECTIVO DE ACCESO LIBRE

Primero

Sistema de selección

1. El sistema selectivo será el de oposición.

2. El desarrollo de la fase de oposición se regirá por lo dispuesto en la base decimosegunda de la Orden 290/2018, de 27 de junio, y por el programa que figura como Anexo III de la presente convocatoria y estará integrada por los ejercicios que a continuación se indican, todos y cada uno de ellos de carácter obligatorio y eliminatorio.

2.1. Primer ejercicio: consistirá en contestar por escrito un cuestionario tipo test propuesto por el tribunal, compuesto por 100 preguntas más cinco adicionales de reserva que serán valoradas en el caso de que se anule alguna de las anteriores y que estarán distribuidas de forma equilibrada entre los distintos temas que integran el programa de esta convocatoria, de acuerdo con la siguiente distribución:

— Las primeras veinte preguntas versarán sobre el temario general del programa.

— Las ochenta preguntas restantes versarán sobre el temario específico del programa.

Para cada pregunta se propondrán cuatro respuestas alternativas, siendo solo una de ellas la correcta. Cada pregunta contestada correctamente se valorará en positivo, la pregunta no contestada, es decir, que figuren las cuatro letras en blanco o con más de una opción de respuesta, no tendrá valoración, y la pregunta con contestación errónea se penalizará con la tercera parte del valor asignado a la contestación correcta.

El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de ciento cinco minutos.

2.2. Segundo ejercicio: las personas aspirantes, en un tiempo máximo de cuatro horas y treinta minutos, deberán desarrollar por escrito tres temas extraídos al azar por el tribunal en la misma sesión en la que haya de celebrarse el ejercicio, de entre los que componen el temario específico del programa, de acuerdo con la siguiente distribución: el primer tema se extraerá del bloque II, el segundo tema del bloque III y el tercer tema del bloque IV.

Este ejercicio será leído por las personas aspirantes en sesión pública ante el tribunal, que valorará la amplitud de conocimientos, la claridad y el orden de ideas y la calidad de la expresión escrita, así como su forma de presentación y exposición. El tribunal podrá dialogar con las personas aspirantes durante un plazo máximo de quince minutos.

2.3. Tercer ejercicio: las personas aspirantes realizarán por escrito un supuesto práctico propuesto por el tribunal, que versará sobre los temas 7 y 10 del bloque I del temario específico del programa y sobre los bloques II, III y IV del temario específico del programa.

Para la realización de este ejercicio, cuya duración máxima será de cuatro horas, las personas aspirantes podrán acudir provistos de la documentación y del material que el tribunal pudiera determinar, en su caso y a tal efecto, en la convocatoria del mismo.

Este ejercicio será leído por las personas aspirantes en sesión pública ante el tribunal, que valorará la capacidad para aplicar los conocimientos a las situaciones prácticas que se planteen en el supuesto a realizar, así como la amplitud de dichos conocimientos, el rigor analítico, la sistemática y la claridad y orden de ideas a fin de la elaboración de una propuesta razonada para la resolución de los supuestos prácticos, así como su forma de presentación y exposición, pudiendo iniciar el tribunal a continuación de esta lectura un dialogo con las personas aspirantes durante un tiempo máximo de quince minutos.

3. Los ejercicios escritos lo estarán de tal modo que permitan su lectura a cualquier miembro del tribunal calificador, evitando la utilización de abreviaturas o signos no usuales en el lenguaje escrito.

Segundo

Calificación del proceso selectivo

1. Para la calificación de los ejercicios de la oposición el tribunal calificador se ajustará a lo previsto en la base decimotercera de la Orden 290/2018, de 27 de junio de 2018, y a lo establecido en la presente base.

2. Los ejercicios de la oposición se calificarán de la siguiente forma:

2.1. Primer ejercicio: se calificará de cero a treinta puntos, siendo necesario para superarlo obtener un mínimo de quince puntos.

2.2. Segundo ejercicio: cada uno de los temas se calificará de cero a diez puntos y será necesario para superar el ejercicio obtener un mínimo de cinco puntos en cada tema.

La calificación final de este ejercicio será determinada mediante la suma de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los temas, debiendo estar comprendida entre cero y treinta puntos, siendo necesario para superarlo obtener un mínimo de quince puntos.

2.3. Tercer ejercicio: el supuesto práctico se calificará de cero a cuarenta puntos y será necesario para superar el ejercicio obtener un mínimo de veinte puntos en el supuesto.

3. En cuanto a la calificación final, el tribunal se ajustará a lo previsto en la base decimocuarta de la Orden 290/2018, de 27 de junio el orden de las personas aspirantes vendrá determinado por la suma de las puntuaciones obtenidas en los ejercicios que conforman la oposición, debiendo ser ordenados desde la mayor a la menor de aquellas puntuaciones, constituyendo la suma de dichas puntuaciones la calificación final de cada una de las personas aspirantes.

4. En el supuesto de que se produzca un empate en la calificación final obtenida por las personas participantes, el orden se establecerá atendiendo a los siguientes criterios:

— Aspirantes que concurran por el cupo de discapacidad. De persistir el empate entre estas personas, se dirimirá atendiendo a los criterios de prelación generales que se relacionan a continuación.

— Mayor calificación obtenida en el tercer, segundo y primer ejercicio, por este orden.

— De continuar el empate, se deshará mediante la celebración por parte del tribunal calificador de un sorteo público, que se anunciará con la suficiente antelación.

En el caso de que, como resultado de la calificación final obtenida, y a la vista de la limitación contemplada en la base decimocuarta.4 de la Orden 290/2018, de 27 de junio, alguna de las personas aspirantes del cupo de discapacidad no obtuviese plaza por dicho cupo, pero tuviera acreditada en cada uno de los ejercicios de la oposición una puntuación que, conforme a los criterios de valoración aplicado a las personas aspirantes del turno libre al que está vinculado dicho cupo, le hubiera permitido superar los mismos, el tribunal calificador deberá incluir automáticamente a dicha persona aspirante en el citado turno libre, al objeto de que pueda optar a las plazas convocadas en dicho turno en condiciones de igualdad con el resto de las personas que concurren por el mismo.

ANEXO II

PROCESO SELECTIVO DE PROMOCIÓN INTERNA

Primero

Sistema de selección

1. El sistema de selección será el de concurso-oposición.

2. El desarrollo de la fase de oposición se regirá por lo dispuesto en la base decimosegunda de la Orden 290/2018, de 27 de junio, y por el programa que figuran como Anexo IV de la presente convocatoria y estará integrada por los ejercicios que a continuación se indican, todos y cada uno de ellos de carácter obligatorio y eliminatorio.

2.1. Primer ejercicio: consistirá en contestar por escrito un cuestionario tipo test propuesto por el Tribunal, compuesto de setenta y cinco (75) preguntas sobre el temario específico del programa de la oposición que se incluye como Anexo IV de esta Orden, más cinco (5) adicionales de reserva que serán valoradas en el caso de que se anule alguna de las anteriores y que estarán distribuidas de forma equilibrada entre los distintos temas que integran el mismo.

El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de ochenta (80) minutos.

En el caso de los aspirantes comprendidos en la base tercera.2, que participan en este proceso selectivo en virtud de lo dispuesto en el artículo 55 de la Ley 1/1986, de 10 de abril, el cuestionario tipo test constará de ochenta (80) preguntas de las cuales las cinco (5) primeras versarán sobre los temas 1, 2 y 3 del temario general del programa recogido en el Anexo IV de esta convocatoria, y las setenta y cinco (75) preguntas restantes versarán sobre el temario específico establecido en dicho Anexo IV, además de las cinco (5) adicionales de reserva, que serán valoradas en el caso de que se anule alguna de las setenta y cinco anteriores y que estarán distribuidas de forma equilibrada entre los distintos temas que integran el mismo.

El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de ochenta y cinco (85) minutos.

En ambos casos, para cada pregunta se propondrán tres respuestas alternativas, siendo solo una de ellas la correcta. Cada pregunta contestada correctamente se valorará en positivo, la pregunta no contestada, es decir, que figuren las tres letras en blanco o con más de una opción de respuesta, no tendrá valoración y la pregunta con contestación errónea se penalizará con 0,10 puntos.

2.2. Segundo ejercicio: las personas aspirantes realizarán por escrito un supuesto práctico a elegir por el opositor de entre tres propuestos por el tribunal, que versarán sobre el correspondiente temario específico del programa recogido en el Anexo IV de esta Orden.

Para la realización de este ejercicio, cuya duración máxima será de dos horas, se podrá acudir provisto de la documentación y el material que el tribunal pudiera determinar, a tal efecto, en la convocatoria del mismo.

El supuesto será leído por las personas participantes en sesión pública ante el tribunal, que valorará la capacidad para aplicar los conocimientos a las situaciones prácticas que se planteen en el supuesto a realizar, el rigor analítico, la sistemática y la claridad y orden de ideas, a fin de la elaboración de una propuesta razonada para la resolución del supuesto práctico. El tribunal podrá dialogar con cada aspirante durante un tiempo máximo de quince minutos.

Asimismo, el ejercicio escrito lo estará de tal modo que permitan su lectura a cualquier miembro del tribunal calificador, evitando la utilización de abreviaturas o signos no usuales en el lenguaje escrito.

3. Fase de concurso: esta fase, a la que podrá acceder un número de aspirantes superior al de plazas convocadas, consistirá en la valoración de los méritos de aquellas personas que hayan superado todos los ejercicios de la fase de oposición, conforme al baremo y puntuación que figura a continuación, valorándose todos ellos con referencia al día de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

3.1. Serán objeto de valoración los méritos que se detallan a continuación:

a) Servicios efectivos prestados y reconocidos al amparo de la Ley 70/1978, de 26 de diciembre, de reconocimiento de servicios previos en la Administración Pública, a razón de 1,5 puntos por cada año completo de servicio, teniendo en cuenta que quedarán excluidos de dicho cómputo los dos años exigidos como requisito de participación en el apartado primero de la base tercera.2 de la presente Orden.

La baremación del tiempo en el que la persona candidata haya permanecido en excedencia, reducción de jornada u otros permisos relacionados con la conciliación de la vida personal, familiar y laboral, deberá computarse de acuerdo con la legislación vigente en la materia.

La valoración de este mérito podrá alcanzar un máximo de 50 puntos.

b) Trabajo desarrollado, según el NCD (Nivel de Complemento de Destino) del puesto de trabajo que se ocupe en la Administración de la Comunidad de Madrid, de acuerdo con la siguiente puntuación:

— Nivel 20 al 23: 3 puntos.

— Por cada nivel que exceda del 23 y hasta el 26: 4 puntos.

La valoración de este mérito podrá alcanzar un máximo de 15 puntos.

La valoración efectuada en este apartado no podrá ser modificada por posteriores reclasificaciones de nivel, con independencia de los efectos económicos de las mismas.

Sin perjuicio de lo anterior, el NCD que será tomado en consideración, en caso de que la persona aspirante se encuentre en alguna de las situaciones que se indican a continuación, será el siguiente:

— Personal funcionario en comisión de servicios: NCD del puesto de origen.

— Personal funcionario con nombramiento/adscripción provisional: NCD del grado consolidado o, si no lo tuviera, el nivel mínimo del Subgrupo A2 que corresponda al Cuerpo, Escala y Especialidad desde el que participa en este proceso selectivo.

— Personal funcionario en situación que conlleve derecho a reserva de puesto: NCD del puesto reservado o de aquel en que correspondería efectuar el reingreso.

— Personal funcionario en situación que no conlleve derecho a reserva de puesto: sin puntuación en este apartado.

c) Grado personal consolidado y reconocido en el Cuerpo, Escala y Especialidad desde el que se participa en estas pruebas selectivas, acreditado a través de reconocimiento formal expedido por la autoridad competente o por certificación acreditativa del derecho a su reconocimiento, de acuerdo con la siguiente puntuación:

— Grado 20 a 23: 1 punto.

— Por cada Grado que exceda del 23: 3 puntos.

La valoración de este mérito podrá alcanzar un máximo de 10 puntos.

d) Cursos oficiales de formación y perfeccionamiento: se valorará la asistencia a aquellos cursos cuyo contenido esté directamente relacionado con las funciones propias del Cuerpo y Especialidad al que se pretende acceder, así como los de carácter transversal referidos a la igualdad de oportunidades y de género, violencia de género, prevención de riesgos laborales y de situaciones de acoso laboral, sexual y por razón de sexo en el trabajo, las nuevas tecnologías y la legislación básica administrativa y que reúnan las siguientes características:

— Cursos de formación financiados con fondos derivados del Acuerdo de Formación para el empleo de las Administraciones Públicas, cualquiera que sea la entidad promotora del correspondiente plan.

— Cursos de formación incluidos en planes de formación de las Administraciones públicas e impartidos por Escuelas de Formación de empleados públicos, organismos o instituciones oficiales dependientes de aquellas, no incluidos en el párrafo anterior.

— Formación prevista en los artículos 10 y 11 de la Ley 30/2015, de 9 de septiembre, por la que se regula el Sistema de Formación Profesional para el empleo en el ámbito laboral, impartida por cualquiera de las entidades previstas en los apartados b) y c) de su artículo 14.

— Formación continuada de las profesiones sanitarias, acreditada conforme a lo previsto en el artículo 35 de la Ley 44/2003, de 21 de noviembre, de ordenación de las profesiones sanitarias.

Los cursos de formación recibidos en su país de origen por nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que sean equivalentes a los anteriormente indicados, serán, asimismo, objeto de valoración.

Estos cursos de formación y perfeccionamiento se valorarán según su duración, de acuerdo con el siguiente desglose:

— De diez a veinte horas de duración: 0,10 puntos.

— De veintiuna a treinta horas de duración o más de un mes: 0,20 puntos.

— De treinta y una a setenta horas de duración o más de dos meses: 0,40 puntos.

— De setenta y una a ciento cincuenta horas de duración o más de cuatro meses: 0,80 puntos.

— De ciento cincuenta y una a trescientas horas de duración o más de seis meses: 1,40 puntos.

— De trescientas una o más horas de duración o un curso académico: 2 puntos.

No se podrá valorar más de una edición correspondiente a un mismo curso. Igualmente, no se valorarán los pertenecientes a una carrera universitaria, las materias o créditos que formen parte de una titulación académica, los de doctorado, los derivados de procesos selectivos o preparatorios de procesos de promoción interna específica, los diplomas relativos a jornadas, seminarios, simposios y similares, ni la formación especializada que resulte imprescindible para la obtención de una titulación académica determinada o para el ejercicio de una profesión.

Asimismo, no se baremarán los cursos que no acrediten las fechas de realización y las horas o meses de duración o la obtención del correspondiente certificado de aprovechamiento.

La valoración máxima de este mérito será de 25 puntos.

3.2. Los méritos señalados anteriormente, deberán alegarse por las personas aspirantes que hayan superado la fase de oposición en el plazo, no inferior a diez días hábiles, que el tribunal calificador habilite a tal efecto mediante su publicación en la página web correspondiente a esta convocatoria, accesible desde el enlace: https://www.comunidad.madrid/gobierno/espacios-profesionales/oposiciones... o en la Sede Electrónica de la Comunidad de Madrid, cuya URL es

https://sede.comunidad.madrid , debiendo indicar aquellos los períodos de prestación de servicios y la Consejería, Organismo o Ente en el que se han desarrollado los mismos, así como los cursos que pretendan hacerse valer, junto con la mención a la entidad organizadora de dichos cursos.

3.3. Acreditación de los méritos: los méritos alegados se acreditarán a través de los siguientes medios:

a) Los méritos referentes a los servicios efectivos prestados, trabajo desarrollado y grado consolidado, así como los de formación y perfeccionamiento relativos a la Administración de la Comunidad de Madrid, sus Organismos o Entes, serán comprobados, a instancia del tribunal calificador, por la Dirección General de Recursos Humanos de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo o, en su caso, las Unidades o Departamentos de Personal competentes, así como por los Órganos y Entidades responsables de las acciones formativas correspondientes.

b) Respecto a los méritos, tanto de servicios prestados, como los de formación y perfeccionamiento, relativos a otras Administraciones Públicas, los aspirantes deberán aportar de forma electrónica:

— A efectos de acreditar los servicios prestados: la correspondiente certificación de los servicios prestados expedida por el órgano competente a tal fin, o, en su defecto, documentación complementaria a la mencionada certificación de servicios prestados que resulte acreditativa del desempeño de dichas funciones.

— A efectos de acreditar los méritos relativos a la formación y perfeccionamiento: los diplomas o certificados de los cursos de formación, expedidos por el órgano competente que corresponda, en los que deberá constar el número de horas del curso de que se trate. En los cursos cuya duración no constase en horas, el aspirante habrá de presentar, asimismo, documentación acreditativa de su equivalencia en horas. De no acreditar dicho extremo, esos cursos no podrán ser objeto de valoración.

3.4. En ningún caso se valorarán los méritos que no hayan sido alegados ni, en aquellos casos en que corresponda, acreditados documentalmente, en el plazo habilitado a tal efecto.

Respecto de aquellos méritos que, por el contrario, sí hayan sido alegados y acreditados por las personas aspirantes en dicho plazo, pero adolecieran de algún defecto o se hallaran incompletos, el tribunal calificador deberá concederles un plazo no inferior a diez días hábiles a efectos de la subsanación de dichos extremos. La referida actuación podrá efectuarse mediante notificación individual a cada una de las personas aspirantes que incurrieran en esta situación o, de afectar a un volumen significativo de ellas, habilitándose el plazo de referencia a través de la correspondiente publicación en la página web correspondiente a esta convocatoria, accesible desde el enlace:

https://www.comunidad.madrid/gobierno/espacios-profesionales/oposiciones... , o en la Sede Electrónica de la Comunidad de Madrid, cuya URL es https://sede.comunidad.madrid .

Segundo

Calificación del proceso selectivo

1. Fase de oposición: para la calificación de los ejercicios de la oposición el tribunal se ajustará a lo previsto en la base decimotercera de la Orden 290/2018, de 27 de junio, y a lo indicado en este apartado.

En el supuesto de que alguna persona aspirante haya participado en una convocatoria celebrada con posterioridad al 31 de diciembre de 2016, esta podrá elegir entre la mejor calificación obtenida en la convocatoria anterior o en el presente proceso selectivo, siempre y cuando exista entre ambas la correspondiente similitud en programa y tipo de pruebas a realizar.

Si se opta por la nota obtenida en la convocatoria anterior, la comprobación de la misma se efectuará, de oficio, por la Dirección General de Función Pública de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo.

En el caso de que la convocatoria por la que se opte haya fijado una puntuación máxima para la valoración de los ejercicios y los méritos que la componen diferente a la de la regulada en esta Orden, la calificación a tener en cuenta será la resultante de la ponderación que se realice entre esta y aquella, en función de los puntos concretos otorgadas en una y otra, de manera que no exista desequilibrio o perjuicio para la persona que lleva a cabo esta opción.

Los ejercicios de la fase de oposición serán calificados de la siguiente manera:

1.1. Primer ejercicio: se calificará de cero a cincuenta puntos, siendo necesario, para superarlo, obtener un mínimo de veinticinco puntos.

1.2. Segundo ejercicio: se calificará de cero a cincuenta puntos, siendo necesario, para superarlo, obtener un mínimo de veinticinco puntos.

1.3. Calificación final de la fase de oposición: a fin de garantizar, en todo caso, la idoneidad de las personas aspirantes seleccionadas, el tribunal establecerá un nivel mínimo de cincuenta puntos para la superación de la fase de oposición, sin la obtención del cual ninguna persona podrá pasar a la fase de concurso.

El tribunal calificador podrá declarar que la fase de oposición es superada por un número de aspirantes superior al de plazas convocadas.

La calificación final de las personas aspirantes en la fase de oposición vendrá integrada por la suma de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios aprobados.

Finalizada la fase de oposición, el tribunal hará pública, en la página web correspondiente a esta convocatoria, accesible desde el enlace:

https://www.comunidad.madrid/gobierno/espacios-profesionales/oposiciones... , o en la Sede Electrónica de la Comunidad de Madrid, cuya URL es https://sede.comunidad.madrid , la relación de las personas aspirantes que la han superado, indicando los siguientes extremos:

a) Número de orden obtenido en la oposición, de acuerdo con la puntuación total alcanzada y datos personales en los términos dispuestos en la normativa de aplicación.

b) Calificaciones obtenidas en cada ejercicio de la fase de oposición.

c) Puntuación total.

2. Fase de concurso: la calificación de la fase de concurso vendrá dada por el resultado de la suma de las puntuaciones obtenidas en los diferentes méritos a que hace referencia el apartado primero.3 del presente Anexo, sin que el total pueda superar los 100 puntos.

Una vez determinada la puntuación obtenida por las personas aspirantes en el concurso, el tribunal hará pública, en la página web correspondiente a esta convocatoria, accesible desde el enlace:

https://www.comunidad.madrid/gobierno/espacios-profesionales/oposiciones... , o en la Sede Electrónica de la Comunidad de Madrid, cuya URL es https://sede.comunidad.madrid , la relación de aspirantes que hubieran accedido al mismo, con indicación de la calificación alcanzada en cada uno de los méritos, así como de la puntuación total obtenida de la suma de estos.

3. Calificación final del proceso selectivo: la calificación final de quienes hayan superado el proceso selectivo vendrá determinada por la media ponderada de las calificaciones obtenidas en la fase de oposición y en la fase de concurso, correspondiendo a aquella un 55 por 100 y a esta un 45 por 100, ordenándose a las personas aspirantes de forma decreciente, conforme a dicha calificación final.

4. En el supuesto de que se produzca un empate en la calificación final obtenida por las personas participantes, el orden se establecerá atendiendo a los siguientes criterios:

— Aspirantes que concurran por el cupo de discapacidad. De persistir el empate entre estas personas, se dirimirá atendiendo a los criterios de prelación generales que se relacionan a continuación.

— Mayor calificación obtenida en la fase de oposición.

— Mayor puntuación en la fase de concurso.

— De continuar el empate, se deshará mediante la celebración por parte del tribunal calificador de un sorteo público, que se anunciará con la suficiente antelación.

ANEXO III

PROGRAMA CORRESPONDIENTE A LAS PRUEBAS SELECTIVAS PARA EL ACCESO POR EL SISTEMA GENERAL DE ACCESO LIBRE AL CUERPO DE TÉCNICOS SUPERIORES ESPECIALISTAS, ESPECIALIDAD DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES, DE ADMINISTRACIÓN ESPECIAL, GRUPO A, SUBGRUPO A1, DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Temario general

1. La Constitución Española de 1978: Estructura y contenido. Principios constitucionales y valores superiores. Derechos y deberes fundamentales. Garantía y suspensión. El Tribunal Constitucional. Conflictos constitucionales. La reforma constitucional.

2. La Corona. Las Cortes Generales. El Poder Judicial y el Consejo General del Poder Judicial. Otros órganos constitucionales: Consejo de Estado, Tribunal de Cuentas, Fiscal General del Estado y Defensor del Pueblo.

3. El Gobierno. El control parlamentario del Gobierno. El sector público y las Administraciones Públicas. La Administración General del Estado: Los Ministerios. Órganos territoriales. La Administración General del Estado en el exterior.

4. La organización territorial del Estado. Las Comunidades Autónomas y los Estatutos de Autonomía. La articulación del Estado de las Autonomías: distribución competencial y conflictos de competencias. La Administración de las Comunidades Autónomas. La Administración Local: provincias, municipios y otras entidades locales. La coordinación entre las distintas Administraciones Públicas.

5. El Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid: estructura y contenido. Las competencias de la Comunidad de Madrid: potestad legislativa, potestad reglamentaria y función ejecutiva.

6. La Asamblea de Madrid: composición, elección y funciones. Funcionamiento, órganos y estatuto de sus miembros. El procedimiento legislativo. La Ley de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid: estructura y contenido. El Gobierno de la Comunidad de Madrid: el Presidente y los Consejeros.

7. La Administración de la Comunidad de Madrid: organización y estructura básica de las Consejerías. La Administración Institucional de la Comunidad de Madrid. La Administración de Justicia en la Comunidad de Madrid.

8. Las Instituciones de la Unión Europea: Consejo Europeo, Consejo, Comisión Europea, Parlamento Europeo, Tribunal de Justicia de la Unión Europea, Banco Central Europeo y Tribunal de Cuentas Europeo.

9. El Derecho Comunitario: Fuentes. Relación entre el derecho de la Unión Europea y el ordenamiento jurídico de los Estados miembros. La participación de los Estados miembros en el proceso decisorio. La participación de las Comunidades Autónomas en su aplicación. Especial referencia a la Comunidad de Madrid.

10. Las fuentes del Derecho Administrativo. La Constitución. La Ley. Disposiciones del Ejecutivo con fuerza de ley. El Reglamento y los límites de la potestad reglamentaria.

11. La Ley del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: objeto y ámbito de aplicación. Los interesados. Derechos de los ciudadanos en sus relaciones con las Administraciones Públicas. El procedimiento administrativo común: concepto, principios generales y fases del procedimiento.

12. La responsabilidad patrimonial de las Administraciones Públicas en el régimen jurídico español. Lesión determinante, sujetos y causas de imputación. La extensión de la reparación. La acción de responsabilidad. Responsabilidad de las autoridades y funcionarios. Responsabilidad de las Administraciones Públicas por actos de sus concesionarios y contratistas. Especialidades procedimentales.

13. La potestad sancionadora de las Administraciones Públicas. Principios de la potestad sancionadora. Especialidades procedimentales. Especial referencia a la Comunidad de Madrid.

14. La legalidad administrativa. El acto administrativo: eficacia y validez, presunción de validez y eficacia, nulidad y anulabilidad. La revisión de los actos administrativos: la revisión de oficio. Los recursos administrativos. El recurso contencioso-administrativo.

15. La Ley de Régimen Jurídico del Sector Público: disposiciones generales, principios de actuación y funcionamiento del Sector Público. Funcionamiento electrónico del Sector Público.

16. Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales: especialidades en el Sector Público. Reglamento General de Protección de Datos (RGPD): Definiciones. Principios. Legitimación para el tratamiento de datos personales. Derechos de los interesados. Obligaciones de los responsables y encargados. Delegado de protección de datos.

17. La Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno. Publicación activa. Acceso a la información pública. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno: funciones. Especial referencia a la Comunidad de Madrid.

18. Los contratos del Sector Público. Clases. El expediente de contratación y su tramitación. Procedimientos y criterios de adjudicación. Ejecución y modificación de los contratos. Pago del precio. Extinción de los contratos: Cumplimiento y resolución.

19. El dominio público: Concepto, naturaleza, elementos y régimen jurídico. Los bienes patrimoniales de las Administraciones Públicas. Los bienes comunales. El régimen patrimonial de la Comunidad de Madrid

20. El personal al servicio de las Administraciones Públicas. El texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. Clases de personal al servicio de las Administraciones Públicas. Situaciones administrativas. Derechos y deberes. Incompatibilidades. El régimen disciplinario. La pérdida de la condición de funcionario. El sistema de retribuciones. La promoción profesional de los funcionarios. La Ley de la Función Pública de la Comunidad de Madrid.

21. La Hacienda Pública en la Constitución Española. La Ley General Presupuestaria: estructura y principios generales. La Ley Reguladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid: Estructura y principios generales. Los presupuestos de la Comunidad de Madrid: contenido y estructura. El ciclo presupuestario.

22. El principio de igualdad entre mujeres y hombres. La tutela contra la discriminación. El marco normativo para la promoción de la igualdad de género y para la protección integral contra la violencia de género, la LGTBIfobia y la discriminación por razón de orientación e identidad sexual. Especial referencia a la Comunidad de Madrid.

TEMARIO ESPECÍFICO

BLOQUE I

1. Conceptos básicos relativos a la seguridad y salud en el trabajo: daños derivados del trabajo. Concepto de riesgo laboral. Protección y prevención. Prevención primaria, secundaria y terciaria. Prevención en el diseño. Condiciones de trabajo en relación con la salud. Factores de riesgo. Concepto de accidente de trabajo y enfermedad profesional. Técnicas preventivas.

2. La Unión Europea. El derecho comunitario relacionado con la seguridad y salud en el trabajo. Actuaciones en materia de prevención de riesgos laborales de las instituciones comunitarias. Directiva marco 89/391/CEE y directivas específicas que la complementan. Las Estrategias Europeas de Seguridad y Salud en el Trabajo.

3. Marco jurídico español actual en materia de prevención de riesgos laborales. Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales y sus modificaciones. La aplicación de la Ley en las Administraciones Públicas. La Prevención de Riesgos Laborales en la Comunidad de Madrid: Acuerdos Sectoriales de Condiciones de Trabajo del Personal Funcionario, Convenio Colectivo para el Personal Laboral, y régimen estatutario para el personal de los servicios de salud.

4. Derechos y deberes: el derecho de los trabajadores a la protección frente a los riesgos laborales. El deber empresarial de protección. Situaciones de riesgo grave e inminente. Protección de trabajadores especialmente sensibles a riesgos. Obligaciones de los trabajadores.

5. La Inspección de Trabajo y Seguridad Social en España: funciones y facultades. Marco jurídico vigente. Organización del sistema de Inspección: órganos de colaboración y cooperación de las Administraciones Públicas en materia de Inspección de Trabajo y Seguridad Social. El Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo: competencias y funciones.

6. El Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo. Normativa reguladora. Funciones y competencias. Organización. Relación con otros organismos de la Administración General del Estado. Relación con las Comunidades Autónomas. El papel del Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo en el ámbito internacional.

7. El Reglamento de los Servicios de Prevención: la integración de la prevención de riesgos laborales en la empresa. El Plan de prevención de riesgos laborales. La evaluación de los riesgos. La planificación de la actividad preventiva. La organización de recursos para las actividades preventivas y sus diferentes modalidades y requisitos.

8. La gestión de los riesgos laborales en la empresa: concepto. El sistema de gestión para la prevención. La responsabilidad de la dirección. La documentación. Conceptos relativos a la auditoría de prevención.

9. Protección de la maternidad: riesgos laborales específicos para la mujer trabajadora en el período de embarazo, postparto y lactancia. Legislación vigente de protección a la maternidad. Medidas preventivas específicas. Consideración del trabajador especialmente sensible.

10. El desarrollo del artículo 24 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, en materia de coordinación de actividades empresariales.

11. Responsabilidades y sanciones con relación a la prevención, infracciones administrativas, control de la actividad preventiva. Procedimiento sancionador. Sanciones. Las responsabilidades penal y civil en materia de prevención de riesgos laborales. La protección penal de la seguridad y la salud en el trabajo.

12. La formación en prevención de riesgos laborales. Derechos y obligaciones. Formación para el desarrollo de las funciones de nivel básico, intermedio y superior en prevención de riesgos laborales. Formación de los recursos preventivos.

13. Investigación de accidentes de trabajo: objetivos de la investigación, accidentes que se deben investigar. Incidentes. Metodología de la investigación de accidentes. El informe resultante: componentes esenciales. La investigación de accidentes por el método del Árbol de Causas.

14. Conceptos de salud y prevención. Concepto y objetivos de la medicina del trabajo. Patologías de origen laboral. Vigilancia de la salud. Promoción de la salud. Planificación e información sanitaria. Las enfermedades profesionales.

15. Consulta y participación de los trabajadores: El deber de consulta del empresario. Los derechos de participación y representación específica de los trabajadores. Los Delegados de Prevención y el Comité de Seguridad y Salud: designación, competencias y facultades. La colaboración con la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.

16. Control estadístico de la accidentabilidad. Principales índices. Notificación y registro de los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.

BLOQUE II

17. Disposiciones mínimas sobre señalización de seguridad y salud en el trabajo. Criterios para el empleo de la señalización. Tipos de señalización.

18. Equipos de protección individual (EPI). Normas legales que regulan su uso y certificación. Condiciones de comercialización y libre circulación intracomunitaria de los equipos de protección individual. Disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la utilización por los trabajadores de equipos de protección individual: selección, clasificación, utilización y mantenimiento de los equipos de protección individual. Obligaciones de los empresarios, fabricantes y usuarios.

19. Riesgos en los lugares de trabajo. Evaluación y prevención de los riesgos relativos a la utilización de los lugares de trabajo. Aspectos de la Ordenanza General de Seguridad e Higiene en el Trabajo que se mantienen vigentes.

20. El riesgo de incendio: química del fuego. Cadena del incendio. Prevención de incendios. Comportamiento ante el fuego de los materiales de construcción y elementos constructivos, reacción y resistencia al fuego. Protección estructural de edificios y locales. Clasificación de los fuegos en función de la naturaleza del combustible.

21. Instalaciones de protección contra incendios. El Reglamento de instalaciones de protección contra incendios. Instalación, puesta en servicio y mantenimiento. Características e instalación de los aparatos, equipos y sistemas de protección contra incendios.

22. Medidas de emergencia y autoprotección. Artículo 20 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales. Norma Básica de Autoprotección. Aspectos básicos sobre seguridad contra incendios en los establecimientos industriales.

23. Riesgos debidos a la electricidad (I): efectos nocivos. Lesiones producidas en el cuerpo humano. Factores que influyen en el efecto eléctrico: Leyes de Ohm y Joule, intensidad de la corriente, resistencia del cuerpo humano, tensión aplicada, frecuencia de la corriente, duración del contacto eléctrico, recorrido de la corriente a través del cuerpo, capacidad de reacción de la persona. Actuación en caso de accidente eléctrico. Tipos de contactos eléctricos. Protección contra contactos eléctricos.

24. Riesgos debidos a la electricidad (II): disposiciones mínimas para la protección de la salud y seguridad de los trabajadores frente al riesgo eléctrico. Trabajos sin tensión, trabajos en tensión, maniobras, mediciones, ensayos y verificaciones, trabajos en proximidad, trabajos en emplazamientos con riesgo de incendio y explosión.

25. Máquinas (I): definición de máquina y de zona peligrosa. Principales riesgos presentes en las máquinas. Selección de las medidas de seguridad. Medidas de prevención intrínseca. Medidas de protección que debe tomar el diseñador o fabricante. Resguardos y dispositivos de protección.

26. Máquinas (II): normativa aplicable. Requisitos esenciales de seguridad y salud. Normas armonizadas y presunción de conformidad. Procedimientos de certificación de conformidad. Declaración de conformidad y marcado CE.

27. Utilización de equipos de trabajo: evaluación de los riesgos relativos a la utilización de los equipos de trabajo. Procedimientos de adecuación y puesta en conformidad.

28. Trabajos temporales en altura: riesgos y medidas preventivas. Normativa aplicable. Escaleras de mano. Andamios. Técnicas de acceso y de posicionamiento mediante cuerdas. Trabajos sobre cubiertas de materiales ligeros: riesgos y medidas preventivas.

29. Explosiones: concepto de explosión y de atmósfera explosiva. Polvos combustibles y gases y vapores inflamables. Clasificación y características de las áreas en las que pueden formarse atmósferas explosivas. Medidas de prevención de la formación de atmósferas explosivas. El Documento de Protección Contra Explosiones. Aparatos y sistemas de protección para uso en atmósferas potencialmente explosivas. Fuentes de ignición. Normativa aplicable.

30. Espacios confinados: concepto de espacio confinado. Peligros asociados a un espacio confinado. Actuación ante un espacio confinado. El permiso de trabajo. Procedimientos de emergencia y rescate. Formación e información. La presencia de los recursos preventivos. Tipos de espacios confinados y motivos de acceso. Medidas preventivas.

31. Almacenamiento de productos químicos: riesgos y medidas preventivas. Normativa aplicable y requisitos documentales en el almacenamiento de productos químicos.

32. Equipos a presión: normativa aplicable y requisitos documentales.

33. Instalaciones eléctricas de baja tensión y de alta tensión: normativa aplicable y requisitos documentales.

34. Aparatos de elevación y manutención: normativa aplicable y requisitos documentales.

35. Equipos de elevación y transporte: instalación, mantenimiento, utilización adecuada. Equipos para elevar cargas. Ascensores, plataformas elevadoras y montacargas. Grúas. Carretillas elevadoras. Aparejos. Cabrias. Cabrestantes. Elementos auxiliares: cadenas, cables, cabos, eslingas, ganchos, poleas, etc.

36. Combustibles gaseosos: normativa aplicable y requisitos documentales.

37. Instalaciones petrolíferas: normativa aplicable y requisitos documentales.

38. Instalaciones frigoríficas: normativa aplicable y requisitos documentales.

39. Instalaciones térmicas en los edificios: normativa aplicable y requisitos documentales.

40. Residuos tóxicos y peligrosos: riesgos y medidas preventivas. Definiciones básicas. Clasificación de residuos. Características que permiten clasificar un residuo como peligroso. Obligaciones de los productores de residuos peligrosos. Normativa aplicable.

41. Disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción. Diferencias entre obras con proyecto y obras sin proyecto. El estudio y el plan de seguridad y salud. Obligaciones en materia de prevención de riesgos laborales de los principales intervinientes en el proceso constructivo. Libro de incidencias. La subcontratación en el sector de la construcción.

BLOQUE III

42. Conceptos básicos de Higiene Industrial. Modelos estadísticos aplicados a la Higiene Industrial. Estrategias de muestreo. Representatividad de las mediciones. Valoración de las exposiciones.

43. Toxicología laboral: clasificación, efectos sobre la salud y vías de entrada al organismo de los agentes químicos. Mecanismos de toxicidad. Relación dosis-efecto y dosis-respuesta. Criterios de valoración de agentes químicos. Límites de Exposición Profesional.

44. Normativa sobre comercialización de sustancias y preparados peligrosos. Identificación y comunicación del riesgo químico. Clasificación, envasado y etiquetado de sustancias y preparados peligrosos. Características de peligrosidad de los productos químicos. Criterios de clasificación de sustancias y preparados peligrosos. Mecanismos de información: etiquetas y fichas de datos de seguridad.

45. Agentes químicos. Metodología de actuación. La encuesta higiénica. Identificación de contaminantes en los lugares de trabajo. Técnicas de evaluación cuantitativas y cualitativas para el riesgo por inhalación y por absorción dérmica de agentes químicos: Concepto y aplicación diferencial. Criterios de elección. Equipos de medida. Control de calidad de los equipos.

46. Control de la exposición a agentes químicos. Medidas preventivas. Métodos generales de control: acciones técnicas y organizativas. Priorización del control de riesgos. Técnicas de ventilación para el control de los agentes químicos: extracción localizada y ventilación por dilución.

47. Normativa legal y técnica de aplicación para la protección de la salud y la seguridad de los trabajadores contra los riesgos relacionados con los agentes químicos durante el trabajo. Evaluación de los riesgos. Medidas de prevención generales y específicas. Vigilancia específica de la salud. Medidas a adoptar frente a accidentes, incidentes y emergencias. Prohibiciones de agentes y actividades. Información y formación de los trabajadores con relación a los riesgos por agentes químicos.

48. Normativa legal y técnica de aplicación para la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes cancerígenos durante el trabajo. Exposición al amianto. Límites de exposición profesional para agentes cancerígenos.

49. Agentes biológicos. Características de los agentes biológicos: virus, bacterias, hongos, protozoos y helmintos. Principales efectos para la salud. Factores de la exposición a agentes biológicos. Grupos de riesgo, definiciones. Técnicas de evaluación, cuantitativas y cualitativas. Medidas preventivas. Control de la exposición a agentes biológicos.

50. Normativa legal y técnica de aplicación para la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes biológicos durante el trabajo.

51. Ruido. Conceptos básicos. Aspectos objetivos y subjetivos, ruido y comunicación. Equipos de medición. Control de calidad de los equipos. Estrategias de medición. Metodología de evaluación cuantitativa y cualitativa: higiene y ergoacústica (criterios SIL y NR). Medidas preventivas y protección.

52. Normativa legal y técnica de aplicación para la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición al ruido.

53. Vibraciones mecánicas. Conceptos básicos. Equipos de medición. Control de calidad de los equipos. Estrategias de medición y métodos de evaluación: evaluación por estimación y por medición. Medidas de prevención y protección. Normativa legal y técnica de aplicación para la protección de los trabajadores contra los riesgos derivados o que puedan derivarse de la exposición a vibraciones mecánicas.

54. Radiaciones. Conceptos básicos. Tipos y naturaleza de las radiaciones. Clasificación según su efecto biológico. Magnitudes y unidades de medida. Equipos de medición. Control de calidad de los equipos. Estrategias de medición y evaluación de riesgos. Medidas de prevención y protección. Normativa legal y técnica de aplicación para la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a radiaciones.

55. Ambiente térmico. Conceptos básicos. Mecanismos de intercambio de calor entre el organismo y el ambiente. Mecanismos de termorregulación. Ecuación del Balance Térmico. Medición de las variables que intervienen en la evaluación del ambiente térmico. Equipos de medición. Control de calidad de los equipos. Normativa legal y técnica de aplicación para la protección de los trabajadores contra los riesgos derivados o que puedan derivarse del ambiente térmico.

56. Evaluación de la exposición a ambientes térmicos. Índices: WBGT, sudoración requerida, temperatura efectiva corregida, PMV (Voto Medio Estimado)-PPD (Porcentaje Estimado de Insatisfechos), IREQ (Aislamiento Requerido de la Vestimenta), WCI (Índice de Enfriamiento por el Viento). Medidas preventivas y de control.

57. El síndrome del edificio enfermo. Conceptos básicos. Características comunes a los edificios enfermos. Posibles factores de riesgo. Efectos sobre la salud. Estrategias de investigación y evaluación. Medidas preventivas y de control.

BLOQUE IV

58. Ergonomía: concepto y objetivos. Naturaleza interdisciplinar. Principios ergonómicos aplicables al diseño ergonómico del puesto de trabajo. Antropometría: elementos estáticos y dinámicos. Modelos y métodos aplicables en Ergonomía: LEST, EWA Y ERGOS. Postura de trabajo: Referencia al sector servicios.

59. Métodos estadísticos usuales en Ergonomía: elección del tipo de estudio, selección de la muestra, definición y selección de las variables, recogida y análisis de datos. Técnicas de investigación ergonómica y recogida de datos: Observación, diálogo con el trabajador, cuestionarios y escalas, registros electrofisiológicos, grupos de discusión.

60. Iluminación y visión. Parámetros. Magnitudes luminosas fundamentales. Factores que influyen en la visibilidad y referencia del color. Evaluación de las condiciones de iluminación. Medidas preventivas y de control. Normativa legal y técnica.

61. Pantallas de visualización de datos (PVD): metodología para la evaluación de los riesgos específicos. Trastornos visuales, musculoesqueléticos: referencia explícita del síndrome del túnel carpiano (STC) y efectos psicológicos (tecnoestrés). Normativa legal y técnica de aplicación para la evaluación del puesto de trabajo con PVD.

62. Carga física de trabajo (I): biomecánica y fisiología de la actividad muscular, determinación del gasto energético. Carga física estática y dinámica. Normativa legal y técnica de aplicación para la evaluación y prevención del riesgo derivado de la manipulación manual de cargas.

63. Carga física de trabajo (II): fatiga física y su recuperación. Movimientos repetidos y sobreesfuerzos. Posturas de trabajo: Factores y criterios para su evaluación y prevención de los riesgos. Lesiones y trastornos musculoesqueléticos: Referencia específica al miembro superior.

64. Carga física de trabajo (III): valoración de la carga física de trabajo. Medición de parámetros fisiológicos: Consumo de oxígeno en el trabajo dinámico, medición de la frecuencia cardíaca, tablas de consumo metabólico. Los criterios de Chamoux y de Frimat.

65. Manipulación manual de cargas: riesgos asociados y su prevención. Métodos de evaluación. Ecuación del NIOSH (National Institute for Occupational Safety and Health, USA). Empuje y arrastre. Aplicación ISO 11228.

66. Métodos de evaluación de las posturas de trabajo basados en la observación: métodos OWAS (Ovako Working Posture Analysing System) y REBA (Rapid Entire Body Assesment).

67. Trastornos musculoesqueléticos por movimientos repetidos en la extremidad superior. Identificación de los factores de riesgo asociados y su prevención. Métodos de evaluación RULA (Rapid Upper Limb Assesment) y Ergo-IBV (Instituto de Biomecánica de Valencia).

68. Carga mental de trabajo y percepción de la información. Factores determinantes y características de la carga mental. Efectos derivados y su prevención. Métodos de evaluación basados en las alteraciones fisiológicas, psicológicas y de comportamiento de los individuos. La norma ISO 10075: Principios ergonómicos concernientes a la carga mental de trabajo.

69. Factores de riesgo psicosociales (I). Características comunes y diferenciales con los otros riesgos laborales: relación probabilística de causas y sus posibles efectos. Consecuencias de los riesgos psicosociales para el individuo, los grupos y las organizaciones. Apoyo legislativo-normativo y referencia a las recomendaciones internacionales.

70. Factores de riesgo psicosociales (II). Factores relativos a la tarea: Contenido y significado del trabajo, grado de autonomía. Aspectos relativos a la organización del tiempo de trabajo: referencia explícita al trabajo a turnos y nocturno. Consideración dentro de los métodos generales de evaluación de riesgos.

71. Factores de riesgo psicosociales (III). Medidas preventivas y acciones correctivas sobre la tarea: Rotaciones, ampliación, enriquecimiento de puestos. Tiempo de trabajo: duración y ordenación, flexibilidad y autonomía. La organización como condición de trabajo: Modelos históricos de organización, revolución industrial y revolución informática.

72. Estrés laboral: estresores; factores modulares del estrés; respuestas fisiológicas, cognitivas y comportamentales al estrés. Consecuencias del estrés para la empresa y el individuo. Evaluación y prevención del riesgo derivado del estrés laboral. Modelos de investigación del estrés relacionado con el trabajo: socioambiental de “French” y “Kahn”, demanda-control-apoyo social de “Karasek” y esfuerzo-recompensa de “Siegrist”.

73. Síndrome de burnout o de estar quemado por el trabajo. Definición y delimitación conceptual. Instrumentos de medida: Referencia explícita del MBI (Maslach Burnout Inventory). Consecuencias personales y para la organización. Estrategias de prevención y afrontamiento.

74. Acoso psicológico en el trabajo. Definición y delimitación conceptual: diferencia de causas y efectos. Multidimensionalidad: Referencia explícita diferencial de la evaluación psicosocial con los aspectos jurídicos y clínicos. Prevención primaria, secundaria y terciaria. Gestión de caso: Intervenciones laborales disciplinarias, judiciales y clínicas. Protocolo General de Prevención y Actuación frente a todos los tipos de acoso en el trabajo en la Administración de la Comunidad de Madrid y los organismos públicos vinculados o dependientes de ella.

75. Violencia en el trabajo. Tipos y manifestaciones de la violencia ocupacional. La violencia ocupacional externa. Identificación y diseño de actuaciones ante la violencia ocupacional externa. Análisis de situaciones de violencia: herramientas, diseño y adopción de estrategias personales y organizacionales. Protocolo General de Prevención y Actuación frente a todos los tipos de violencia en el trabajo en la Administración de la Comunidad de Madrid y los organismos públicos vinculados o dependientes de ella.

76. Aspectos técnico-preventivos de las Guías de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social sobre factores y riesgos psicosociales. Indicadores de existencia de riesgo. Procesos componentes de la preparación, evaluación de riesgos y planificación, y control de la eficacia de resultados.

77. Técnicas cuantitativas y cualitativas de evaluación psicosocial: características científicas, epistemológicas y diferenciales. Escalas y cuestionarios, observación, entrevista y técnicas grupales de recogida de información. Métodos estadísticos, muestreo y selección muestral. Recogida y análisis de datos. Control de sesgos en todas las fases del proceso de evaluación.

78. Metodologías de evaluación de los factores psicosociales. Método FPSICO de evaluación del Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo.

79. La intervención psicosocial: sobre la organización del trabajo, sobre el estilo de dirección, y sobre los individuos. Procesos organizacionales para el control del riesgo. Comunicación y sistemas de información. Motivación. Campañas de divulgación y sensibilización. Técnicas de participación. Técnicas de negociación.

ANEXO IV

PROGRAMA CORRESPONDIENTE A LAS PRUEBAS SELECTIVAS PARA EL ACCESO POR EL SISTEMA DE PROMOCIÓN INTERNA AL CUERPO DE TÉCNICOS SUPERIORES ESPECIALISTAS, ESPECIALIDAD DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES, DE ADMINISTRACIÓN ESPECIAL, GRUPO A, SUBGRUPO A1, DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Temario general

(Para aspirantes que participan en virtud de lo dispuesto en el artículo 55 de la Ley 1/1986, de 10 de abril):

1. El Estatuto de Autonomía: Estructura y contenido. Las competencias de la Comunidad de Madrid: Potestad legislativa, potestad reglamentaria y función ejecutiva.

2. La Asamblea Legislativa: Composición, funciones y potestades. La Presidencia de la Comunidad y el Gobierno: Funciones y potestades, composición, designación y remoción.

3. La Administración Autonómica: Organización y estructura básica. Las Consejerías, Organismos Autónomos y Entes que integran la misma.

Temario específico

(Para todos los aspirantes):

1. La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

2. La Ley de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno: funciones. Especial referencia a la Comunidad de Madrid y a su Portal de Transparencia.

3. La potestad sancionadora de las Administraciones Públicas. La responsabilidad patrimonial de las Administraciones Públicas.

4. El texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. Clases de personal al servicio de las Administraciones Públicas. Situaciones administrativas. Derechos y deberes. Incompatibilidades. La pérdida de la condición de funcionario. El régimen disciplinario. La Ley de la Función Pública de la Comunidad de Madrid.

5. Conceptos básicos relativos a la seguridad y salud en el trabajo: daños derivados del trabajo. Concepto de riesgo laboral. Protección y prevención. Prevención primaria, secundaria y terciaria. Prevención en el diseño. Condiciones de trabajo en relación con la salud. Factores de riesgo. Concepto de accidente de trabajo y enfermedad profesional.

6. Marco jurídico español actual en materia de prevención de riesgos laborales. Ley 31/1995, de Prevención de Riesgos Laborales y sus modificaciones. La aplicación de la Ley en las Administraciones Públicas. La Prevención de Riesgos Laborales en la Comunidad de Madrid: Acuerdos Sectoriales de Condiciones de Trabajo del Personal Funcionario, Convenio Colectivo para el Personal Laboral, y régimen estatutario para el personal de los servicios de salud.

7. La Inspección de Trabajo y Seguridad Social en España: funciones y facultades. Marco jurídico vigente. Organización del sistema de Inspección: órganos de colaboración y cooperación de las Administraciones Públicas en materia de Inspección de Trabajo y Seguridad Social. El Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo: competencias y funciones.

8. El Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo. Normativa reguladora. Funciones y competencias. Organización. Relación con otros organismos de la Administración General del Estado. Relación con las Comunidades Autónomas. El papel del Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo en el ámbito internacional.

9. El Reglamento de los Servicios de Prevención: la integración de la prevención de riesgos laborales en la empresa. El Plan de prevención de riesgos laborales. La evaluación de los riesgos. La planificación de la actividad preventiva. La organización de recursos para las actividades preventivas y sus diferentes modalidades y requisitos.

10. La gestión de los riesgos laborales en la empresa: concepto. El sistema de gestión para la prevención. La responsabilidad de la dirección. La documentación. Conceptos relativos a la auditoría de prevención. Integración de la prevención.

11. Protección de la maternidad: riesgos laborales específicos para la mujer trabajadora en el período de embarazo, postparto y lactancia. Legislación vigente de protección a la maternidad. Medidas preventivas específicas. Consideración del trabajador especialmente sensible.

12. El desarrollo del artículo 24 de la Ley 31/1995, de Prevención de Riesgos Laborales, en materia de coordinación de actividades empresariales.

13. Evaluación de riesgos: el concepto de evaluación de riesgos y de la gestión de riesgos. Tipos de evaluaciones de riesgos y características de cada uno de ellos. Formatos de recogida de datos de la evaluación de riesgos. Planificación de la actividad preventiva.

14. Investigación de accidentes de trabajo: objetivos de la investigación, accidentes que se deben investigar. Incidentes. Metodología de la investigación de accidentes. El informe resultante: componentes esenciales. La investigación de accidentes por el método del Árbol de Causas.

15. Conceptos de salud y prevención. Concepto y objetivos de la medicina del trabajo. Patologías de origen laboral. Vigilancia de la salud. Promoción de la salud. Planificación e información sanitaria. Las enfermedades profesionales.

16. Consulta y participación de los trabajadores: El deber de consulta del empresario. Los derechos de participación y representación específica de los trabajadores. Los Delegados de Prevención y el Comité de Seguridad y Salud: competencias y facultades. La colaboración con la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.

17. Disposiciones mínimas sobre señalización de seguridad y salud en el trabajo. Criterios para el empleo de la señalización. Tipos de señalización.

18. Equipos de protección individual (EPI). Normas legales que regulan su uso y certificación. Condiciones de comercialización y libre circulación intracomunitaria de los equipos de protección individual. Disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la utilización por los trabajadores de equipos de protección individual: selección, clasificación, utilización y mantenimiento de los equipos de protección individual. Obligaciones de los empresarios, fabricantes y usuarios.

19. Riesgos en los lugares de trabajo. Evaluación y prevención de los riesgos relativos a la utilización de los lugares de trabajo. Aspectos de la Ordenanza General de Seguridad e Higiene en el Trabajo que se mantienen vigentes.

20. Instalaciones de protección contra incendios. El Reglamento de instalaciones de protección contra incendios. Instalación, puesta en servicio y mantenimiento. Características e instalación de los aparatos, equipos y sistemas de protección contra incendios.

21. Medidas de emergencia y autoprotección. Artículo 20 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales. Norma Básica de Autoprotección. Aspectos básicos sobre seguridad contra incendios en los establecimientos industriales.

22. Riesgos debidos a la electricidad (I): efectos nocivos. Lesiones producidas en el cuerpo humano. Factores que influyen en el efecto eléctrico: Leyes de Ohm y Joule, intensidad de la corriente, resistencia del cuerpo humano, tensión aplicada, frecuencia de la corriente, duración del contacto eléctrico, recorrido de la corriente a través del cuerpo, capacidad de reacción de la persona. Actuación en caso de accidente eléctrico. Tipos de contactos eléctricos. Protección contra contactos eléctricos.

23. Riesgos debidos a la electricidad (II): disposiciones mínimas para la protección de la salud y seguridad de los trabajadores frente al riesgo eléctrico. Trabajos sin tensión, trabajos en tensión, maniobras, mediciones, ensayos y verificaciones, trabajos en proximidad, trabajos en emplazamientos con riesgo de incendio y explosión.

24. Máquinas (I): definición de máquina y de zona peligrosa. Principales riesgos presentes en las máquinas. Selección de las medidas de seguridad. Medidas de prevención intrínseca. Medidas de protección que debe tomar el diseñador o fabricante. Resguardos y dispositivos de protección.

25. Máquinas (II): normativa aplicable. Requisitos esenciales de seguridad y salud. Normas armonizadas y presunción de conformidad. Procedimientos de certificación de conformidad. Declaración de conformidad y marcado CE.

26. Utilización de equipos de trabajo: evaluación de los riesgos relativos a la utilización de los equipos de trabajo. Procedimientos de adecuación y puesta en conformidad.

27. Explosiones: concepto de explosión y de atmósfera explosiva. Polvos combustibles y gases y vapores inflamables. Clasificación y características de las áreas en las que pueden formarse atmósferas explosivas. Medidas de prevención de la formación de atmósferas explosivas. El Documento de Protección Contra Explosiones. Aparatos y sistemas de protección para uso en atmósferas potencialmente explosivas. Fuentes de ignición. Normativa aplicable.

28. Espacios confinados: concepto de espacio confinado. Peligros asociados a un espacio confinado. Actuación ante un espacio confinado. El permiso de trabajo. Procedimientos de emergencia y rescate. Formación e información. La presencia de los recursos preventivos. Tipos de espacios confinados y motivos de acceso. Medidas preventivas.

29. Almacenamiento de productos químicos: riesgos y medidas preventivas: normativa aplicable y requisitos documentales.

30. Equipos a presión: normativa aplicable y requisitos documentales.

31. Instalaciones eléctricas de baja tensión y de alta tensión: normativa aplicable y requisitos documentales.

32. Aparatos de elevación y manutención: normativa aplicable y requisitos documentales.

33. Equipos de elevación y transporte: instalación, mantenimiento, utilización adecuada. Equipos para elevar cargas. Ascensores, plataformas elevadoras y montacargas. Grúas. Carretillas elevadoras. Aparejos. Cabrias. Cabrestantes. Elementos auxiliares: cadenas, cables, cabos, eslingas, ganchos, poleas, etc.

34. Combustibles gaseosos: normativa aplicable y requisitos documentales.

35. Instalaciones frigoríficas: normativa aplicable y requisitos documentales.

36. Instalaciones térmicas en los edificios: normativa aplicable y requisitos documentales.

37. Residuos tóxicos y peligrosos: definiciones básicas. Clasificación de residuos. Características que permiten clasificar un residuo como peligroso. Obligaciones de los productores de residuos peligrosos. Normativa aplicable.

38. Disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción. El estudio y el plan de seguridad y salud. Obligaciones en materia de prevención de riesgos laborales de los principales intervinientes en el proceso constructivo. Libro de incidencias.

39. Conceptos básicos de Higiene Industrial. Modelos estadísticos aplicados a la higiene industrial. Estrategias de muestreo. Representatividad de las mediciones. Valoración de las exposiciones.

40. Toxicología laboral: clasificación, efectos sobre la salud y vías de entrada al organismo de los agentes químicos. Criterios de valoración de agentes químicos. Límites de Exposición Profesional.

41. Normativa sobre comercialización de sustancias y preparados peligrosos. Identificación y comunicación del riesgo químico. Clasificación, envasado y etiquetado de sustancias y preparados peligrosos. Características de peligrosidad de los productos químicos. Criterios de clasificación de sustancias y preparados peligrosos. Mecanismos de información: etiquetas y fichas de datos de seguridad.

42. Agentes químicos. Metodología de actuación. La encuesta higiénica. Identificación de contaminantes en los lugares de trabajo. Técnicas de evaluación cuantitativas y cualitativas para el riesgo por inhalación y por absorción dérmica de agentes químicos: Concepto y aplicación diferencial. Criterios de elección. Equipos de medida. Control de calidad de los equipos.

43. Control de la exposición a agentes químicos. Medidas preventivas. Métodos generales de control: acciones técnicas y organizativas. Priorización del control de riesgos. Técnicas de ventilación para el control de los agentes químicos: extracción localizada y ventilación por dilución.

44. Normativa legal y técnica de aplicación para la protección de la salud y la seguridad de los trabajadores contra los riesgos relacionados con los agentes químicos durante el trabajo. Evaluación de los riesgos. Medidas de prevención generales y específicas. Vigilancia específica de la salud. Medidas a adoptar frente a accidentes, incidentes y emergencias. Prohibiciones de agentes y actividades. Información y formación de los trabajadores con relación a los riesgos por agentes químicos.

45. Normativa legal y técnica de aplicación para la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes cancerígenos durante el trabajo. Exposición al amianto. Límites de exposición profesional para agentes cancerígenos.

46. Agentes biológicos. Características de los agentes biológicos: virus, bacterias, hongos, protozoos y helmintos. Principales efectos para la salud. Factores de la exposición a agentes biológicos. Grupos de riesgo, definiciones. Técnicas de evaluación, cuantitativas y cualitativas. Medidas preventivas. Control de la exposición a agentes biológicos.

47. Normativa legal y técnica de aplicación para la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes biológicos durante el trabajo.

48. Ruido. Conceptos básicos. Aspectos objetivos y subjetivos, ruido y comunicación. Equipos de medición. Control de calidad de los equipos. Estrategias de medición. Metodología de evaluación cuantitativa y cualitativa: higiene y ergoacústica (criterios SIL y NR). Medidas preventivas y protección.

49. Normativa legal y técnica de aplicación para la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición al ruido.

50. Vibraciones mecánicas. Conceptos básicos. Equipos de medición. Control de calidad de los equipos. Estrategias de medición y métodos de evaluación: evaluación por estimación y por medición. Medidas de prevención y protección. Normativa legal y técnica de aplicación para la protección de los trabajadores contra los riesgos derivados o que puedan derivarse de la exposición a vibraciones mecánicas.

51. Radiaciones. Conceptos básicos. Tipos y naturaleza de las radiaciones. Clasificación según su efecto biológico. Magnitudes y unidades de medida. Equipos de medición. Control de calidad de los equipos. Estrategias de medición y evaluación de riesgos. Medidas de prevención y protección. Normativa básica de aplicación.

52. Ambiente térmico. Conceptos básicos. Ecuación del Balance Térmico. Medición de las variables que intervienen en la evaluación del ambiente térmico. Normativa legal y técnica de aplicación. Evaluación de la exposición a ambientes térmicos. Índices: WBGT, sudoración requerida, temperatura efectiva corregida, PMV (Voto Medio Estimado)-PPD (Porcentaje Estimado de Insatisfechos), IREQ (Aislamiento Requerido de la Vestimenta), WCI (Índice de Enfriamiento por el Viento). Medidas preventivas y de control.

53. Principios ergonómicos aplicables al diseño ergonómico del puesto de trabajo. Antropometría: elementos estáticos y dinámicos. Postura de trabajo: Referencia al sector servicios.

54. Iluminación y visión. Parámetros. Magnitudes luminosas fundamentales. Factores que influyen en la visibilidad y referencia del color. Evaluación de las condiciones de iluminación. Medidas preventivas y de control. Normativa legal y técnica.

55. Pantallas de visualización de datos (PVD): metodología para la evaluación de los riesgos específicos. Trastornos visuales, musculoesqueléticos: referencia explícita del síndrome del túnel carpiano (STC) y efectos psicológicos (tecnoestrés). Normativa legal y técnica de aplicación para la evaluación del puesto de trabajo con PVD.

56. Carga física de trabajo (I): biomecánica y fisiología de la actividad muscular, determinación del gasto energético. Carga física estática y dinámica. Normativa legal y técnica de aplicación para la evaluación y prevención del riesgo derivado de la manipulación manual de cargas.

57. Carga física de trabajo (II): fatiga física y su recuperación. Movimientos repetidos y sobreesfuerzos. Posturas de trabajo: Factores y criterios para su evaluación y prevención de los riesgos. Lesiones y trastornos musculoesqueléticos: Referencia específica al miembro superior.

58. Carga física de trabajo (III): valoración de la carga física de trabajo. Medición de parámetros fisiológicos: Consumo de oxígeno en el trabajo dinámico, medición de la frecuencia cardíaca, tablas de consumo metabólico. Los criterios de Chamoux y de Frimat.

59. Evaluación del riesgo por levantamiento manual de cargas: ecuación del NIOSH (National Institute for Occupational Safety and Health, USA). Empuje y arrastre. Aplicación: ISO 11228.

60. Métodos de evaluación de las posturas de trabajo basados en la observación: métodos OWAS (Ovako Working Posture Analysing System) y REBA (Rapid Entire Body Assesment).

61. Trastornos musculoesqueléticos por movimientos repetidos en la extremidad superior: métodos de evaluación RULA (Rapid Upper Limb Assesment) y Ergo-IBV (Instituto de Biomecánica de Valencia).

62. Carga mental de trabajo y percepción de la información. Objetivación de la carga mental. Métodos de evaluación basados en las alteraciones fisiológicas y psicológico-comportamentales. El rol en el trabajo. La norma ISO 10075: Principios ergonómicos concernientes a la carga mental de trabajo.

63. Factores de riesgo psicosociales (I). Características comunes y diferenciales con los otros riesgos laborales: relación probabilística de causas y sus posibles efectos. Consecuencias de los riesgos psicosociales para el individuo, los grupos y las organizaciones. Apoyo legislativo-normativo y referencia a las recomendaciones internacionales.

64. Factores de riesgo psicosociales (II). Factores relativos a la tarea: Contenido y significado del trabajo, grado de autonomía. Aspectos relativos a la organización del tiempo de trabajo: referencia explícita al trabajo a turnos y nocturno. Consideración dentro de los métodos generales de evaluación de riesgos.

65. Factores de riesgo psicosociales (III). Medidas preventivas y acciones correctivas sobre la tarea: Rotaciones, ampliación, enriquecimiento de puestos. Tiempo de trabajo: duración y ordenación, flexibilidad y autonomía. La organización como condición de trabajo: Modelos históricos de organización, revolución industrial y revolución informática.

66. Estrés laboral: estresores; factores modulares del estrés, respuestas fisiológicas, cognitivas y comportamentales al estrés. Consecuencias del estrés para la empresa y el individuo. Evaluación y prevención del riesgo derivado del estrés laboral.

67. Síndrome de burnout o de estar quemado por el trabajo. Definición y delimitación conceptual. Instrumentos de medida: Referencia explícita del MBI (Maslach Burnout Inventory). Consecuencias personales y para la organización. Estrategias de prevención y afrontamiento.

68. Acoso psicológico en el trabajo. Definición y delimitación conceptual: diferencia de causas y efectos. Multidimensionalidad: Referencia explícita diferencial de la evaluación psicosocial con los aspectos jurídicos y clínicos. Prevención primaria, secundaria y terciaria. Gestión de caso: Intervenciones laborales disciplinarias, judiciales y clínicas. Protocolo General de Prevención y Actuación frente a todos los tipos de acoso en el trabajo en la Administración de la Comunidad de Madrid y los organismos públicos vinculados o dependientes de ella.

69. Aspectos técnico-preventivos de las Guías de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social sobre factores y riesgos psicosociales. Indicadores de existencia de riesgo. Procesos componentes de la preparación, evaluación de riesgos y planificación, y control de la eficacia de resultados.

70. Técnicas cuantitativas y cualitativas de evaluación. Metodologías de evaluación de los factores psicosociales. Método FPSICO de evaluación del Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo.

(01/19.875/24)

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